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México D.F. Miércoles 14 de abril de 2004

Determinación de la SCJN

La SRE, obligada a exigir que EU no ejecute a extraditables

GUSTAVO CASTILLO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Secretaría de Relaciones Exteriores está obligada a requerir al gobierno de Estados Unidos el compromiso de no aplicar cadena perpetua ni pena de muerte a los mexicanos que sean solicitados en extradición.

Si este requisito no se cumple ante jueces mexicanos, en caso de que el extraditable no tenga ninguna otra acusación, mediante un juicio de amparo podrá obtener su libertad hasta en tanto se subsane esa deficiencia jurídica.

La anterior jurisprudencia quedó firme ayer, luego de que por unanimidad los ministros resolvieran la contradicción de tesis número 17/2000, en la que se determinó otorgar un amparo "para efectos", es decir, que no invalida el proceso de extradición, pero que obligará a que en todo juicio de extradición de mexicanos a Estados Unidos ese país se comprometa a no dictarles sentencia de prisión vitalicia o pena de muerte.

Con esta resolución el efecto jurídico que causa se refiere a que cuando la cancillería mexicana omita indicar al juez el compromiso del gobierno solicitante, el extraditable tendrá derecho a que se le reponga el procedimiento, y mientras tanto gozará de su libertad si no tiene ningún otro juicio en desahogo.

Una vez subsanada la deficiencia jurídica, el juez del caso podrá ordenar la detención definitiva de la persona reclamada.

Esta decisión se tomó por considerar que si la cancillería mexicana no requiere a Estados Unidos ese compromiso, estaría violando la fracción quinta del artículo 10 de la Ley de Extradición Internacional.

Con esta resolución, narcotraficantes como Miguel Angel Caro Quintero, Francisco Arellano Félix y otros que son reclamados por el gobierno estadunidense se verán beneficiados si son extraditados, pues no procederá su entrega si las autoridades de aquel país los pueden a condenar a prisión vitalicia o a pena de muerte.

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