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México D.F. Viernes 1 de agosto de 2003

Interpone defensa de Pedro Ulises Castro Vargas amparo contra arraigo domiciliario

Desecha perito pruebas contra Llona

Con fotocopias España pretende inculpar al vasco

El juez decimoquinto de distrito en materia penal, Ranulfo Castillo Mendoza, recibió la notificación de un perito de la Procuraduría General de la República (PGR), en la que le informó que no podrá dar un dictamen sobre las fotografías enviadas por España como prueba para el juicio de extradición que enfrenta Lorenzo Llona Olalde, ciudadano mexicano de origen vasco que se encuentra preso en el Reclusorio Sur desde el 26 de abril, debido a que se trata de fotocopias.

Asimismo, el juzgador dio vista sobre dicha notificación al Ministerio Público Federal, y le otorgó tres días hábiles -plazo que inició ayer- para que manifieste lo que a su derecho corresponda.

Se trata de varias fotografías -una de ellas supuestamente corresponde a Llona Olalde- que según el gobierno del país ibérico muestran las imágenes de personas que participaron en una acción armada ocurrida el 24 de junio de 1981 en el pueblo guipuzcoano de Tolosa, en la que murieron tres españoles, hechos en los que estaría involucrado el ahora detenido.

El proceso de extradición se encuentra en la etapa de desahogo de pruebas, y tanto la defensa como el MPF estaban a la espera de que el perito de la PGR determinara si efectivamente Llona Olalde era uno de los que aparecían en dichas fotografías o si se trataba de alguien con rasgos físicos similares.

Sin embargo, con la decisión del perito de no emitir un dictamen porque se trata de fotocopias, el juicio se prolongará aún más, pues habrá que esperar a que el MPF le manifieste su opinión al juzgador (eso ocurrirá la próxima semana) y posteriormente la defensa tendrá el mismo derecho.

Aún está pendiente la resolución del juez sexto de distrito B de amparo en materia penal, Alejandro de Jesús Baltazar Robles, respecto a si concede o no un amparo a Llona Olalde contra la petición formal de extradición que solicitó el gobierno de España a su contraparte mexicana.

AMO



No hay elementos: litigante

La defensa de Pedro Ulises Castro Vargas, uno de los tres mexicanos detenidos por la Procuraduría General de la República (PGR) debido a sus presuntos vínculos con la organización vasca ETA, solicitó un amparo contra la orden de arraigo domiciliario por 90 días que enfrenta desde el 21 de julio, por orden del juzgado segundo de distrito de procesos penales federales con sede en el Reclusorio norte, mientras el Ministerio Público Federal (MPF) determina su situación jurídica.

De esta forma, será el juez sexto de distrito B de amparo en materia penal, Alejandro de Jesús Baltazar Robles, quien determinará si concede o no el beneficio a Ulises Castro, arraigado en una casa de seguridad de la PGR ubicada en el sur de la ciudad de México.

Entretanto, una fuente del Poder Judicial informó a La Jornada que los abogados de oficio de los otros dos mexicanos (María del Pilar Sosa Espinosa y Noé Camarillo Cantú) que fueron aprehendidos durante el operativo Donostia efectuado por miembros de la Agencia Federal de Investigación en varios estados de la República entre los días 18 y 19 de julio, y que también se encuentran bajo arraigo domiciliario, continúan a la espera de que el MPF les notifique si ejercita acción penal en contra de ellos.

La semana pasada, los abogados de Sosa y Camarillo interpusieron amparos en contra de la orden de arraigo, pero un juez federal se los desechó con el argumento de que fueron presentados cuando la medida precautoria ya había sido ejecutada. Por ese motivo, cabe la posibilidad de que el amparo que solicitó la defensa de Castro Vargas pueda ser rechazado bajo el mismo argumento.

Por su parte, la defensa de Pedro Ulises indicó que la PGR sólo le ha dado acceso a parte del expediente, y refirió que ''hasta donde se me permitió ver'', el MPF intenta vincular a su cliente con Ernesto Alberdi Alejalde -uno de los seis ciudadanos de origen vasco detenidos en el Reclusorio Norte con fines de extradición-, debido a que ambos tenían una cuenta bancaria mancomunada que "utilizaban para los depósitos que sus clientes hacían a la empresa que tenían juntos. Eso no es un delito".

Agregó que si la PGR tuviera elementos para ejercitar acción penal contra su cliente y comprobarle que tuvo vínculos con ETA, desde que fue detenido lo hubiera consignado ante un juez federal. "Es claro que no existen elementos para acusarlo, y por ello es injusto el arraigo en su contra", puntualizó.

AMO

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