A China le falta soltar al Tíbet
Señora directora: Leí con mucha
atención el editorial del lunes 20 titulado "China: ahora
sólo falta Taiwán", y después de hacerlo, pienso
que siempre es bueno regocijarse cuando alguien (una persona o una
nación) recupera lo que es suyo, lo que supone alegrarse
también de que el usurpador suelte lo que no le pertenece. En
este sentido, qué bueno que China haya recuperado a Hong Kong y
a Macao, justo en su cincuentenario como república, pero sin
olvidar lo malo de que no suelte al Tíbet (pueblo y cultura
completamente independientes de Pekín), invadido desde hace
medio siglo (ante el silencio cómplice y el interés
comercial de buena parte de la comunidad internacional).
Recuérdese entonces que cada año de
libertad republicana china es también uno más de oprobio
tibetano.
Si China abre sus manos para recibir lo que justamente le
pertenece, debería también abrirlas para soltar lo que
no es suyo, esto, claro, si se trata de hacer justicia. Puesto que la
equidad no es rasgo del poderoso, ello supondría cierta
presión por parte de la comunidad de naciones tras hacer caso,
no a la propaganda justificadora del conquistador, sino a la historia
jurídica y diplomática entre ambos países. Si "la
reconquista de Macao constituye una legítima reparación
de una agresión realizada hace casi cinco siglos aprovechando
la debilidad de las dinastías mongolas que ocupaban China",
también lo sería, si no la liberación (es mucho
pedir al gigante chino, aunque sería lo justo), cuando menos la
discusión sobre el estatus de auténtica autonomía
del pueblo tibetano invadido hace cuatro décadas, y cuyos
derechos humanos y culturales han sido arrasados en este periodo, tal
como queda patente con la muerte de más de un millón de
tibetanos como consecuencia directa de la política de
Pekín, un verdadero holocausto comparable al de la Alemania
nazi o a la Camboya polpotista, pero sin su debida resonancia y que, a
diferencia de aquéllos, no ha acabado, sino que
continúa, tal como puede apreciarse en los informes de diversos
grupos de derechos humanos.
A China no sólo le falta Taiwán,
también le falta soltar al Tíbet. No olvidemos
esto.
José Ricardo Chaves
Maltrato en la embajada de Estados Unidos
Señora directora: Le solicito que, de ser
posible, publique esta carta dirigida al embajador de Estados Unidos
en México en la sección El Correo Ilustrado del
periódico La Jornada. Excelentísimo señor
embajador Jeffrey Davidow:
Me permito hacer de su conocimiento que la
Universidad de Pennsylvania me invitó, bajo todas las
formalidades académicas, a dictar una conferencia, teniendo
como tema el Centro Cultural Santo Domingo, de la ciudad de Oaxaca,
del que soy coordinadora general desde hace un año.
Conforme al reglamento de la embajada de Estados Unidos,
presenté el primero de noviembre, y posteriormente el 12 del
mismo mes, todos mis documentos para solicitar la visa de su
país. Entre éstos, en la ventanilla número 20, mi
pasaporte anterior, que me acreditaba como consejera cultural de la
embajada de México en Italia, cargo que ocupé durante
casi seis años.
Con pérdidas de tiempo humillantes, maltrato y
actitudes prepotentes por parte de quien me atendió durante mis
trámites en la segunda ocasión, la visa me fue negada el
día 12 de los corrientes. El único argumento que se me
dio fue el de que un documento, el del Seguro Social, es falso.
Mi indignación es por dos motivos: uno, que por
burocracias malentendidas no haya yo podido cumplir con un compromiso
al que fui invitada por una institución educativa y cultural,
que por sí solo es bastante preocupante; dos, porque se me
acusa de un acto que afecta mi integridad moral.
Por lo anterior, le solicito gire sus instrucciones para
que la funcionaria de la ventanilla 20 que me atendió demuestre
que el documento que presenté es falso, para proceder contra
quien resulte responsable. De lo contrario, yo procederé contra
ella conforme a derecho por daños a mi integridad moral y por
difamación.
Amelia Lara Tamburrino, coordinadora general del
Centro Cultural Santo Domingo
Precisiones del TEPJF
Distinguida señora directora: En su
edición del sábado 18 de diciembre, en la página
12 fue publicada una nota bajo el título: "No es deber de
partidos informar al Instituto Federal Electoral sobre manejo de
recursos", del periodista Jesús Aranda, sobre la cual me
gustaría hacer algunas precisiones, pues el aludido
título no refleja lo sostenido por la Sala Superior del
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ni lo
asentado en el texto de la nota.
