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Tiene el Conahcyt un año para adecuar su operación a la nueva ley
 
Periódico La Jornada
Miércoles 10 de mayo de 2023, p. 11

Con la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI), el ahora Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt) tendrá un año para expedir las disposiciones reglamentarias y administrativas necesarias para su operación.

En sus artículos transitorios, se establece el mismo lapso para que los congresos locales emitan las disposiciones legales que armonicen su marco jurídico, a fin de regular las atribuciones de las autoridades en estados, municipios y localidades.

Además, señala que los mandos competentes deberán realizar las acciones necesarias para terminar anticipadamente los convenios y contratos que se opongan a la LGHCTI, en beneficio del interés público.

En cuanto a la inscripción definitiva y cualquier otra que haya emitido el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología en el marco del Registro Nacional de Instituciones y Empresas Científicas y Tecnológicas, de conformidad con la extinta Ley de Ciencia y Tecnología, únicamente se les reconocerá su vigencia hasta por un año, luego de la entrada en vigor de la LGHCTI, y al término de este plazo sólo se aceptará el registro que para el efecto se realice en el Sistema Nacional de Información.

Por lo que respecta a los 26 Centros Públicos de Investigación, adscritos al Conahcyt, destaca que en un plazo no mayor a un año, a partir de esta fecha, sus órganos de gobierno deberán aprobar los cambios necesarios en su norma para dar cumplimiento a los principios y reglas de la nueva ley.

Agrega que transcurrido dicho plazo sin que se hubieren realizado las modificaciones señaladas, el Conahcyt, a través de su Junta de Gobierno, quedará facultado para realizarlas directamente.

La nueva legislación, que regula el quehacer científico y humanístico en México, destaca que en un plazo no mayor a 180 días, el Conahcyt y los Centros Públicos de Investigación deberán realizar las gestiones necesarias para terminar anticipadamente los convenios de administración que hubieren celebrado el Conacyt y los centros. Y en un plazo igual, tendrán que hacer las gestiones necesarias para elaborar los programas institucionales a que se refiere la ley.