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México D.F. Viernes 2 de abril de 2004
ECONOMIA MORAL
Julio Boltvinik
La economía moral es convocada a existir como
resistencia a la economía del "libre mercado": el alza del precio
del pan puede equilibrar la oferta y la demanda de pan, pero no resuelve
el hambre de la gente
Federalismo concentrador
Las participaciones agudizan desigualdades
Las aportaciones no las compensan
AUNQUE EL TEMA de las relaciones intergubernamentales
ocupa sólo una de las mesas de la Convención Nacional Hacendaria
(CNH), en realidad, puesto que ésta fue impulsada sobre todo por
los gobiernos de las entidades federativas, su objetivo central gira alrededor
de la distribución de atribuciones fiscales, de recaudación
y gasto, y de las responsabilidades asociadas, entre los tres niveles de
gobierno. Una parte importante de esta distribución está
normada en la Ley de Coordinación Fiscal (LCF). En las últimas
semanas he dedicado esta columna al análisis del capítulo
quinto de esta ley, el cual norma las aportaciones federales, que son recursos
de uso condicionado (para propósitos específicos) que la
Federación otorga a entidades federativas y municipios, y que se
derivó de la descentralización de programas federales.
LA CONCLUSION CENTRAL a la que he llegado es que
reina un caos, una enorme desigualdad inexplicable (que en los extremos
llega a ser de tres a uno), en la distribución de los fondos de
educación básica y normal (FAEB) y de servicios de salud
(FASSA), que representan las tres cuartas partes de dichas aportaciones,
por cada persona a la que van dirigidos estos dos fondos (véase
Economía Moral, 26/03/04). La desigualdad reinante entre entidades
federativas se debe a la ausencia, en la LCF, de normas compensatorias
o bien a su no aplicación.
CONVIENE AMPLIAR LA mirada. Las haciendas de las
entidades federativas y municipios se componen básicamente de: participaciones
en impuestos federales (ingresos de uso libre); aportaciones federales
(ingresos de uso condicionado o etiquetado); e ingresos de fuentes fiscales
propias (de uso libre). Las reglas para la distribución de las participaciones
y de las aportaciones se encuentran en los capítulos primero y quinto
de la LCF respectivamente. Hoy examino la distribución entre entidades
federativas de los ingresos totales (incluidos los municipales) divididos
en estos tres conceptos.
LAS PARTICIPACIONES FEDERALES, por su parte, se
asignan, según los artículos segundo y tercero de la LCF
con los siguientes criterios: 1) Proporción de la población
nacional que habita en la entidad federativa. Un criterio igualitario puro,
pero sin elemento compensatorio para los estados peor situados. Con este
criterio se distribuye 45.17 por ciento del Fondo General de Participaciones
(FGP), que se constituye con 20 por ciento de la recaudación federal
participable (más uno por ciento para municipios), que se conforma
con la recaudación del impuesto sobre la renta (ISR), el IVA y con
los derechos de extracción de petróleo y los derechos de
minería. 2) Lo que la ley llama el coeficiente de participación
y que se determina con base en el coeficiente del año previo y el
crecimiento observado entre los dos pasados años en los montos de
impuestos asignables. Un criterio de carácter resarcitorio
que asigna más a las entidades con mayor actividad económica
(de la que depende la recaudación de los impuestos asignables) y
mayor dinamismo. Pero, como puede apreciarse con los datos que se analizan
en el cuadro, al basarse en el coeficiente del año previo, la fórmula
arrastra un elemento inercial muy pesado que puede explicar la situación
privilegiada de Tabasco. Con este criterio se asigna también 45.17
por ciento del FGP. 3) Por último, un criterio de corrección
de las distorsiones resultantes del criterio previo, por el cual los recursos
restantes, sólo 9.66 por ciento, se distribuyen de manera inversa
al resultado en términos de participaciones por habitante resultantes
de los dos criterios anteriores. Con éste se intenta paliar los
efectos concentradores del criterio anterior, pero como el porcentaje es
muy pequeño no se logra un efecto significativo.
EL CUADRO QUE hoy se incluye presenta los datos
finales disponibles más recientes sobre los ingresos fiscales de
las entidades federativas, correspondientes a 2001. Se muestran los ingresos
fiscales propios de municipios, de gobiernos de las entidades federativas
y los dos tipos de ingresos federales que reciben: las participaciones
y las aportaciones. Los datos se expresan en pesos por habitante. La lectura
del cuadro muestra varias cuestiones.
