La Cámara, sin medios para atender la demanda
La Cámara de Diputados carece de los medios para hacer frente a la solicitud que le presentó anoche la Procuraduría General de la República (PGR) relativa a iniciar el juicio de desafuero contra los diputados federal y local Carlos Romero Deschamps y Jesús Olvera Méndez, respectivamente, así como del senador Ricardo Aldana Prieto, ya que a dos años de haber arrancado la presente Legislatura no se ha instalado aún la sección instructora.
La normatividad vigente establece que para consumar el juicio de desafuero se requiere integrar una comisión instructora conformada por cuatro legisladores, responsables de practicar las diligencias para corroborar si existen o no los elementos que permitan quitar el fuero a un legislador. Sólo con la pérdida de esta condición es posible iniciarles un proceso penal.
Antes de desahogar el expediente de los dirigentes petroleros, la comisión camaral referida tendría que resolver las siete demandas que ya tiene en contra de diversos legisladores locales y federales, además de funcionarios públicos.
El presidente de la Junta de Coordinación Política, el perredista Martí Batres, dijo que hay el compromiso de los coordinadores de integrar la comisión en próximos días y ventilar las demandas.
El procedimiento congresional tiene que dirimirse en San Lázaro. Una vez que el documento promovido por la PGR esté en manos de la secretaría general de la Cámara, la Procuraduría tiene que ratificarlo tres días después. Posteriormente, la sección instructora practica las diligencias necesarias y abre un periodo de prueba de un mes para recibir los alegatos en favor y en contra. Este lapso sólo podrá ampliarse a juicio de la misma sección.
El órgano camaral tiene un plazo de hasta 75 días para resolver. Si el recurso procede, el pleno de la Cámara se erige en jurado de acusación y vota las conclusiones de la sección. Si la resolución fuese negativa, se suspenderá el procedimiento en el marco de la Cámara, pero no es obstáculo para que la imputación por la comisión del delito continúe cuando los inculpados hayan concluido el ejercicio del encargo. Para que proceda el desafuero, la votación debe ser por mayoría absoluta.
El único recurso que ha procedido desde que se creó la figura del juicio político fue en el caso de Jorge Díaz Serrano, ex senador y director de Pemex durante la gestión de José López Portillo, acusado en el sexenio de Miguel de la Madrid.
CIRO PEREZ SILVA