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México D.F. Viernes 11 de julio de 2003
ECONOMIA MORAL
Julio Boltvinik
La economía moral es convocada a existir como resistencia a la economía del "libre mercado": el alza del precio del pan puede equilibrar la oferta y la demanda de pan, pero no resuelve el hambre de la gente
Elecciones 2003: reglas imperfectas
Oscuridades del Cofipe, así como del convenio PRI-PVEM
Elecciones locales distorsionan resultados plurinominales
CERRADA LA DIFUSION de los resultados del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) en la tarde del lunes 7 de julio, con el 94.4 por ciento de las casillas computadas, la elección de 2003 ha perdido su transparencia y ha aparecido la confusión en torno, sobre todo, al reparto de los votos entre el PRI y el PVEM dentro de su alianza. El asunto se hace muy poco transparente porque: 1) los reporteros y, por tanto, la opinión pública, no parecen conocer las reglas aplicables para la distribución de las diputaciones plurinominales y 2) el convenio entre el PRI y el PVEM para la distribución de los votos de la Alianza para Todos es complejo y desconocido por los medios. El asunto ha empezado a cargarse de tensión: el PRI sostiene que le corresponden 231 diputados y no los 223 que les atribuye el IFE. Llevé a cabo un ejercicio numérico con los elementos que tengo a la mano (el PREP, el artículo 54 de la Constitución, los artículos 9 a 17 del Cofipe, el convenio entre el PRI y el PVEM) con la intención de publicarlo hoy aquí. Sin embargo, me enteré por los diarios que había un segundo convenio entre los partidos de la alianza, por lo que he decidido no publicarlo. La falta de transparencia impide que los ciudadanos llevemos a cabo tales comprobaciones. Los convenios entre el PRI y el PVEM no están en el portal electrónico del IFE y los medios no los conocen. La información del PREP es incompleta y no hay información detallada alternativa.
EN VEZ DE DICHO EJERCICIO, presento hoy dos líneas de análisis. Por una parte compartiré con mis lectores lo que he aprendido al revisar los elementos de base para los cálculos de los resultados de las elecciones. Por otra parte, sostendré, con datos, que la simultaneidad parcial de elecciones locales con las elecciones federales distorsiona la asignación de diputaciones plurinominales.
EL ARTICULO 54 de la Constitución fija las normas generales para la elección de los 200 diputados de representación proporcional. Con el espíritu de impedir la concentración excesiva del poder en un partido, este artículo fija dos topes máximos a la suma de diputados de mayoría relativa y plurinominales: no pueden ser más de 300 y no pueden representar un porcentaje que supere en más de 8 puntos porcentuales su porcentaje de participación en la votación nacional emitida (fracciones IV y V). En realidad es un tope a los diputados plurinominales que se pueden adicionar a los ganados por mayoría relativa, de tal manera que si un partido gana los 300 distritos, no podrá contar con ningún diputado plurinominal. Los artículos 12 a 17 del Cofipe (Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales) reglamentan lo estipulado en el artículo 54 constitucional. En primer lugar, se definen los conceptos de votación total emitida, VTE, igual al total de votos depositados en las urnas; y votación nacional emitida, VNE, (el valor anterior menos los votos nulos y los votos a los partidos que no alcanzaron el 2 por ciento a nivel nacional y que perdieron su registro).
