México D.F. Domingo 11 de julio de 2004
Secreto fiduciario, el pretexto; hasta marzo
de 2004 se habían constituido 156
Impide el gobierno a la Auditoría Superior revisar
fideicomisos federales
Incierto, el destino y manejo de recursos que ascienden
a 255 mil 442 millones de pesos
ROBERTO GARDUÑO
El Informe de Finanzas Públicas, al mes de marzo
de 2004, y la Cuenta Pública del 2002 revelan que el gobierno federal
ha constituido 156 fideicomisos de diversa naturaleza, donde se involucran
recursos del erario por 55 mil 442 millones de pesos.
Sumados a ese monto se hallan los 200 mil millones destinados
por el gobierno a los dos fideicomisos que poseen estructura: FARAC (Fideicomiso
de Administración del Rescate de Autopistas de Cuota) e Isosa (Integradora
de Servicios Operativos).
En ambos casos, las autoridades han impedido, cobijándose
en el secreto fiduciario, que se conozca el manejo y destino de los recursos.
De tal forma, la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados,
y su órgano de fiscalización, la Auditoría Superior
de la Federación (ASF), están imposibilitadas para revisar
la transparencia en los fideicomisos gubernamentales.
La administración federal ha clasificado los fideicomisos
en cuatro grandes sectores. Uno es el referente al ámbito laboral
y las pensiones, los cuales en su mayoría manejan fondos de ahorro
y prestaciones para funcionarios de entidades desconcentradas, como la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNVB) y el Fondo de Cultura
Económica (FCE), o bien de control directo presupuestario, como
Petróleos Mexicanos (Pemex); su monto, en conjunto, asciende a 18
mil 313 millones de pesos.
Financiamiento rural y protección civil
Están
también los relativos al financiamiento rural y protección
civil, como el fideicomiso de Financiera Rural y el Fondo Nacional de Desastres
Naturales (Fonden), que involucran recursos por 13 mil 722 millones de
pesos. Luego vienen los de infraestructura, donde destacan algunas concesiones
de tramos carreteros, como el que va a Cancún, así como el
proyecto E-México, que involucran recursos por 4 mil 281 millones
de pesos.
En un cuarto sector están los denominados como
''otros'', donde se encuentra el Fondo de Estabilización de los
Precios del Petróleo, el de Apoyo a Ahorradores Defraudados de Cajas
de Ahorro, el de Modernización Aduanera, que tiene que ver con Isosa;
uno relativo a financiamientos externos, a cargo de Bancomext, o como el
de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para adquirir equipo
militar o bien el de Transforma México, de la Lotería Nacional.
Este grupo involucra recursos por 19 mil 125 millones de pesos.
En momentos de la intensa discusión en torno a
los fideicomisos es preciso señalar que éstos son contratos
mercantiles por los cuales una persona, que se denominará fideicomitente,
entrega bienes o derechos a otra, que se denominará fiduciaria,
para que ésta los administre y realice con ellos el cumplimiento
de finalidades lícitas, determinadas y posibles. Una vez que éstos
sean cumplidos deberá destinar los bienes, derechos y provechos
aportados y los que se hayan generado a favor de otra persona, que se denomina
fideicomisario, que puede ser el propio fideicomitente.
El fiduciario es la institución financiera (de
crédito, de seguros, de fianzas, casas de bolsa, sociedades financieras
de objeto limitado, Almacenes Generales de Depósito o Patronato
del Ahorro Nacional) a la que se le transmite la titularidad sobre ciertos
bienes con la limitación, de carácter obligatorio, de realizar
sólo aquellos actos exigidos para el cumplimiento del fin para el
cual se destinan.
El fideicomitente es la persona que dentro de un contrato
de fideicomiso destina o afecta ciertos bienes a un fin lícito y
determinado, y el fideicomisario es aquella persona física o moral
capacitada legalmente para recibir el beneficio de un fideicomiso.
Derecho de Trámite Aduanero (SAT-ISOSA-NAFIN)
El Derecho de Trámite Aduanero (DTA) es el cobro
que se hace por los servicios que presta el Estado en su función
de derecho público y que se ampara con pedimentos aduanales por
las operaciones de importación y exportación. La Secretaría
de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Sistema de Administración
Tributaria (SAT) vienen utilizando un mecanismo para la administración
de los DAT, que a través del uso de un fideicomiso permite que los
recursos captados por los DTA sean canalizados directamente a éste
y sean pagados a las empresas que prestan diversos servicios, sin ingresarlos
a la Tesorería de la Federación (Tesofe).