EN PRIMER LUGAR, nótese que para la inmensa
mayoría de las entidades federativas el concepto de ingreso más
importante es el de aportaciones, seguido por el de participaciones y,
en tercer lugar, con niveles en algunos casos mucho más bajos (como
en Chiapas y Puebla), el de ingresos propios. (En el cuadro se presentan
desglosados los ingresos de los estados, de los municipios y su suma se
denomina ingresos locales). El total nacional muestra que, en promedio,
la importancia de las tres fuentes es la misma: las aportaciones federales
representaban en 2001 poco menos de 2 mil 500 pesos, las participaciones
poco más de 2 mil y los recursos propios casi mil 600 pesos. Las
excepciones son Tabasco, donde las participaciones son mucho más
altas que las aportaciones; Quintana Roo y Tamaulipas donde los ingresos
locales son iguales a las participaciones, situadas ambas por debajo de
las aportaciones; Sonora, donde participaciones y aportaciones son iguales;
Nuevo León, donde los tres rubros son muy similares; Chihuahua,
donde los ingresos propios son mayores que las participaciones y muy cercanos
a las aportaciones, y Distrito Federal, donde las aportaciones son insignificantes,
mientras las participaciones y los recursos propios son muy semejantes.
EN SEGUNDO LUGAR, nótese que los ingresos
municipales son, en el promedio nacional, casi el doble que los ingresos
estatales y que hay un rango muy amplio de variación de la suma
de ingresos locales (5.5 a uno) desde 528 pesos por persona en Chiapas,
746 en Puebla y 889 en Yucatán, hasta 2 mil 517 en Campeche, 2 mil
579 en Baja California Sur y 2 mil 928 en el DF.
EN TERCER LUGAR, las participaciones federales
tienen también un amplio rango de variación (3.7 a uno),
desde tres estados con menos de mil 500 pesos por persona (Guerrero, Michoacán
y Oaxaca, hasta Tabasco, que se sitúa, solitario, con poco más
de 5 mil pesos (seguido muy de lejos por Campeche y Baja California Sur,
con poco más de 3 mil pesos).
EN CUARTO LUGAR, el total de las aportaciones federales
(en los siete fondos existentes) van desde 693 pesos en el DF; mil 713,
en el estado de México, y mil 966, en Guanajuato, hasta 3 mil 999,
en Nayarit, 4 mil 516, en Campeche, y 4 mil 784 pesos, en Baja California
Sur. Entre los extremos, una variación de 6.9 a uno, si se incluye
el DF, y de 2.9 a uno si no se incluye. Las aportaciones federales que
recibe el DF son excepcionalmente bajas por dos razones (aunque puede haber
otras): la educación básica no ha sido descentralizada (sigue
siendo federal) y el DF fue excluido del FAIS (Fondo de Aportaciones para
la Infraestructura Social), como un acto político en contra del
partido político que lo gobierna desde 1997.
ESTA CLARO QUE las tres fuentes de ingresos están
muy desigualmente distribuidas y que ninguna de las dos fuentes federales
desempeña un efecto compensatorio de los niveles de desarrollo desigual
que sufren algunas entidades federativas del centro y sur del país
(y que se reflejan en los niveles de recaudación fiscal local).
Un ejercicio estadístico muy sencillo muestra que los ingresos locales
y las participaciones federales están asociados de manera positiva
(aunque con una correlación baja); es decir, que las entidades con
mayores ingresos locales tienden a recibir también mayores participaciones
federales. Esto se explica porque el segundo término de la fórmula
de distribución de las aportaciones está asociado, como dijimos,
a un factor inercial y a un factor de dinámica económica,
favoreciendo con ello a las entidades mejor situadas y a las que tienen
crecimientos más rápidos.
EN CAMBIO, AL analizar las relaciones entre ingresos
locales con aportaciones federales no parece haber ninguna asociación.
Si las aportaciones desempeñaran una función compensadora
de los bajos niveles recaudatorios, debería haber una asociación
negativa sistemática; es decir, que las entidades con menores recaudaciones
fiscales recibiesen mayores aportaciones federales, lo cual no ocurre.
SE FORTALECE CON ello la conclusión, que
he obtenido en entregas anteriores, de que es necesario introducir elementos
compensatorios en las fórmulas de distribución de las aportaciones
federales. Además, resalta claramente que las participaciones federales
están diseñadas más para recompensar a las entidades
que generan más impuestos federales que para compensar atrasos y
carencias. Un federalismo concentrador que hay que poner en duda y reformar.
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