LA LECTURA LITERAL de los artículos mencionados del Cofipe sugieren el siguiente procedimiento: 1) Se calculará el "cociente natural", CN, que resulta de dividir la VNE entre los 200 diputados de representación proporcional. Si aplicamos esto con las cifras del PREP obtenemos un CN de 119 mil 556. Con esta fórmula, la primera distribución arroja 66 para el PAN, 49 para el PRI, 38 para el PRD y 29 para la Alianza para Todos. 2) El siguiente paso es determinar si hay algún partido que rebase alguno de los dos topes fijados por la ley. El único que está en posibilidad de llegar a un número de curules que rebase el porcentaje de su población emitida más 8 puntos es el PRI. Sin embargo, para llevar a cabo los cálculos correctamente tenemos que saber cuáles son las reglas pactadas entre el PRI y el PVEM para distribuir la votación obtenida en los 97 distritos por la alianza. El convenio tiene varios supuestos que aparentemente no se actualizaron. Por tanto, se aplicaría, en mi opinión, el número 3 que dice: "la distribución de los votos se realizará de tal manera que el PVEM obtenga, junto con la votación que alcance por sí mismo en los 203 distritos electorales (en que compite por su cuenta) el 5 por ciento de la VNE. Ya que según el PREP el PVEM obtuvo 4.25 por ciento de la VNE, le corresponde 0.75 por ciento de la VNE (179 mil votos)) y el resto de los votos de la alianza le corresponderían al PRI. Esto sin tomar en cuenta el segundo convenio que, al parecer, firmaron el PRI y el PVEM y que estipula que tres candidatos de la alianza lo son por el PVEM y que, por ello, tanto los votos como los diputados de mayoría relativa así obtenidos corresponden a ese partido. Como no tengo el texto del segundo convenio, no me es posible verificar los cálculos. Sin dilucidar los votos reales obtenidos por el PRI resulta imposible continuar con el procedimiento. Este implica que si el PRI tuviese diputados excedentes, éstos se le sustraigan y se repartan entre los demás partidos. El procedimiento de asignación de las diputaciones entre los demás partidos supone un nuevo concepto, el de la votación nacional efectiva (VNEf), igual a la VNE menos la votación del partido que hubiese rebasado alguno de los candados referidos antes. Al dividir la VNEf entre el número de diputados a distribuir se obtiene un nuevo cociente natural (CNf). Al dividir la votación de cada partido entre el CNf se obtiene el número de diputaos que le corresponde a cada partido. Conocidos éstos, se distribuirán en las cinco circunscripciones de acuerdo con una nueva fórmula. Todos los cálculos están pendientes hasta saber si el PRI rebasó 8 por ciento o no.
CUANDO NO OCURREN estas complicaciones, la asignación se lleva a cabo en cada circunscripción, asignando los 40 diputados plurinominales entre los partidos en proporción a su votación. Sin embargo, el Cofipe no aclara qué pasa si ocurren inconsistencias en la asignación del número de diputados plurinominales por la mecánica inicial del cociente natural, lo que se lleva a cabo a nivel nacional y la distribución según circunscripciones. El Cofipe es oscuro. No es extraño, por ello, que haya disputas en su aplicación.
PASEMOS AL SEGUNDO ASUNTO. En las entidades federativas donde hay elecciones locales la participación electoral es más alta que en la que sólo hay elecciones para diputados. Por tanto, la proporción que un partido obtiene de los votos en cada una de las cinco circunscripciones electorales (éstas incluyen entre tres y nueve entidades federativas y son la base para el cálculo de las diputaciones de representación proporcional o plurinominales) está influida por la presencia de elecciones locales en algunas entidades, pero no en todas. Por ejemplo, en la circunscripción 2 hubo elecciones locales en Nuevo León, Querétaro y San Luis Potosí, estados en los cuales la participación electoral de la población fue de 53.5 por ciento, 57 por ciento y 45 por ciento, por arriba no sólo del promedio nacional de 41.8 por ciento, sino por arriba del promedio de la circunscripción (43.1 por ciento). En los estados en los que no hubo elecciones locales las participaciones fueron mucho más bajas (Aguascalientes: 41.8 por ciento; Coahuila: 33 por ciento; Chihuahua: 35 por ciento; Durango: 38 por ciento; Tamaulipas, 40.3 por ciento; Zacatecas: 42.8 por ciento). El promedio ponderado de la participación electoral en las entidades de la circunscripción 2 sin elecciones locales es de 38.0 por ciento, contra 52.1 por ciento en los estados con elecciones locales. Como se aprecia, una diferencia sustancial de 14.1 puntos porcentuales.
