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Revisará SCJN amparo para reparar daños a desplazados por violencia
 
Periódico La Jornada
Lunes 29 de abril de 2024, p. 17

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé revisar en su sesión del 8 de mayo un amparo para garantizar la reparación del daño por parte del Estado mexicano cuando las víctimas sean desplazadas de manera forzada por la violencia ante un inadecuado trabajo de las instituciones de seguridad y las fiscalías.

Desde su demanda de amparo, el argumento de las víctimas es, en esencia, que la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas ha omitido pronunciar una resolución en materia de reparación para su caso, a pesar de contar con un amplio expediente que relata los hechos victimizantes que resintieron.

El desplazamiento forzado interno es un fenómeno social, que consiste en la movilidad de un grupo de personas que se traslada de su lugar de origen o residencia habitual como resultado o para evitar situaciones concretas. Dichos traslados se caracterizan, principalmente, porque más que voluntaria se convierte en una vía de escape o huida ante situaciones que ponen en peligro la integridad y la vida de las personas, explica el ministro Jorge Pardo.

Desde el 3 de enero de 2017, en la Ley General de Víctimas se ajustaron diversas disposiciones; ello modificó el enfoque genérico que había guardado dicha normativa para introducir alusiones directas y específicas a grupos en especial estado de vulnerabilidad, como indígenas, periodistas, defensores de derechos humanos, migrantes y personas en situación de desplazamiento forzado interno.

Era obligación de dicha autoridad continuar con la consecución de todos los trámites necesarios hasta llegar al objetivo principal de este tipo de procedimientos que es precisamente la reparación integral de los daños causados; esto implica que, derivado de la ejecutoria anterior era obligación de la Comisión Ejecutiva seguir integrando debidamente el expediente de las víctimas y, una vez que se dieran las condiciones necesarias para hacerlo, emitir el dictamen y posterior resolución de reparación integral, se expone.