México D.F. Jueves 22 de julio de 2004
Legisladores del PRD exigen a Derbez actuar
con pleno apego a la ley
Ordenan a la SRE informar si dispuso detener a vascos
para su extradición
Se ha actuado de manera ilegal, según Bárbara
Zamora
ALFREDO MENDEZ ORTIZ
El juzgado sexto de distrito B de amparo en materia penal
ordenó a Luis Ernesto Derbez, titular de la Secretaría de
Relaciones Exteriores (SRE), que en un plazo de 24 horas -que vence este
jueves- informe al órgano jurisdiccional si es verdad que, como
refirieron en su demanda de garantías los seis ciudadanos vascos
presos en el Reclusorio Norte, con fines de extradición a España,
están detenidos por orden expresa de la cancillería.
Según consta en un acuerdo judicial publicado ayer
en la lista de resoluciones del juzgado sexto, en caso de que Derbez no
acate la determinación de la juez Josefina del Carmen Mora Dorantes,
se hará acreedor a una multa, cuyo monto sería fijado por
la representante del Poder Judicial federal.
Para la abogada de los vascos, Bárbara Zamora,
el acuerdo de la juzgadora es importante, pues ahora el canciller mexicano
tendría que reconocer que los reclamados en extradición "están
detenidos de manera irregular, porque la Constitución no otorga
facultades a Relaciones Exteriores para mantener privada de la libertad
a ninguna persona, debido a que es una instancia administrativa".
Según fuentes judiciales consultadas, en caso de
que la SRE informe a la juez Mora Dorantes que los vascos sí están
a disposición de la dependencia, los quejosos podrían obtener
una suspensión definitiva -la semana pasada se les concedió
la provisional-, la cual les garantizaría quedar en manos de la
impartidora de justicia hasta que concluya el análisis "de fondo"
de la demanda de amparo.
De ocurrir esto, la juez podría decretar la libertad
inmediata de los quejosos, si así lo considerara necesario, aunque
el juicio de extradición que enfrentan seguiría su curso
normal, es decir, la SRE continuaría analizando el asunto. La única
diferencia es que mientras la cancillería tomara su decisión,
los reclamados ya estarían en libertad, en caso de que así
lo determinara la juzgadora.
El acuerdo de la juez Mora Dorantes (fechado el 21 de
julio de 2004) establece: "se requiere al titular de la SRE para que, en
el término de 24 horas, informe si los quejosos (vascos) se encuentran
a su disposición en el interior del Reclusorio Norte (...) apercibido
de que de no hacerlo se le impondrá una multa".
Como se recordará, la abogada de Félix Salustiano
García, María Asunción Gorrochategui, Ricardo Ernesto
Sáenz García, Luis Castañeda Vallejo, Asier Arronategui
Duralde y Juan Carlos Artola Díaz presentó, el pasado 9 de
julio, una demanda de garantías contra la SRE, por considerar que
esa dependencia incurre en el delito de privación ilegal de la libertad,
pues no tiene facultades jurídicas para mantener en prisión
a sus clientes.
El concepto de violación relativo a la demanda
de amparo refiere que es inconstitucional el artículo 29 del acuerdo
de extradición firmado entre México y España, el cual
señala que cualquier persona reclamada quedará a disposición
(en el caso de los vascos) de la SRE, pero permanecerá en un centro
penitenciario.
Sin embargo, el argumento de la abogada Bárbara
Zamora, defensora de los seis vascos, es que de acuerdo con el artículo
16 constitucional, la SRE no tiene facultades para privar de su libertad
a los quejosos, ya que el único que puede hacerlo es un juez de
distrito.
Demandan que se haga valer el derecho a la presunción
de inocencia
ANDREA BECERRIL Y VICTOR BALLINAS
Las fracciones del PRD en las cámaras de Diputados
y Senadores demandaron al secretario de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto
Derbez, actuar con pleno apego a la ley y a los convenios internacionales
en el proceso de extradición que se sigue a seis ciudadanos vascos,
cuyos derechos humanos se han violentado y, en general, fueron sometidos
a un proceso irregular que comenzó con una detención ilegal.
En nombre de los legisladores perredistas, el diputado
Gilberto Ensástiga demandó al canciller que se haga "plenamente
efectivo" el derecho a la presunción de inocencia de los ciudadanos
vascos detenidos desde julio de 2003 en el Reclusorio Norte.
Advirtió que la Secretaría de Relaciones
Exteriores (SRE) debe considerar en su decisión final que el artículo
15 constitucional prohíbe la celebración de tratados que
violenten las garantías individuales. Informes de la Organización
de las Naciones Unidas y de instituciones como el Comité Europeo
para la Prevención de la Tortura, así como de entidades como
Amnistía Internacional, han documentado el maltrato y la vejación
de vascos una vez que son extraditados.
"El Estado mexicano no puede avalar la política
que pretende estigmatizar a miembros de determinado grupo étnico
o cultural como sinónimo de terroristas", recalcó el diputado
Ensástiga, quien estaba listo para llevar a la tribuna de la Comisión
Permanente la propuesta, pero no hubo tiempo, dado lo abultado de la agenda.
De todas formas, comentó, el PRD seguirá
con las gestiones en favor de los vascos y tratará el tema en la
próxima sesión de la Permanente, en la cual deberá
ser uno de los primeros puntos a discutir, dado que quedó pendiente.
Eso le dará tiempo, agregó, para cabildear con las demás
fuerzas políticas, con el propósito de que se discuta y apruebe,
pues está por vencer el plazo para que se decida la suerte de los
seis vascos que están encarcelados en el Reclusorio Norte.
La propuesta de punto de acuerdo se publicó ayer
en la Gaceta Parlamentaria. En el mismo, los perredistas resaltan
que Juan Carlos Artola Díaz, Asunción Gorrochategi, José
María Urquijo, Ricardo Ernesto Sáenz García, Félix
Salustiano García Rivera y Asier Arronategi -este último
naturalizado mexicano- radican desde hace décadas en el país
y se han insertado en la vida productiva nacional.
Sin embargo, están sujetos a un proceso que se
sustenta en el segundo protocolo por el que se modifica el Tratado de Extradición
y Asistencia Mutua en Materia Penal entre México y España,
que entró en vigor a partir de abril de 2001, por el cual se hace
nugatorio el derecho de defensa de las personas sujetas a extradición,
al impedirles ofrecer pruebas que puedan desvirtuar la solicitud en su
contra.
Ello, precisó el diputado Ensástiga, contraviene
lo establecido en el protocolo original de 1978, cuyo artículo 4
precisa que no se pueden conceder extradiciones si la parte requerida tiene
fundados motivos para suponer que la solicitud correspondiente ha sido
formulada para perseguir o castigar a un individuo por causa de su raza,
religión, nacionalidad u opinión política.
El legislador perredista insistió: la cancillería
debe tomar muy en cuenta esas violaciones a los derechos humanos de los
seis ciudadanos vascos, además de analizar lo publicado en medios
de comunicación, en especial por La Jornada, acerca de que
fueron detenidos a petición de la embajada española en México
sin que existiera un mandamiento formal de un juez español, lo que
implicaría una detención ilegal y la consiguiente nulidad
del proceso al que se hallan sujetos.
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