En mayo de 1993, la SHCP constituyó en Nacional
Financiera (Nafin) el fideicomiso 954-8, conocido como Aduanas-1, con una
aportación inicial instruida por 200 millones de pesos. En junio
del mismo año, el fideicomiso constituyó la empresa Isosa,
para realizar los servicios de procesamiento electrónico de datos
de la SHCP y del SAT.
Cabe destacar que ley aduanera no prevé la figura
de fideicomisos para prestar servicios de procesamiento electrónico
de datos y apoyo aduanero. De acuerdo con el análisis realizado
por la ASF, los DTA, ingresos públicos que forman parte de la recaudación,
en el año 2002 totalizaron 2 mil 806 millones de pesos y únicamente
se enteraron a la Tesofe 803 millones.
Ni el SAT ni la SHCP proporcionaron información
a la ASF, manifestando que Isosa es una empresa privada; no obstante, Nafin
posee 99 por ciento de las acciones de Isosa, lo que hace que ésta
tenga características de empresa pública.
A su vez, Nafin no proporcionó información
sobre el fideicomiso Aduanas-1, argumentando que se violaría el
secreto fiduciario. Como resultado, la ASF emitió observación
al órgano interno de control (OIC) del SAT, que opinó en
el sentido de que no puede iniciar proceso de responsabilidades a servidores
públicos, ya que carece de elementos que le permitan opinar sobre
la falta de entero de los recursos a la Tesofe. De las revisiones de la
ASF, se formularon 13 observaciones, de las que se generaron 36 acciones;
de éstas, 24 son recomendaciones, 11 solicitudes de intervención
del OIC y un pliego de observaciones. El probable efecto económico
de lo anterior asciende a 2 mil 002.5 millones de pesos.
Rescate carretero (Banobras-FARAC)
Durante la construcción de diversas autopistas
de cuota, los concesionarios de ellas enfrentaron importantes incrementos
en los costos de construcción que se combinaron con las sobrestimaciones
de aforo vehicular que habían proyectado inicialmente, dando como
consecuencia problemas en la operación, mantenimiento y amortización
en los créditos contratados con la banca.
Por tal razón, el gobierno federal decretó
el 27 de agosto de 1997 el rescate de las carreteras concesionadas, mediante
la entrega de Pagarés de Indemnización de Carreteras (PICS)
y de la asunción de una deuda de los concesionarios por 58 mil 123
millones de pesos.
El instrumento para llevar a cabo el rescate fue la constitución
de un fideicomiso en Banobras denominado FARAC, donde la institución
actúa como fideicomitente y fiduciario. Entre 1997 y 2002, el FARAC
emitió PICS y asumió pasivos bancarios avalados por el gobierno
federal, que a diciembre de 2002 sumaban 143 mil 442 millones de pesos,
los cuales no fueron revelados en la Cuenta Pública 2002.
Por instrucciones de la Secretaría de Comunicaciones
y Transportes (SCT) el FARAC liquidó extemporáneamente en
2002, aprovechamientos al gobierno federal como contraprestación
por la concesión carretera México- Cuernavaca por 852 millones
de pesos, más 501 millones producto de actualizaciones y recargos.
Buenos deseos
De tal forma, FARAC viene registrando sus operaciones
bajo criterios que no se apegan a los principios básicos de contabilidad
gubernamental, según las revisiones de la ASF, de las que se desprenden
las siguientes recomendaciones:
Que la SHCP revele en la Cuenta Pública los avales
del gobierno federal por el rescate carretero, cuyo monto es de 143 mil
442 millones de pesos. Una solicitud de intervención de la SCT para
que inicie un procedimiento administrativo, a los servidores públicos
que ordenaron en forma extemporánea el pago a la Tesorería
por 501 millones de pesos.
Cuatro recomendaciones al FARAC para que su comité
técnico sancione y emita bases contables adecuadas de registro y
se realicen las correcciones a los registros contables por las operaciones
del fideicomiso.
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