Lunes 23 de junio de 2025, p. 19
Una juez de distrito amparó a una mujer tras determinar que autoridades responsables de garantizar cuidados médicos oportunos, en un contexto de urgencia, en hospitales públicos de la Ciudad de México violaron el derecho a la salud de la quejosa por omisión en atención obstétrica al no brindarle servicio; además, les ordenó rembolsar gastos médicos por 25 mil pesos que la afectada pagó por asistencia particular para su labor de parto.
El Consejo de la Judicatura Federal informó que Sandra de Jesús Zúñiga, titular del juzgado quinto de distrito en materia administrativa, resolvió que la omisión resulta contraria al disfrute del derecho a la salud, en el que se encuentran acciones dirigidas a proteger, promover y restaurar el bienestar físico y emocional de la persona y la colectividad. De acuerdo con el expediente, una usuaria de los servicios médicos públicos que ofrece el Gobierno de la Ciudad de México a través de la Secretaría de Salud tuvo una urgencia obstétrica, por lo que acudió a los hospitales Materno Infantil Tláhuac y al General Tláhuac, instituciones le negaron la atención, con el argumento de que en ese momento no contaban con médicos para atender su parto.
La quejosa, a pesar de percibir bajos ingresos económicos, determinó acudir a un hospital particular para ser atendida, donde pagó 25 mil pesos. Por ello, interpuso un juicio de amparo y argumentó violaciones a sus derechos a la salud y a una atención médica adecuada en situación de urgencia obstétrica.