Se trata de casos perpetrados entre los 60 y 80
Lunes 8 de julio de 2024, p. 14
A más de 16 años de la extinción de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), la Fiscalía General de la República (FGR) mantiene en trámite
238 indagatorias por desaparición forzada y tortura, entre otros delitos cometidos durante los años 60 y 80, en la llamada guerra sucia.
Con base en los criterios aplicados en el caso Ayotzinapa contra el ex procurador general de la República Jesús Murillo Karam y los acuerdos internacionales firmados por México, los delitos de desaparición forzada y tortura son imprescriptibles y los responsables deben ser juzgados por delitos de lesa humanidad, aseguró el jurista Epigmenio Mendieta.
De 570 indagatorias iniciadas por la Femospp entre 2012 y 2014, durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, la entonces Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delitos Federales concluyó 135 averiguaciones previas relacionadas con la desaparición forzada contra personas vinculadas con movimientos sociales y políticos en las décadas de los 70 y 80. De ellas, en 74 casos se determinó no ejercicio de la acción penal, informó en junio de 2017 la entonces Procuraduría General de la República, en respuesta a una solicitud de La Jornada.
En cuanto a las indagatorias, la Femospp inició 294 por desaparición forzada de personas. Para 2017 el número se redujo a 235, debido a que en 34 la fiscalía se declaró incompetente y se turnaron a instancias locales. Otras 25 averiguaciones se anexaron a otros expedientes porque se advirtió que en dos o más se investigaba a las mismas personas.
En el periodo 2012-2014, el Ministerio Público federal determinó no ejercicio de la acción penal en 67 casos por los delitos de privación ilegal de la libertad, abuso de autoridad y homicidio. En otros 43 se declaró incompetencia y en 14 se dic-tó un acuerdo de acumulación.
En enero de este año, también en respuesta a una solicitud de información planteada por La Jornada, y que fue resuelta por el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI), la FGR respondió, a través del oficio FGR/UTAG/DG/007053/2022: En la actualidad se encuentran en trámite 238
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En los casos de los expedientes que aún se mantenían vigentes en la Coordinación General de Investigación de la FGR, sin embargo, se desconoce si ya hubo baja documental. Desde el mes pasado todo lo referente a casos pendientes de la guerra sucia ya se encuentra bajo responsabilidad de la Fiscalía de Derechos Humanos.
La FGR, a través del oficio FGR/UTAG/DG/000287/2023, indicó que consideró información clasificada el número de indagatorias relacionadas con la Femospp que fueron judicializadas en el periodo de diciembre de 2018 a la fecha de respuesta, así como los casos en los cuales obtuvo vinculación a proceso, formal prisión o libertad para los acusados.
Archivos en riesgo
En enero de 2022, a través del oficio SEGOB/CNBP/0120/2022, la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) hizo patente a Carlos Ruiz Abreu, director del Archivo General de la Nación (AGN), su preocupación porque archivos de la FGR relacionados con indagatorias iniciadas por la Femospp fueron enviados al archivo de concentración y podrían ser destruidos conforme a la Ley General de Archivos.
El oficio, del cual posee copia este diario, basa su argumento en el decreto de creación de la Comisión para el Acceso a la Verdad, el esclarecimiento Histórico y el Impulso a la Justicia de las violaciones graves a los derechos humanos cometidas de 1965 a 1990, y que prevé acciones para la transferencia de documentos histórico que se encuentren relacionados con violaciones de derechos humanos y persecuciones políticas vinculadas con movimiento políticos y sociales
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En el documento, la CNB sugiere al AGN la valoración, para fines de transferencia a un archivo histórico, de documentación resguardada en el archivo de concentración de la FGR relacionada con graves violaciones de derechos humanos, cuyo ciclo vital está pronto a llegar a su fin
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Los documentos consisten en expedientes de averiguaciones previas abiertas por la Femospp entre 2002 y 2006, archivadas de mane-ra definitiva tras recaer en ellas una determinación de no ejercicio de la acción penal
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La CNB señaló tener conocimiento de 198 cajas de estas averiguaciones previas, compuesta por un número variable de tomos y anexos, contenidos en 98 cajas
más, y advierte la posibilidad de que haya documentación adicional de interés histórico
, y que en las carátulas de los expedientes se señala que el plazo de conservación es de 12 años, y dado que el cierre de muchos tuvo lugar en 2010 se avecina el momento de evaluar la baja de los documentos
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El AGN respondió mediante el oficio UT/064/2023 que es atribución de los sujetos obligados realizar la valoración documental de sus archivos, para posteriormente solicitar la emisión de dictamen de baja documental o transferencia secundaria
. Es decir, que quien decidirá el destino de los archivos es la FGR.
Dicha dependencia, por su parte, informó posteriormente que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Genera-les manifestó que la documentación contenida en las 98 cajas referidas no han sido objeto de baja documental
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