Viernes 23 de agosto de 2024, p. 27
Por unanimidad de votos, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer eliminar de la Ley de Educación del Estado de Nuevo León una parte del artículo 7 que instruía adoctrinar
a los estudiantes de educación pública en el respeto a la vida desde la concepción hasta la muerte natural
. Se determinó que este mensaje es inconstitucional por violar la libertad de creencias, el derecho a una educación laica y afectar los derechos de la niñez y de las mujeres.
Fue la primera vez que la Corte analizó una norma de educación que considera la concepción de un ser humano como principio educativo para orientar a los estudiantes, señaló el ministro ponente, Javier Laynez Potisek.
Esta Suprema Corte concluye que la definición de la vida desde la concepción hasta la muerte natural no es un mensaje neutral y busca imponer una ideología o una concepción particular. La incorporación de este mensaje tiene la pretensión de adoctrinar a niños, niñas y adolescentes en una única concepción de vida con miras a evitar o inhibir que tomen decisiones libres sobre su cuerpo y su salud sexual y reproductiva
, dijo Laynez.
El tema llegó a la Corte por una acción de inconstitucionalidad interpuesta por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), que pedía la invalidez de la fracción decimosegunda del artículo 7 de dicha ley, en su porción normativa desde la concepción hasta la muerte natural
, la cual estaba vigente desde julio del 2020.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa advirtió que dicha norma pretende imponer una serie de valores, creencias y prejuicios que evitan todo pensamiento crítico o discordante, aun cuando éste se funde en los valores de la ciencia y el progreso.
Una educación que impone un único punto de vista sobre la manera de comprender la vida conduce a que la norma que analizamos resulte inconstitucional, pues sin mayor sustento o base científica impone normativamente no sólo una definición de la vida, sino una manera de comprender ese fenómeno y su complejidad.
Para Loretta Ortiz, dicha ley afectaba el derecho a la interrupción legal del embarazo. En tanto, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo consideró que el Congreso de Nuevo León no tenía permitido en una ley de educación estatal fijar el alcance o definición del derecho humano
.
Mientras, la ministra presidenta Norma Piña expuso que la norma es inconstitucional porque es contraria a las exigencias del Estado laico y viola los derechos a la educación y a la libertad de pensamiento, conciencia y religión.