Jueves 20 de febrero de 2025, p. 18
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio ayer dos reveses al empresario Ricardo Salinas Pliego. En la sesión de la primera sala, fue rechazado por unanimidad de cuatro votos el amparo directo en revisión 795/2022 que promovió Banco Azteca –de Grupo Salinas– sobre un juicio en el que demandó a una asociación de colonos en Jalisco por el pago de daños y perjuicios, pues acusa que la difusión de información negativa que hicieron sobre su desarrollo inmobiliario provocó la cancelación de un contrato de compraventa de una casa.
De acuerdo con el proyecto elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat, la empresa demandó a los colonos en diciembre de 2018 y el juez de primera instancia le dio la razón, condenando en 2020 a la asociación al pago de 225 mil pesos por daños y perjuicios.
Sin embargo, la asociación apeló ante un Tribunal Colegiado y logró que fuera revocada la sentencia al considerar que la información difundida estaba amparada por la libertad de expresión e información.
La asociación de colonos se limitó a divulgar que no autorizó servicios para el desarrollo inmobiliario, siendo información veraz e imparcial. Además, la empresa pudo demostrar su falsedad en igualdad de condiciones, pero no lo hizo
, señala el proyecto.
En respuesta, Banco Azteca promovió un amparo directo, pero fue negado por el Tribunal Colegiado, por lo que la empresa impugnó la decisión, llevando el caso a la SCJN.
En su proyecto, la ministra Ríos Farjat concluyó que el estándar de protección de la libertad de expresión utilizado no era aplicable porque el conflicto se da entre particulares, no obstante, incluso aplicando el estándar correcto, la información sigue mereciendo protección constitucional, por lo que se sostiene la sentencia recurrida
.
Segundo revés
Paralelamente, en la Segunda Sala, la Corte rechazó el recurso de reclamación 8/2025 que promovió directamente Salinas Pliego a través de su representación legal.
En dicho recurso se inconformó de la decisión del presidente de sala, el ministro Javier Laynez Potisek, de haber turnado a la ministra Lenia Batres Guadarrama el recurso de reclamación 676/2024, otro acto promovido por Grupo Salinas entorno a un juicio por un crédito fiscal que tiene pendiente resolver el máximo tribunal.
El auto de remisión controvertido no contiene pronunciamiento sobre la actuación de las partes, ni mucho menos prejuzga sobre el fondo del asunto, pues solamente turnó el asunto, sin que ello implique, por sí mismo, decisión definitiva alguna. De ahí que se concluya que el acuerdo recurrido no causa perjuicio al recurrente
, señala el proyecto aprobado.