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México D.F. Jueves 25 de marzo de 2004

Se reunirá con representantes del IPAB para desahogar éste y otros temas polémicos

Designa el IFAI un comisionado para conocer informes del rescate bancario

Revisará si la información reservada es efectivamente considerada confidencial por la ley

ALONSO URRUTIA

A fin de que el Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) cumpla con sus responsabilidades en materia de transparencia informativa, el Instituto Federal de Acceso a la Información adoptó nuevas medidas y designó al comisionado ponente Horacio Aguilar Alvarez de Alba para que verifique el acatamiento de la resolución que obliga al IPAB a entregar completas las actas de la junta de gobierno, así como el acta de entrega del Fobaproa, como le fue requerido en una solicitud de información.

La determinación fue adoptada por el pleno de comisionados del IFAI, donde se acordó además reunirse las veces que sean necesarias con representantes del IPAB para desahogar este polémico tema y otros.

Como parte de las solicitudes de acceso a la información pública se ha requerido al IPAB la entrega de las citadas actas, pero este organismo ha respondido ofreciendo únicamente la "versión pública" de ellas. Es decir, eliminando toda aquella información que el propio organismo ha considerado que debe ser reservada o confidencial.

Sin embargo, al darle seguimiento a una queja ante el IFAI sobre la respuesta incompleta de información, este organismo ordenó al IPAB hacer pública toda la información relacionada con la petición y no solamente ofrecer una versión pública del contenido de las actas.

Por ello, ahora el IFAI ha determinado revisar puntualmente el contenido de las respuesta a la solicitud de información con el objetivo de verificar si efectivamente el IPAB sólo reservó aquella información que, conforme a la Ley federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, está considerada reservada o confidencial.

En principio, la respuesta que dio el IPAB a la información sobre las actas que han generado el diferendo no incluye 47 informaciones que fueron consideradas por el organismo reservadas o confidenciales. Entre ellos, los nombres de los funcionarios del Fobaproa.

Al dar a conocer la nueva estrategia para garantizar el cumplimiento de esta obligación, el IFAI recordó que conforme al artículo 17 de la Ley Federal de Transparencia, en todo momento los comisionados del mismo tendrán acceso a la información reservada o confidencial para determinar si la clasificación que dio la autoridad a la que se pidió la información efectivamente corresponde a los criterios que al respecto contiene la ley.

Asimismo, recuerda que el artículo 56 de la misma ley lo faculta para revocar o modificar las decisiones de las dependencias o entidades federales, además de hacer del conocimiento del órgano interno de control de éstas la posibilidad de que algún servidor público pudiera haber incurrido en responsabilidad al negar la información y determinar, en su caso, el procedimiento que corresponda.

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