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México D.F. Miércoles 20 de agosto de 2003

El Congreso yucateco invalidó la división de poderes y violó articulo constitucional, aduce

Invalida la SCJN solicitud de sustentar supuestas anomalías de Patrón Laviada

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer la solicitud que el Congreso de Yucatán hizo al Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE) a principios de este año, de que aclarara, sustentara y fundamentara ante la Legislatura local las supuestas violaciones constitucionales en que habría incurrido el gobernador Patricio Patrón Laviada, como señalaron en diciembre de 2002 cinco magistrados locales ante el Senado de la República.

Al resolver por unanimidad de votos la controversia constitucional 2/2003 que presentó el Congreso yucateco el 12 de enero anterior, la SCJN estableció que los diputados locales violaron el principio de división de poderes que consta en el artículo 116 de la Constitución mexicana, al solicitar a los magistrados estatales que explicaran a la Legislatura los motivos en los que se basaron para considerar que el gobernador panista incurrió en irregularidades al haber hecho pronunciamientos sobre el trabajo del Poder Judicial de la entidad, lo cual -según argumentaron en su momento los quejosos- no le competía al Poder Ejecutivo.

El ministro Sergio Aguirre Anguiano precisó en conferencia de prensa que el pleno de la Corte invalidó la solicitud antes mencionada, porque el Congreso local no respetó el principio de división de poderes y violó el artículo 76 de la Constitución federal, cuya fracción sexta señala que "son facultades exclusivas del Senado de la República resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un estado".

Asimismo, agregó que el TSJE solicitó en su momento la intervención del Senado, en busca de conminar al gobernador de Yucatán a abstenerse de realizar declaraciones injuriosas contra el Poder Judicial de la entidad.

"Como poder del estado, en ejercicio de esta atribución, fue ante el Senado y reveló los hechos a que se han hecho referencia, producidos -según su afirmación- por el poder Ejecutivo estatal, para efecto de que resolviera las cuestiones políticas que de ello resultaran y considerando que habría una interferencia indebida (del gobernador) que violaba el principio de separación de poderes", puntualizó.

"Después el poder Legislativo local fue a la fiesta sin estar invitado, y requirió al Poder Judicial que le diera precisiones respecto de sus hechos afirmados ante el Senado". ALFREDO MENDEZ ORTIZ

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