En efecto, al resolver la inconformidad planteada por la
agrupación política nacional denominada "Coordinadora
Ciudadana", la Sala Superior no sostuvo que los partidos
políticos o agrupaciones se encuentren en plena libertad de
informar o no al Instituto Federal Electoral (IFE) sobre el origen y
destino de sus recursos, como pareciera deducirse del encabezado, sino
que, en lo que interesa, el voto de la mayoría consideró
que, cuando la Comisión de Fiscalización (órgano
competente del IFE para conducir la revisión) dentro del
procedimiento que la ley establece para la revisión de los
informes anuales, que tanto agrupaciones como partidos se
encuentran obligados a rendir, emplaza al informante para que presente
aclaraciones o rectificaciones sobre el informe y su
documentación, o bien, la presentación de
documentación adicional, la agrupación, la
agrupación o partido se encuentra sujeta a una carga procesal,
cuya omisión únicamente le hace perder los beneficios
útiles que el acto omitido pudiera reportarle, esto es,
comprobar o aclarar el origen o destino de determinados recursos, o
subsanar algún requisito para la presentación de su
informe, sin que se constituya a favor de la autoridad una facultad
para exigir su cumplimiento, ya que no se está en presencia de
una obligación, sino de un derecho de audiencia a favor del
ente sujeto a revisión, por virtud del cual, antes de ser
eventualmente sancionado, conoce los hechos que le puedan ser
perjudiciales, a fin de estar en posibilidad de alegar o probar lo que
en su beneficio proceda.
Así pues, el criterio sustentado respecto de una
de las sanciones impuestas a la citada agrupación
política se encuentra circunscrito a una etapa del
procedimiento de revisión de los informes,
específicamente el contenido en el artículo 49-A,
párrafo 2, inciso b), del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales, y no se refiere a la
obligación de las agrupaciones y partidos políticos de
presentar en términos de ley los informes que se encuentran
compelidos a rendir ante los órganos atinentes del IFE, ni a
las amplias facultades de éstos para la correspondiente
verificación.
Agradeciendo su atención, le solicito la
publicación de la presente aclaración.
José Luis de la Peza
El IMSS puso en riesgo la vida de su esposa
Señora directora: Todo comenzó el
domingo 28 de noviembre, cuando mi esposa, que se encontraba
embarazada con el DIU puesto, sufrió un accidente
automovilístico (el microbús de la ruta 68 en el que
viajaba se estrelló). Esa misma noche tuvo contracciones muy
fuertes. El 2 de diciembre mi esposa ingresó a Urgencias en la
Clínica del IMSS ubicada en Villa de las Flores. Ella
entró a la 17:00 horas y hasta la medianoche, el
ginecólogo en turno (2 de diciembre 12 horas;) me
informó que mi esposa tenía una fuerte infección,
que el producto de cuatro meses estaba bien, pero que corría
riesgos fatales, porque el DIU presionaba el saco.
Argumentó que no podía hacer nada hasta que
la infección disminuyera. Posteriormente, personal del IMSS le
informó a familiares de mi esposa que ella seria transferida a
la clínica 68, en la Vía Morelos, por ser la sede que
nos corresponde. A las 18:30, la ginecóloga en turno dijo que
continuaba en observación porque no le habían hecho
ningún ultrasonido, y los dolores y sangrados no
paraban. Además, me confirmó que sería
transferida a la clínica 68 para que continuara siendo
atendida. Esperamos hasta las 23 horas una ambulancia. Durante el
trayecto mi esposa me platicó que los sangrados eran cada vez
más fuertes y pestilentes, además que los dolores
continuaban, pero que momentos antes de salir se negaron a
suministrarle más medicamento. Al llegar a la clínica
fue ingresada en topografía, la responsable me indicó
que podía retirarme, porque hasta las 11 horas del día
siguiente podían darme informes. Nos fuimos (mi suegra y yo),
al cabo de dos horas llamaron informando que mi esposa sería
transferida, y era necesario estar presentes para hacer el
traslado. Mi suegra llegó antes y salió con mi
esposa. Mi madre y yo llegamos directo a la clínica 76 de
Xalostoc, a donde fue transferida el sábado 4 de diciembre. La
información no cambio, mi esposa continuaba en
observación, el producto estaba vivo y seguían luchando
con la infección. A las 20:00 horas me informaron que se le iba
a practicar un legrado. El domingo 5 de diciembre esperamos la
probable alta desde las 10 horas, y fue hasta las 14:00 que el
anestesiólogo autorizó la salida de mi esposa, pero
específico que tenía que ser transferida a la
clínica 68 para que ahí también se le diera de
alta. En casa, mi esposa nuevamente tuvo sangrados abundantes y en
esta ocasión arrojo algo carnoso. Al día siguiente (6 de
diciembre), acordamos consultar al médico familiar, quien nos
explicó que su matriz aún tenia restos de placenta y
coágulos, por lo que era urgente practicarle un nuevo
legrado. Esta vez decidí internarla en la clínica
particular. Ahí le extrajeron pedazos de placenta, los
médicos decidieron guardar los restos para que yo pudiera
reclamar al IMSS. Dejamos el hospital mi esposa, un pedazo de placenta
y yo, no sin antes pagar 5 mil 600 pesos. No es justo que
después de trabajar cinco años y entregar mi
aportación al IMSS, no nos atiendan profesionalmente y
además pongan en riesgo la vida de mi esposa. ƑQué
tal si yo pago mi aportación con billetes falsos?, por supuesto
que ya estaría en la cárcel. Hoy sólo me pregunto
si alguien puede hacer algo contra la negligencia de los que se dicen
médicos del IMSS, y si los ciudadanos seguiremos siendo
golpeados por la impotencia.
Daniel Trujillo Chagoya
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