Consejo de guerra les impone penas carcelarias de 15 y 16 años, respectivamente
Acosta Chaparro y Quirós, condenados por narcotráfico
Impugnan el fallo inmediatamente; insisten en que se usaron testimonios de delincuentes
Ambos generales aún deberán enfrentar acusaciones relacionadas con la guerra sucia
JESUS ARANDA
Los generales Francisco Quirós Hermosillo y Mario Arturo Acosta Chaparro fueron sentenciados a penas carcelarias de 16 y 15 años, respectivamente, y al pago de una multa de 100 días de salario mínimo, ''equivalente a un monto de mil 527 pesos'' -de acuerdo con el dictamen-, debido a que el consejo de guerra que los juzgó los declaró culpables de delitos contra la salud y, en el caso del primero, cohecho. Sin embargo, ambos fueron exonerados del cargo de asociación delictuosa, con pena máxima de 40 años, por lo que la sanción privativa de la libertad será de hasta una cuarta parte de la sentencia, con derecho a solicitar su libertad preparatoria.
La sentencia corre a partir de su detención, en agosto de 2000, por lo que en menos de dos años estarán en condiciones de solicitar su excarcelación anticipada. No obstante, por haber recibido auto de formal prisión por el homicidio calificado de 143 personas durante la guerra sucia, los oficiales saldrían de la cárcel sólo después de que concluya este proceso.
Además, los oficiales fueron destituidos de su empleo de general de división retirado, en el caso de Quirós Hermosillo, y general brigadier, en el caso de Acosta Chaparro, y se les inhabilitó por dos años para desempeñar cualquier cargo público, así como la pérdida de los derechos adquiridos en virtud del tiempo de servicio prestado en las fuerzas armadas, y la prohibición a usar uniformes y condecoraciones.
Acosta Chaparro había indicado que el hecho de que la fiscalía convalidara los testimonios de testigos protegidos ''es un insulto al instituto armado, es un insulto al consejo de guerra, y es un insulto a todos los miembros del Ejército Mexicano".
La sentencia, que requirió de más de ocho horas de deliberaciones privadas, había sido ya prevista por el general Quirós Hermosillo, cuando hizo uso de la palabra en la mañana. Ahí el militar reveló que fue presionado, y "durante todo julio de 2000 hubo en los medios de comunicación lo que en la jerga militar se conoce como ablandamiento artillero", cuando se utilizó a la prensa para que, "al momento de nuestra detención, la opinión pública ya estuviera orientada hacia nuestra culpabilidad''.
Criticó la publicidad que tuvo este proceso desde sus inicios, cuando su detención, hace más de dos años, fue presentada como un logro más de la lucha contra el narcotráfico de la administración anterior. ''Se dijo que arriba de la ley nadie, ni los generales, y en los medios se expresó que en poco tiempo iban a caer más generales y civiles, pero fuimos sólo nosotros dos",
Sin nombrar directamente al ex procurador militar y actual procurador general de la República, Rafael Macedo de la Concha, el general Quirós señaló una serie de irregularidades en el proceso penal en su contra avaladas por el Ministerio Público Militar, entre las que destaca un cateo a su casa y su detención sin orden de aprehensión, así como el hecho de que la fiscalía tomara como válidos los argumentos de testigos protegidos, quienes ''mintieron e inventaron testimonios''.
La situación también afectó a su hijo Ricardo Quirós Covarrubias, quien fue detenido por la Procuraduría General de la República y consignado por delitos fiscales, "ajenos a éste proceso, como una medida de presión a mi persona", justamente cuando Macedo llegó a la representación social federal.
"No quiero hacer responsable a nadie ni involucro a nadie -señaló-: lo dejo a criterio de los que me han escuchado. Soy y sigo siendo general del Ejército, aunque esté en esta situación''.
Cuando le tocó el turno al general Acosta Chaparro, cuestionó la probidad de los testigos protegidos en los que se fundamentaron los cargos en su contra.
''El señor fiscal habla de probidad y honradez de los testigos protegidos, pero eso es un insulto al instituto armado, es un insulto al consejo de guerra y es un insulto a todos los miembros del Ejército Mexicano".
Sin tener la facilidad de palabra que había demostrado momentos antes Quirós Hermosillo -quien se defendió de los cargos en su contra por más de 40 minutos-, Acosta Chaparro leyó un texto que llevaba en un libro con una estampa religiosa entre las hojas.
La última sesión del consejo de guerra se inició puntual, a las nueve de la mañana, en el Campo Militar Número Uno.
Luego de escuchar la defensa de los acusados, el presidente del consejo, general Tomás Angeles Dauahare, determinó un receso para que los integrantes de este cuerpo colegiado deliberaran en privado sobre un cuestionario que elaboró el juez de la causa con el que se dictaminaría el caso.
Tras ocho horas de espera, que motivó toda serie de especulaciones entre familiares y militares presentes, entró la escolta militar al salón del consejo.
Los acusados se pusieron de pie frente al jurado, mientras a su lado permanecían siete soldados armados.
El juez cuarto leyó 12 resolutivos con los que concluyeron los dos años dos meses que duró este proceso penal.
De entrada, el juez Sosa Muñoz precisó que la causa penal 2080/2002, iniciada en contra de los oficiales, era por delitos contra la salud en su modalidad de colaboración para posibilitar el tráfico de narcóticos, cocaína y mariguana, así como asociación delictuosa y cohecho, en el caso de Quirós.
El primer anuncio fue inesperado y aumentó las expectativas, toda vez que se decretó que los acusados "no son culpables ni penalmente responsables en la comisión del delito de asociación delictuosa".
Pero la esperanza de familiares y generales retirados duró tan sólo unos segundos, porque se anunció la culpabilidad y responsabilidad penal de Quirós en la comisión de delitos contra la salud.
Se le condenó a cumplir 16 años de prisión, que purgará en el Campo Militar Número Uno o donde lo determine el alto mando, la cual empieza a contar a partir de su detención el 31 de agosto de 2000, así como el pago una multa de 100 días de salario mínimo, la destitución del empleo de general de división retirado, inhabilitación por dos años y la pérdida de derechos adquiridos en virtud del tiempo de servicios prestados. Aunque con la salvedad de que su "retención" será hasta por una cuarta parte más del tiempo de duración y con derecho a libertad preparatoria.
Por el delito de cohecho, se resolvió decomisar los vehículos Chevrolet Suburban 1994, placas 988-CBD, y un Mercedes Benz blanco blindado, placas 941-HHH, que Quirós habría obtenido de Amado Carrillo. También se resolvió devolverle un vehículo Oldsmobile modelo 1994, placas 760-HLB, color blanco, y un Mercedes Benz 1980.
En el caso de Acosta Chaparro, la sentencia fue de 15 años y en los mismos términos que en el caso de Quirós.
Tan pronto el juez terminó de leer la sentencia, los dos generales interpusieron recurso de inconformidad ante el Supremo Tribunal Militar. En caso de que éste confirme la pena, los acusados tienen la opción de presentar amparo directo ante un tribunal colegiado.