anta María Ostula es una comunidad nahua del municipio de Aquila, en el estado de Michoacán, ubicada en una región con recursos naturales codiciados por todo tipo de intereses, desde el ámbito minero, los consorcios inmobiliarios y, entretejido con ellos, el crimen organizado con sus y sucesivas variantes. Producto de ello, a lo largo de los años se ha enfrentado al despojo de parte importante de su territorio, donde el Estado en sus diversos niveles ha fallado en el nivel básico de respetar el derecho a la libre determinación reconocido a los pueblos indígenas a escala internacional y aún de manera insuficiente en el plano nacional. Esta comunidad es ejemplar en su lucha y nivel de organización, recurriendo como lo hizo hace 15 años, frente a la disputa histórica por la defensa de sus tierras ancestrales a la recuperación de mil 300 hectáreas en San Diego Xayacalan. Ello la llevó a reorganizar su guardia comunal, la cual ha mantenido el control, pero con el alto costo de 40 comuneros asesinados y seis desaparecidos.
En Ostula se tiene plena conciencia de que les asiste su derecho como comunidad agraria de un pueblo indígena y han emprendido también la lucha en tribunales, donde, pese a resultados hasta hoy insatisfactorios, no se han dado por vencidos y a través del respaldo de su asamblea y guardia comunal, así como el que el Congreso Nacional Indígena, numerosas organizaciones de derechos humanos hoy resisten y exigen pleno reconocimiento jurídico aun en contexto de la extrema violencia, cuya más reciente expresión fue el ataque masivo incluso con drones por el crimen organizado los primeros días del pasado julio. La exigencia de justicia y el amplio respaldo social aun no tiene la respuesta que correspondería al Estado, incluso Ostula envió una carta abierta al Presidente de la República, en la que destaca una suerte de memorial de agravios y exige respeto a su máximo órgano como lo es su guardia comunal, único interlocutor reconocido por la comunidad.
Un momento decisivo y aun definitivo será la sentencia que emitirá en las próximas semanas el segundo tribunal colegiado en materias administrativa y de trabajo del decimoprimer circuito (Morelia, Michoacán), el cual va a resolver el juicio de amparo directo 463/2023, a través del cual la comunidad indígena de Santa María Ostula impugna la resolución que el Tribunal Superior Agrario dictó confirmando la sentencia del tribunal unitario agrario número 38 a través de la cual da el fallo favorable a los supuestos pequeños propietarios de La Placita en el juicio 78/2004, procedimiento que estuvo plagado de fuertes irregularidades, como bien informa el abogado agrario Carlos González y un fuerte grupo de académicos que han presentado y suscrito un documento en carácter de amicus curiae, en espera de que sea considerado por el referido tribunal colegiado, al cual ya acudió en estos días la comunidad de manera presencial frente a sus oficinas, logrando en principio que una comisión fuera recibida por su presidente y más tarde los magistrados, planteándoles una suerte de alegato de oídas que contribuya a valorar la dimensión de su muy próxima sentencia, luego de que como recuerda el abogado Carlos González, hace dos años la tercera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en una votación privada, resolvió no atraer tan significativo litigio.
En paralelo a estas embestidas Ostula ha requerido defenderse jurídicamente contra la reforma del Congreso de Michoacán, la cual adiciona la fracción 3 al artículo 104 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán relativo a las kuarichas, rondas o rondines comunales, al considerar que no se respeta la libre determinación, al dejar “sin sustento y sin reconocimiento legal de facto el sistema de seguridad comunal de Ostula. Por fortuna, se obtuvo en juicio de amparo la suspensión definitiva que ordena que no se aplique esta ley, que las cosas permanezcan como están y que no se realice ningún acto tendiente a desconocer a la guardia comunal de la comunidad indígena nahua de Santa María Ostula
. El pueblo exige una consulta libre previa e informada como pueblo indígena. Y pese a ello y la grave situación que la comunidad sufre, el gobernador de Michoacán ha reiterado que la vía para Ostula es someterse a la reforma impugnada.
Vale la pena señalar que sería justo que el tribunal colegiado coloque para su resolución próxima como eje el principio fundamental de que el que es primero en tiempo es primero en derecho, así que el muy evidente criterio sobre el territorio ancestral dejaría de lado de forma automática a quienes reclaman legalidad para sus despojos.
Ojalá el Poder Judicial exprese vocación por la justicia. Ojalá, insisto, prevalezca la adhesión férrea a los derechos de la comunidad indígena de Santa María Ostula y con ella se abra la esperanza para el conjunto de pueblos que en el país enfrentan situaciones similares.