México D.F. Martes 21 de octubre de 2003
Justifica en Washington la resolución de la PGJDF
El gobierno insiste: en la muerte de la abogada "no hubo homicidio"
El gobierno de México señaló ayer ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que en el caso de la muerte de la abogada Digna Ochoa y Plácido no hubo homicidio, y que el tema de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez "no puede ser analizado sólo como una deficiencia en la procuración de justicia".
En el contexto del 118 periodo ordinario de sesiones de la CIDH, que se llevó a cabo en Washington, el gobierno mexicano presentó su noveno informe ante el organismo internacional y además expuso un apartado especial sobre Digna Ochoa, en el que reitera que "después del examen científico y técnico de los elementos de la investigación, se demostró que no existe el delito de homicidio".
En este informe se resaltan las conclusiones de la averiguación previa y se destaca que "la resolución fue confirmada el 17 de septiembre por el coordinador de agentes auxiliares del procurador del Distrito Federal", y se centró básicamente en tres líneas de investigación: los militares, el estado de Guerrero, y el entorno social, familiar y personal de la fallecida.
Además, en el noveno informe se habla sobre las mujeres asesinadas en Ciudad Juárez y se establece que para este gobierno "los homicidios no pueden ser analizados solamente como una deficiencia en la procuración de justicia, sino como la convergencia de diversas causas que tienen que ser solucionadas por medio de estrategias integrales, que abarquen todos los ámbitos".
Se reconoce, sin embargo, que de los 326 casos de homicidios de mujeres, casi 100 son resultado de la brutal violencia sexual; que menos de una tercera parte de las investigaciones se han concluido y se ha dictado sentencia a los culpables. En tanto, 13 casos han sido canalizados al tribunal de menores, 114 se encuentran en proceso de investigación, 85 están en etapa de juicio, 12 fueron archivados por muerte del acusado y ocho están en fase de reposición de procedimiento al haber sido otorgadas apelaciones.
En este mismo documento se habla sobre los casos de las desapariciones forzadas durante los años 60, 70 y 80, y el gobierno federal apunta que debido a la necesidad de la reconstrucción histórica de los hechos pasados se justifica la creación de una instancia ministerial federal especializada.
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