Comunicado de la SCT
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes informa que el día de hoy, a las 13:50 horas, fue notificada de la resolución que niega y otorga suspensión provisional emitida por el juzgado séptimo de distrito en materia administrativa.
Por lo que hace a la negativa de la suspensión, el juzgado determinó la continuación del procedimiento administrativo instaurado por la secretaría en atención a que los procedimientos son de orden público y no son susceptibles de paralizarse o suspenderse.
Al resolver la suspensión, el juzgado indica, a la letra, que la misma se otorga con: "el único efecto de que se levante el aseguramiento de las instalaciones y demás bienes destinados a la operación y explotación de la estación de televisión concesionada... así como para los efectos y consecuencias originados por dicho aseguramiento".
Asimismo, indica textualmente que: "... la concesión de la suspensión provisional no prejuzga respecto a quién corresponde la posesión de los bienes asegurados destinados a la operación y explotación de la estación de televisión concesionada..., ya que dicha cuestión deberá ser determinada por parte de las autoridades legalmente competentes para ello, en atención a que ello no es materia de la litis constitucional, sino únicamente el actuar de las autoridades responsables, en virtud de que el juicio de amparo como institución jurídica protectora de garantías individuales, no dirime cuestiones entre particulares, sólo actos de autoridad".
La resolución concede a la secretaría un término de 24 horas, durante el cual la secretaría llevará a cabo las acciones legales que correspondan.