Miércoles 24 de mayo de 2023, p. 13
La mayoría de 150 demandas de amparo en contra del etiquetado de alimentos y bebidas interpuestas por la industria fueron desecha-das, pero alrededor de cinco asuntos avanzaron en las instancias judiciales hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde están pendientes de resolverse.
Las empresas pretenden obtener la protección judicial para mantener personajes animados en los empaques de sus productos y la posibilidad de que estrellas del espectáculo y los deportes los promuevan en mensa-jes publicitarios.
Lo anterior, a pesar de la evidencia científica de que dichas imágenes inducen al consumo de mercancías no saludables y que en México han contribuido a que la mayoría de la población viva con sobrepeso y obesidad, advirtió Alejandro Calvillo, director de El Poder del Consumidor.
En conferencia, resaltó que Noruega, Suecia y el territorio de Québec, Canadá, van adelante en la materia, pues cuentan con normas que prohíben todo tipo de publicidad dirigida a los niños, incluida la de juguetes.
El activista comentó que académicos y organismos internacionales enviaron cartas a los ministros de la Corte con argumentos científicos que validan la eficacia de medidas regulatorias como el etiquetado de advertencia (sellos octagonales) que indican si los productos contienen elevados niveles de azúcar, sal o grasas.
Recordó que en la discusión legislativa las organizaciones civiles buscaron que se incluyera otro octágono para las bebidas que contienen edulcorantes, los cuales no de-ben ser consumidos en la infancia. Sólo se logró que quedara en una leyenda de advertencia.
Javier Zúñiga, coordinador jurídico de El Poder Del Consumidor, recordó que la Norma Oficial Mexicana (NOM) 051 sobre el etiquetado en alimentos y bebidas está vigente desde 2021. Ahí mismo se estableció que la publicidad estaría prohibida para las mercancías que tuvieran un sello.
En tanto, el reglamento sanitario en materia de publicidad entró en vigor el 8 de marzo de 2023 y señala, entre otros, que esos mismos productos con algún octágono de advertencia deberán obtener un permiso para anunciarse, pero no podrán incluir animaciones, dibujos animados, celebridades o mascotas para atraer a los niños.
Disgusto de la industria
El ordenamiento también provocó descontento en la industria y ya han empezado a interponer demandas de amparo.
La más reciente y significativa, señaló Zúñiga, es la demanda presentada por la empresa Fritos-Lay, filial de PepsiCo en Estados Unidos. Obtuvo una medida provisional por parte del juez Francisco Rebolledo del juzgado sexto de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México.