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Otorga juez a la canadiense First Majestic Plata la primera suspensión contra la Ley Minera
 
Periódico La Jornada
Viernes 2 de junio de 2023, p. 9

La empresa canadiense First Majestic Plata obtuvo la primera suspensión provisional de un juez federal de distrito contra la reforma a la Ley Minera aprobada por el Congreso de la Unión a finales de abril.

El gobierno federal puede impugnar ante un tribunal colegiado para que determine si confirma, modifica o revoca el fallo de primera instancia.

La compañía promovió el recurso el pasado 30 de mayo, donde reclamó el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las leyes Minera, de Aguas, General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, así como en materia de concesiones para minería, agua y residuos (decreto impugnado).

Ulises Rivera González, titular de juzgado cuarto de distrito en materia administrativa, con sede en la Ciudad de México, concedió la medida cautelar contra el artículo quinto transitorio de la reforma, el cual impacta de inmediato a las empresas del ramo. Fijó para el próximo miércoles la audiencia incidental, donde resolverá si concede la suspensión definitiva.

Se solicita al juzgador la suspensión para que se paralicen todos los efectos y consecuencias derivados del tercer párrafo del artículo quinto transitorio del decreto impugnado, esto es, para que no se tengan por desechadas sin mayor trámite las solicitudes de concesión en materia minera solicitadas al amparo de la ley vigente anterior a la emisión de dicho decreto, expone el resolutivo.

Señala que con dichos efectos se preserva la materia del juicio de amparo, ya que se impide que la ejecución de la norma reclamada se materialice, de tal manera que sea muy difícil o se vuelva imposible, en caso de obtener una sentencia favorable, volver las cosas al estado en que se encontraban antes de su entrada en vigor, lo que abona a la necesidad de otorgar la suspensión por el peligro en la demora que pudiera conllevar.

Impugna reformas sobre aguas y manejo de residuos

Indica que la quejosa no pretende la paralización de alguna obligación, deber, restricción o medida concreta, más bien, “lo que busca con la medida cautelar es que no se ejecute el tercer párrafo del artículo quinto transitorio del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, Ley de Aguas, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, y en materia de concesiones para minería y aguas, es decir, que no se deseche sin mayor trámite la solicitud de concesión minera requerida.

De ahí que se considere factible conceder la suspensión provisional solicitada, para efecto de que las autoridades responsables en el ámbito de sus funciones realicen las actuaciones correspondientes para que no se aplique dicha norma, de modo que su solicitud de concesión no sea desechada ni se considere desechada por la sola entrada en vigor de la norma, subrayó el impartidor de justicia.