Lo que establece la ley
En la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, ordenamiento que reglamenta el artículo 130 constitucional, se recoge el principio histórico de que el Estado mexicano es laico. Así lo establece dicha norma en su artículo tercero.
En el cuarto título de esa ley se asienta en el artículo 25: ''Corresponde al Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Gobernación, la aplicación de esta ley. Las autoridades estatales y municipales, así como las del Distrito Federal, serán auxiliares de la Federación en los términos previstos en este ordenamiento.
''Las autoridades federales, estatales y municipales no intervendrán en los asuntos internos de las asociaciones religiosas. Las autoridades antes mencionadas no podrán asistir con carácter oficial a ningún acto religioso de culto público, ni a actividad que tenga motivos o propósitos similares. En los casos de prácticas diplomáticas, se limitarán al cumplimiento de la misión que tengan encomendada, en los términos de las disposiciones aplicables.''