Lo que debe prevalecer en esos casos es la protección de las víctimas, afirma
Rechaza Bátiz perseguir de oficio el secuestro
La PGJDF ya determinó los mecanismos a considerar ante aborto por violación, dice
ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ
El procurador general de Justicia del Distrito Federal, Bernardo Bátiz Vázquez, se expresó en contra de reformas legales que permitan perseguir de oficio el secuestro, pues lo que debe prevalecer en estos casos es la protección de las víctimas.
En relación con el plagio de la actriz Laura Zapata y su hermana Ernestina Sodi, a su vez hermanas de la cantante Thalía, Bátiz rechazó que las autoridades de la ciudad de México hayan sido rebasadas por las bandas de secuestradores. En lo que va del año, precisó, la dependencia ha recibido alrededor de 122 denuncias por secuestro, pero entre éstas hay casos de autoplagios y de sustracciones de menores por alguno de sus padres o familiares que disputan su custodia.
Indicó que un equipo de expertos, ajeno a corporaciones policiacas, participa en la negociación en el caso del doble secuestro; "a partir del primer contacto que tuve con los familiares no ha habido más acercamiento, por la solicitud de no intervención", puntualizó.
Aclaró que el oponerse a que el secuestro se persiga de oficio de ninguna manera quiere decir que no haya obligación de la autoridad para perseguir dicho ilícito.
Agregó que no se trata de alarmar a la gente, pero tampoco de hacer "cuentas alegres y decir que todo va a la baja, aunque hay comentaristas en los medios de comunicación que quisieran que yo estuviera alarmando a la población, diciendo todos los días que estamos en el caos, cuando no es así, hay control, estamos trabajando, aunque, como en todas las grandes urbes, hay delitos".
Por otro lado, Bátiz Vázquez dijo que la reforma al Código Penal del Distrito Federal que amplió las causales de despenalización del aborto, conocida como ley Robles, es una ley "bien planteada", aprobada por el Poder Legislativo para afrontar un problema y resolverlo.
Entrevistado ayer -Día por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe-, al concluir la reunión del gabinete de seguridad, el funcionario indicó que la dependencia determinó ya los mecanismos que deben ser tomados en cuenta por el Ministerio Público ante casos de aborto por violación. Según la citada ley, el MP debe autorizar en un término de 24 horas la interrupción del embarazo, con el certificado médico correspondiente, después de que se presenta la denuncia penal.