El Congreso local aprobó reformas al Código Penal del estado
Castigarán en Querétaro a quienes de manera dolosa contagien enfermedades
MARIANA CHAVEZ CORRESPONSAL
Queretaro, Qro., 1Ɔ de noviembre. El Congreso local aprobó hoy reformas legales que permitirán perseguir de oficio a personas que de manera consciente transfieran alguna enfermedad contagiosa.
El dictamen puntualiza que "no existe sanción alguna prevista en el Código Penal para el Estado de Querétaro que sancione a aquel agente que propicie de manera consciente o inconsciente (casos en que caben el dolo y la culpabilidad, respectivamente)" y ocasione daños a otra persona por "acción u omisión" al transmitirle una enfermedad contagiosa.
Por ello, en sesión ordinaria del pleno de la Legislatura local, los diputados calificaron de conducta delictuosa que "una persona al saber y estar consciente de ser portadora de una enfermedad, posiblemente incurable", contagie a otra "mediante una acción u omisión", poniendo en riesgo la salud y la vida de otros.
El dictamen de la Comisión de Administración de Justicia establece que es "una conducta reprobable" que una persona contagie a otra una enfermedad incurable, como el sida; por ello, es indispensable establecer lo anterior como delito penal en el apartado de ilícitos contra la vida y la salud de las personas.
Asimismo, el dictamen señala que el delito existe cuando una persona con dolo o "con culpa (en forma imprudente, negligente, descuidada)" contagia una enfermedad incurable a otra, y aunque no le produzca la muerte se califica como "tentativa de homicidio, y no de lesión".
En el caso de enfermedades graves -en periodos infectantes- el delito quedó tipificado "cuando se altera el estado de la salud de la víctima", bajo la circunstancia de que ésta desconoce la posibilidad de encontrarse en peligro de contagio por cualquier medio transmisible.
La propuesta que adiciona el artículo 127 bis-1 del código mencionado fue aprobada con 22 votos de los diputados de la Legislatura local.
Señala que los transmisores serán perseguidos de oficio, excepto "cuando se trate de cónyuges, concubinarios o concubinas"; en estos casos la autoridad competente actuará por querella del ofendido.
Las reformas fueron aprobadas previamente por dos diputados panistas y un priísta que integran la Comisión de Administración de Justicia en el Congreso estatal, y posteriormente en sesión ordinaria por el pleno.