México D.F. Viernes 1 de agosto de 2003
Interpone defensa de Pedro Ulises Castro Vargas
amparo contra arraigo domiciliario
Desecha perito pruebas contra Llona
Con fotocopias España pretende inculpar al vasco
El juez decimoquinto de distrito en materia penal, Ranulfo
Castillo Mendoza, recibió la notificación de un perito de
la Procuraduría General de la República (PGR), en la que
le informó que no podrá dar un dictamen sobre las fotografías
enviadas por España como prueba para el juicio de extradición
que enfrenta Lorenzo Llona Olalde, ciudadano mexicano de origen vasco que
se encuentra preso en el Reclusorio Sur desde el 26 de abril, debido a
que se trata de fotocopias.
Asimismo, el juzgador dio vista sobre dicha notificación
al Ministerio Público Federal, y le otorgó tres días
hábiles -plazo que inició ayer- para que manifieste lo que
a su derecho corresponda.
Se trata de varias fotografías -una de ellas supuestamente
corresponde a Llona Olalde- que según el gobierno del país
ibérico muestran las imágenes de personas que participaron
en una acción armada ocurrida el 24 de junio de 1981 en el pueblo
guipuzcoano de Tolosa, en la que murieron tres españoles, hechos
en los que estaría involucrado el ahora detenido.
El proceso de extradición se encuentra en la etapa
de desahogo de pruebas, y tanto la defensa como el MPF estaban a la espera
de que el perito de la PGR determinara si efectivamente Llona Olalde era
uno de los que aparecían en dichas fotografías o si se trataba
de alguien con rasgos físicos similares.
Sin embargo, con la decisión del perito de no emitir
un dictamen porque se trata de fotocopias, el juicio se prolongará
aún más, pues habrá que esperar a que el MPF le manifieste
su opinión al juzgador (eso ocurrirá la próxima semana)
y posteriormente la defensa tendrá el mismo derecho.
Aún está pendiente la resolución
del juez sexto de distrito B de amparo en materia penal, Alejandro de Jesús
Baltazar Robles, respecto a si concede o no un amparo a Llona Olalde contra
la petición formal de extradición que solicitó el
gobierno de España a su contraparte mexicana.
No hay elementos: litigante
La defensa de Pedro Ulises Castro Vargas, uno de los tres
mexicanos detenidos por la Procuraduría General de la República
(PGR) debido a sus presuntos vínculos con la organización
vasca ETA, solicitó un amparo contra la orden de arraigo domiciliario
por 90 días que enfrenta desde el 21 de julio, por orden del juzgado
segundo de distrito de procesos penales federales con sede en el Reclusorio
norte, mientras el Ministerio Público Federal (MPF) determina su
situación jurídica.
De esta forma, será el juez sexto de distrito B
de amparo en materia penal, Alejandro de Jesús Baltazar Robles,
quien determinará si concede o no el beneficio a Ulises Castro,
arraigado en una casa de seguridad de la PGR ubicada en el sur de la ciudad
de México.
Entretanto, una fuente del Poder Judicial informó
a La Jornada que los abogados de oficio de los otros dos mexicanos
(María del Pilar Sosa Espinosa y Noé Camarillo Cantú)
que fueron aprehendidos durante el operativo Donostia efectuado
por miembros de la Agencia Federal de Investigación en varios estados
de la República entre los días 18 y 19 de julio, y que también
se encuentran bajo arraigo domiciliario, continúan a la espera de
que el MPF les notifique si ejercita acción penal en contra de ellos.
La semana pasada, los abogados de Sosa y Camarillo interpusieron
amparos en contra de la orden de arraigo, pero un juez federal se los desechó
con el argumento de que fueron presentados cuando la medida precautoria
ya había sido ejecutada. Por ese motivo, cabe la posibilidad de
que el amparo que solicitó la defensa de Castro Vargas pueda ser
rechazado bajo el mismo argumento.
Por su parte, la defensa de Pedro Ulises indicó
que la PGR sólo le ha dado acceso a parte del expediente, y refirió
que ''hasta donde se me permitió ver'', el MPF intenta vincular
a su cliente con Ernesto Alberdi Alejalde -uno de los seis ciudadanos de
origen vasco detenidos en el Reclusorio Norte con fines de extradición-,
debido a que ambos tenían una cuenta bancaria mancomunada que "utilizaban
para los depósitos que sus clientes hacían a la empresa que
tenían juntos. Eso no es un delito".
Agregó que si la PGR tuviera elementos para ejercitar
acción penal contra su cliente y comprobarle que tuvo vínculos
con ETA, desde que fue detenido lo hubiera consignado ante un juez federal.
"Es claro que no existen elementos para acusarlo, y por ello es injusto
el arraigo en su contra", puntualizó.
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