México D.F. Lunes 13 de octubre de 2003
El legislador panista presentó denuncia
ante declaraciones del jefe de Gobierno
Niegan amparo a Diego en su fallido intento de demandar
a López Obrador
Se sintió aludido por referencias a tráfico
de influencias practicado por abogados
Un
juez federal negó el amparo al senador y litigante Diego Fernández
de Cevallos, quien solicitó ese recurso en agosto pasado en contra
de un agente del Ministerio Público capitalino que decidió
no ejercer acción penal por la denuncia que presentó el legislador
en contra del jefe de Gobierno del Distrito Federal, Andrés Manuel
López Obrador, por sus declaraciones sobre tráfico de influencias,
en las que el panista se sintió aludido.
El 23 de abril pasado, el gobernante capitalino declaró
que había abogados que ejercían tráfico de influencias.
El jefe de Gobierno indicó que se trataba de juristas ''vinculados
a partidos'' que litigan en favor de particulares, pero no mencionó
nombres.
Debido a que el senador del blanquiazul se sintió
aludido por esa declaración, interpuso una denuncia de hechos para
que se investigaran las palabras de López Obrador, y además
solicitó se sancionara a quienes hubieran cometido los delitos de
''encubrimiento, difamación y calumnia''. Sin embargo, el agente
del Ministerio Público adscrito a la unidad investigadora B-3, de
la Fiscalía Central de Investigaciones para Servidores Públicos,
dependiente de la Procuraduría General de Justicia del Distrito
Federal, consideró que no había elementos para ejercer acción
penal.
Entonces el litigante panista presentó un juicio
de amparo en contra del Ministerio Público capitalino, con la intención
de revocar la decisión. Este recurso quedó radicado en el
juzgado quinto de distrito de amparo, con el expediente 1437/2003.
El juez de la causa emitió un acuerdo a mediados
de septiembre pasado, en el que notificó a las partes que se denegaba
la protección de la justicia federal, toda vez que, después
de que fueron analizados los informes justificados de la autoridad responsable,
el impartidor de justicia determinó que no hubo inconstitucionalidad
en la decisión del Ministerio Público capitalino respecto
de no ejercer acción penal.
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