Jueves 16 de noviembre de 2023, p. 8
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará si la facultad presidencial de objetar los nombramientos de comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) puede ser impugnada judicialmente. La segunda sala del máximo tribunal aprobó atraer el caso del amparo promovido por Ana Yadira Alarcón, una de las candidatas a dicho puesto aprobadas por el Senado, pero que no fueron aceptadas por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
Alarcón Márquez, junto con Rafael Luna Alviso, fueron aprobados por el Senado el primero de marzo pasado para ocupar dos de las vacantes en el pleno del INAI, pero el mandatario objetó esos nombramientos, haciendo uso de la facultad que le otorga el artículo sexto de la Constitución: El nombramiento podrá ser objetado por el Presidente de la República en un plazo de 10 días hábiles
.
Contra esta decisión, Alarcón Márquez promovió un amparo, y el juez Martín Santos le otorgó una suspensión, que fue impugnado por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y por el Senado.
Son estos asuntos los que atrajo la segunda sala de la SJCN, en votación de cuatro contra uno; el tema a dilucidar por los ministros es determinar la naturaleza de la figura de la objeción al nombramiento de comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales por parte del Ejecutivo federal
.