EJEMPLIFIQUEMOS EL IMPACTO con los votos (y diputados plurinominales) de la alianza en Nuevo León y del PAN en Querétaro. En Nuevo León (NL), como dijimos, la participación electoral fue de 53.5 por ciento contra el 38 por ciento en los estados sin elecciones locales. Los votos captados por la Alianza para Todos en NL fueron 684 mil que se habían reducido a 486 mil con el 38 por ciento de participación. Los votos de la alianza en Nuevo León representaron 14 por ciento de los votos totales válidos en la circunscripción y le aportaron al PRI y al PVEM 5.6 diputados plurinominales. Con el 38 por ciento de participación electoral este porcentaje se hubiera reducido a 10 por ciento y le habrían aportado sólo cuatro diputados plurinominales. Es decir, como efecto de la realización de elecciones locales que concitan una mayor participación electoral que las de diputados federales (y manteniendo todo lo demás igual), la Alianza para Todos se beneficio con 1.6 diputados adicionales que les fueron restados a otros partidos.
CUANDO SE REALIZAN los mismos cálculos para el PAN en Querétaro, donde la participación fue de 57 por ciento, se aprecia que los votos por este partido en Querétaro aumentaron de 2.85 por ciento a 4.22 por ciento del total de votos válidos en la circunscripción, como resultado de la mayor participación electoral que las elecciones locales acarrearon. Ello se tradujo en que la aportación de diputados plurinominales para el PAN por los votos de Querétaro en la circunscripción 2 haya pasado de 1.1 a 1.7.
SI SUMAMOS LOS EFECTOS de ambos ejemplos, que no agotan los efectos en la circunscripción, pues nos falta el caso de San Luis Potosí, llegamos a que el PAN y Alianza ganaron más de dos diputados plurinominales en esta circunscripción por el efecto analizado. En la circunscripción 2 entre el PAN y la alianza se llevan el grueso de los plurinominales (35 de 40). Sin elecciones locales en Nuevo León y Querétaro los demás partidos habrían tenido no 5 diputados plurinominales sino 7. Si se calcula este efecto en las demás circunscripciones, las cifras de diputados transferidos serían mucho mayores. De aquí se deriva una recomendación de calendario electoral básico: cambiar la fecha de estas elecciones locales a, digamos marzo en lugar de julio. Con ello habría cambios mínimos en las fechas de toma de posesión de gobernadores y otras autoridades y se evitaría el efecto analizado.
COMO RESULTADO DEL ANALISIS de las elecciones municipales del Edomex en 2000 y en 2003 (Economía Moral, La Jornada, 7 y 14 de marzo de 2003) se derivó la hipótesis del predominio de las preferencias electorales por el PAN entre la población no pobre, por el PRI entre los indigentes y por el PRD entre los pobres no indigentes (pobres cuyas carencias no son tan intensas y generalizadas como las de los indigentes). Las elecciones federales de 2003 constituyen una evidencia nacional para poner a prueba dicha hipótesis. De entrada, sin embargo, si el análisis se lleva a cabo por entidad federativa aparecen algunas evidencias en contra de la hipótesis, puesto que el PRI ganó Nuevo León donde predominan los pobres no indigentes y donde los no pobres representan una proporción muy alta de la población, mientras los indigentes constituyen claramente una minoría. Por otra parte el predominio total del PRI en todo el sur sureste (la península de Yucatán, Chiapas y Tabasco, Veracruz, Oaxaca, Puebla) estarían a favor de la hipótesis. El análisis más desagregado muestra, en cambio, en el Distrito Federal alta consistencia. El PAN gana las dos delegaciones con mayor proporción de no pobres y el PRI gana Milpa Alta, una de las de mayor pobreza. Pero estos elementos son simplemente un adelanto de lo que será la próxima entrega de Economía Moral, espero que para entonces con información más completa [email protected]
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