Senadores de Morena explican alcances
Evitará que se blinden intereses económicos de unos cuantos // Falso, que perjudique a los más desprotegidos

Sábado 4 de octubre de 2025, p. 4
Más allá del transitorio sobre retroactividad, los cambios a la Ley de Amparo no disminuyen ni debilitan el juicio de garantías ni afecta a las minorías, como lo asegura la oposición, por el contrario, permiten el acceso a una justicia más ágil y efectiva para las mayorías, sostuvieron senadores de la 4T.
El morenista Enrique Inzunza, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, una de las dictaminadoras, se refirió a la afirmación de legisladores del PRI y PAN, en el sentido de que los ciudadanos que-dan a merced de la autoridad, que podrá congelar sus cuentas bancarias, sin posibilidad de ampararse.
La senadora priísta Claudia Anaya comentó que ello crea “incertidumbre” porque se violenta la presunción de inocencia; se les considera culpables de algún ilícito desde el inicio y se les niega la suspensión de entrada.
Al respecto, Inzunza sostuvo que ello es inexacto, porque la suspensión del acto reclamado se mantiene y procederá con límites en casos sensibles, como lavado de dinero, financiamiento al terrorismo, actividades en que se quitó la concesión y deuda pública.
En ese sentido, detalló, la reforma eliminó la suspensión provisional que ahora opera en el caso de cuentas congeladas por la UIF, lo cual ha permitido que recursos blanqueados por la delincuencia organizada les sean devueltos de forma automática.
Detalló que el amparo se mantiene, pero operará la suspensión definitiva del acto reclamado y las cuentas se descongelarán siempre que los quejosos comprueben que no se trata de recursos ilícitos y ello no llevará más de tres días.
El depósito de dinero producto del narcotráfico o de otras actividades del crimen organizado en el sistema financiero “es un problema real” y por eso un juez ya no dará una suspensión inmediata; antes habrá una audiencia y tanto el quejoso como la autoridad deberán presentar sus pruebas.
No habrá tampoco, recalcó, suspensión automática para retrasar y aplazar el pago de impuestos. Se protege a las personas sin poner en riesgo la estabilidad financiera ni el interés general. La congelación de cuentas “es, sobre todo, para los grandes contribuyentes, pero la oposición repite un discurso de que se afectará a los más desprotegidos, lo que es falso”.
En la ley se garantiza que se cubran adeudos alimenticios, pagos a salarios y pensiones.
Otro de los argumentos de los opositores contra la reforma es que otorga, según lo expresó el panista Raymundo Bolaños, “un poder desproporcionado” a la autoridad para revocar y ejecutar de inmediato la cancelación de permisos, concesiones y autorizaciones.
El senador Inzunza señaló que la suspensión provisional no se aplicará en los ámbitos financieros, de telecomunicaciones, aguas nacionales, ferroviarios, de carreteras, siempre que la revocación la haga una autoridad federal competente. En el caso de que se le quite la licencia a un establecimiento comercial, sí opera que se le conceda la medida cautelar para que siga operando, mientras el juez resuelve de fondo el juicio.
Prevalece el interés social
La también senadora de Morena Ana Lilia Rivera comentó que a la oposición le molesta mucho que de la ley se excluyan supuestos específicos en los que debe prevalecer el interés social y el orden público y se evite que a través del amparo se obstaculicen políticas públicas o incluso se blinden intereses económicos de unos cuantos.
La legisladora del PT Geovanna Bañuelos expuso, por su parte, que es falso que ya no operarán amparos colectivos, porque esta posibilidad se dejó en el artículo quinto de la ley, que permite acudir al juicio de garantías a comunidades indígenas, a grupos de vecinos, en defensa del medio ambiente, la salud y la justicia laboral.