Jueves 4 de mayo de 2023, p. 4
Los mexicanos que residen en el extranjero podrán tramitar el certificado de matrícula consular en cualquier representación del país donde viven, no sólo en la que correspondía a su domicilio, informó la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE).
La dependencia expidió ayer el decreto del nuevo reglamento en la materia para que los residentes en el exterior puedan obtener este documento con el que demuestran su nacionalidad, identidad y domicilio.
Esta norma sustituye a la que se expidió el 12 de mayo de 2005; sin embargo, los certificados otorgados con anterioridad tendrán la vigencia que en ellos se indique
, aclara la SRE en el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Los cambios forman parte de una serie de medidas anunciadas por el canciller Marcelo Ebrard para transformar los servicios consulares y expandir la protección a mexicanos en el extranjero, por lo que estos ajustes incluyen necesidades de connacionales en Estados Unidos, las cuales se recabaron desde agosto de 2022.
Este documento mantiene la vigencia de cinco años y puede renovarse por igual periodo. Las personas interesadas podrán solicitarlo aun cuando no haya vencido. En caso de que el anterior se encuentre vigente, deberán exhibirlo para su cancelación y cubrir los derechos correspondientes para uno nuevo
, detalla el nuevo decreto.
El artículo tercero estipula que los mexicanos que radiquen en el exterior pueden pedir su inscripción en el Registro Consular y obtener el Certificado de Matrícula Consular en cualquiera de las Oficinas Consulares del país donde residan
.
La SRE aclara que el otorgamiento no se limita geográficamente a una circunscripción consular y tiene plena validez y reconocimiento como prueba de nacionalidad e identidad en toda la República Mexicana, de conformidad con la Ley de Nacionalidad
.
También se podrá hacer el requerimiento mediante el sistema electrónico autorizado
o comparecer con cita previa en cualquier consulado con circunscripción dentro del país que corresponda a su domicilio, como establece el artículo séptimo del nuevo reglamento.
El artículo quinto de la norma anterior señalaba que para la matriculación de los mexicanos en el registro consular se debía comparecer personalmente ante la oficina que corresponda a su domicilio
, por lo que se hacen modificaciones ante los avances tecnológicos. Sin embargo, en el resto de los requisitos no hay cambios, por lo que en el caso de menores de edad continúan los mismos procesos y documentos para su registro.
La cancillería detalló a este diario que diferentes áreas de la dependencia sostuvieron encuentros con migrantes mexicanos para trabajar en un plan conjunto, a partir de lo que se definieron siete acciones para mejorar la calidad y disponibilidad de los servicios consulares y de protección, que incluyen el Programa de Defensoría a Personas Mexicanas en Estados Unidos en Materia Penal, expansión del Centro de Información y Atención a Personas Mexicanas en Canadá y un nuevo servicio de citas por WhatsApp, entre otras medidas.