El Ejecutivo local tiene 10 días para hacer observaciones
Aprueba la Asamblea Legislativa la Ley de Acceso a la Información
RAUL LLANOS Y GABRIELA ROMERO
Con 55 votos a favor, el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó ayer la Ley de Acceso a la Información Pública para el Distrito Federal, que establece los límites y mecanismos por los cuales cualquier ciudadano podrá solicitar la información que considere necesaria a las entidades locales que integran los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, a los órganos autónomos y a todas aquellas dependencias que ejerzan gasto público.
Previamente la fracción del PRD, en voz de Gilberto Ensástiga, trató de modificar el artículo 57 de dicho ordenamiento, por el cual se otorga autonomía al Consejo de Información Pública del DF, bajo el argumento de que la ALDF carece de facultades legales para otorgar dicho estatus a una entidad pública; sin embargo, priístas, panistas y pevemistas rechazaron la observación.
La mencionada ley será enviada al jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, quien tendrá un plazo de 10 días para hacer alguna observación al texto; de no hacerlo, tendrá que promulgarla y publicarla para que un día después entre en vigor. No obstante, los capitalinos interesados en solicitar alguna información deberán esperar cuatro meses para hacer efectivo este derecho, pues así lo establece el artículo tercero transitorio.
Al subir a tribuna a fundamentar su voto, el diputado Francisco Solís Peón expresó que es la ley más avanzada en la materia de todo el país.
En su intervención, el panista Federico Doring, presidente de la Comisión de Administración Pública Local, dijo que una vez que se aprobó dicha ley "no se puede ni se debe abusar de ella con el pretexto de que toda información sea pública", por lo que el reto es concientizar a la gente para que haga uso correcto de su contenido.
De acuerdo con esta ley, se descentralizan las responsabilidades para que sean las contralorías internas de los entes públicos las encargadas de vigilar el cumplimiento de esta legislación, con lo que se evita la constitución de superestructuras y el excesivo costo burocrático.
Se establece que el Consejo de Información Pública tenga representantes de todos los entes públicos y también tres de la sociedad civil, para lo cual habrá una convocatoria pública, y será uno de los electos quien sea presidente, por dos años, de dicha instancia.
Serán las entidades públicas las que deberán difundir los contenidos de esta ley, mientras que a los interesados en información política sólo se les facilitará si son mexicanos; en otros casos, de serles negada podrán recurrir al amparo.
Aquellos servidores públicos que incurran en desacato de lo establecido en esta normatividad podrán hacerse acreedores a las sanciones establecidas en la ley federal de responsabilidades.