Directora General: Carmen Lira Saade
México D.F. Miércoles 2 de octubre de 2002
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Cultura

El delito de homicidio calificado no ha prescrito, asegura el procurador militar

Dictan formal prisión a Quirós, Acosta y Barquín

JESUS ARANDA

El juez tercero militar dictó ayer auto de formal prisión a los generales Humberto Quirós Hermosillo y Arturo Acosta Chaparro Escapite, así como al mayor retirado Francisco Javier Barquín Alonso, por el delito de homicidio calificado en agravio de 143 campesinos involucrados con movimientos guerrilleros entre 1975 y 1979 en el estado de Guerrero, quienes fueron muertos en la base militar de Pie de la Cuesta y posteriormente arrojados al mar.

Este es el primer caso en el que se dicta formal prisión contra militares u otros miembros de los cuerpos de seguridad gubernamentales que actuaron en contra de grupos armados durante la llamada guerra sucia.

Por su parte, el procurador militar, general Jaime Antonio López Portillo, aseguró en breve entrevista que el delito de homicidio calificado no ha prescrito y que la penalidad aplicable a los dos generales -quienes están a unos días de enfrentar un consejo de guerra por sus presuntos vínculos con el narcotráfico- y al mayor Barquín es hasta de 40 años de prisión, de acuerdo con el Código Penal Federal vigente en los años en que se cometieron los crímenes.

Asimismo reiteró que el proceso penal en contra de los dos generales y del mayor se llevará en los tribunales militares, en razón de que los hechos ocurrieron cuando los tres estaban en actos de servicio.

Los oficiales consignados cuentan con un plazo de tres días para apelar la decisión del juez tercero militar, Luis García Arévalo, ante el Supremo Tribunal Militar, o bien para interponer un amparo directo en contra del auto de formal prisión ante un juzgado federal.

Con la decisión del juez castrense se abre el período de ofrecimiento de pruebas, que puede tardar hasta un año o más si los acusados solicitan la ampliación del plazo para ofrecer argumentos a su favor, para después dar paso a un consejo de guerra que de manera sumaria -en no más de tres días- determinaría la culpabilidad o inocencia de los acusados.

Sólo después de que el consejo resuelva, y en caso de que la sentencia fuera condenatoria, los acusados están en su derecho de interponer una apelación ante el Supremo Tribunal Militar, cuya decisión sólo podrá ser impugnada en última instancia ante un tribunal colegiado del Poder Judicial de la Federación.

El juez castrense consideró válidos los argumentos de la procuraduría militar con base en las denuncias presentadas en su momento por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, organizaciones de familiares de desaparecidos y el testigo protegido de la Procuraduría General de la República, Gustavo Tarín, quien incluso reconoce haber participado en el asesinato de campesinos y cuya declaración fue fundamental para fincar cargos

Además, la procuraduría castrense se basó en declaraciones de testigos presenciales, peritajes y documentos para fundamentar sus acusaciones.Hasta el momento las acusaciones señalan únicamente a Quirós, Acosta y Barquín, aunque la indagatoria sigue abierta para determinar si existe responsabilidad de otros militares que estuvieron asignados en el estado de Guerrero en esos años.

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