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México D.F. Domingo 1 de agosto de 2004
Marcos Roitman Rosenmann
Referéndum y democracia en Venezuela
La República Bolivariana de Venezuela desarrolla una práctica democrática que revoluciona la acción de gobierno y representa un aporte para el acervo de la ciencia política contemporánea. En el capítulo IV: de los derechos políticos y del referendo popular, sección segunda, artículo 72, de su Constitución, incorpora la figura del referéndum revocatorio, procedimiento para enjuiciar la calidad y transparencia del legislador en el ejercicio del cargo público. Todo nombramiento y magistratura de elección popular es revocable, desde el presidente, pasando por los diputados, alcaldes y gobernadores. Los requisitos para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía son de orden técnico, un número no menor de 20 por ciento de los electores de la circunscripción y haber transcurrido la mitad del periodo para el cual fue elegido. El 15 de agosto de 2004 y después de cumplir ambas condiciones, se pondrá en manos del elector venezolano la posibilidad de mantener o revocar a su presidente constitucional, Hugo Chávez. Sin embargo, lo que no previó el legislador cuando redactó la ley fue la posibilidad de un uso bastardo con objetivos políticos que sobrepasan el espíritu del derecho constitucional. Una oposición despechada, que arrastra consigo un proceso de degradación continua de sus dirigentes con 40 años en el ejercicio del poder, donde la democracia entró en estado de coma profundo, intenta recuperar su estatus de gobierno. En un esfuerzo desesperado por revertir la situación y tras el fracaso del golpe de Estado en abril de 2001 va hacer uso del referéndum revocatorio previsto en el ordenamiento constitucional vigente. Un derecho que negó siempre durante sus mandatos ante el peligro que significaba su reconocimiento. Por el contrario, un gobierno tachado por ellos mismos de antidemocrático les brinda la posibilidad de revocarlo y constituir un nuevo gobierno. Una falacia que sólo ellos pueden aclarar. Lamentablemente, su objetivo es frenar las profundas reformas de contenido social y popular realizadas en estos años de gobierno democrático.
Nunca los referéndum fueron considerados un procedimiento para revocar gobiernos legítimos. En las llamadas democracias occidentales esta potestad se presenta con el nombre de moción de censura y su uso se reserva al Poder Legislativo. Dos ejemplos: España y Chile. En el primero se ha utilizado en casi todas sus legislaturas desde 1978. La falta de votos -es necesario contar con un mínimo de dos tercios de la cámara- trasforma la moción de censura en un arma de presión propagandística. En Chile, durante el gobierno de la Unidad Popular 1970-1973, la democracia cristiana, el Partido Nacional y sus aliados menores, buscaron en las elecciones generales del 4 de marzo de 1973 una mayoría absoluta de dos tercios en el parlamento para lograr la destitución del presidente Salvador Allende. Su derrota frustró sus planes, arrastrándolos a la estrategia golpista.
Los referéndum, hasta el día de hoy, se han concebido para cumplir funciones legitimadoras del orden constitucional. Un recurso en la promulgación o rechazo de leyes conflictivas, como puede ser el divorcio, la eutanasia o el aborto. En otros casos, como en Uruguay, en abril de 1989, sirve para solicitar al soberano se pronuncie sobre la conveniencia de juzgar a los responsables de las torturas, muertes y desaparecidos durante los gobiernos militares. Sorprende que 55 por ciento considerara innecesario juzgar crímenes de lesa humanidad favoreciendo la doctrina de la impunidad. Pero también existen otras razones para apelar a su convocatoria. En procesos de transición política se puede refrendar la forma de Estado: monarquía o república, o se puede pedir la opinión de la ciudadanía para tomar decisiones en política exterior. En la Europa comunitaria el proyecto de constitución deberá ser aprobado en cada país por medio de referéndum. España, en 1986, refrendó su incorporación a la Organización del Tratado del Atlántico Norte. Tampoco faltan quienes utilizan su existencia para obtener legitimidad en caso de debilidad gubernamental; el presidente boliviano Carlos Meza así interpretó su convocatoria para preguntar sobre la nacionalización del gas y su exportación a Chile, por ejemplo. En tiranías también es un recurso no despreciado. Franco o Pinochet. En cualquier caso, se trate de gobiernos legítimos o de facto, los referéndum son un acto plebiscitario donde se puede decidir la revocación de cargo público electo. El plebiscito es un acto constituyente de democracia directa, y su práctica no se incorpora al ordenamiento constitucional. Convocar un plebiscito puede desbloquear conflictos donde existe una pugna irresoluble entre poderes, sea el Ejecutivo y Legislativo o éste y el Judicial. Siguiendo con los ejemplos, recordemos que Salvador Allende en Chile, el mismo día 11 de septiembre de 1973, fecha del golpe de Estado, tenía previsto anunciar un plebiscito sobre su política económica, con el propósito de romper el boicot parlamentario que hacía imposible la acción gubernamental.
Los referéndum tienen una clara tipología jurídica, pueden ser constituyentes, legislativos o servir para validar una nueva carta magna. Su práctica ha sido muy limitada y no constituye, a pesar de sus posibilidades, un pilar recurrente en gobiernos considerados democráticos. Consultas periódicas acerca de ir o no a la guerra o sobre los derechos sociales y las privatizaciones de las empresas públicas darían más estabilidad y credibilidad a la acción política de gobernabilidad. Sin embargo, considerado una técnica decisional, pierde fuerza y reduce su potencial democrático.
Hoy, en la República Bolivariana de Venezuela, por primera vez en América Latina y en la Europa de la Unión, un ordenamiento constitucional permite al soberano recurrir a un referéndum revocatorio. Ya no se trata de cambiar la política de un gobierno. El referéndum adquiere un carácter plebiscitario en tanto la oposición busca construir una nueva mayoría política si consigue destituir al presidente. Un ardid para cambiar la Constitución y retrotraer al país a los tiempos del bipartidismo, donde coexistían amablemente la derecha social-cristiana y la socialdemocracia. Por exigencias del guión se maquillará, si logra su objetivo, con toques de progresismo y se acompañarán de una nueva izquierda domesticada y servil. Todo con tal de eliminar al movimiento popular y el gobierno de Hugo Chávez Frías. El dilema de la oposición es claro. Apostó por el referéndum. Pero su derrota es una posibilidad. Mientras el gobierno de Hugo Chávez contempla el ser destituido, sus enemigos no. ƑSerá capaz la oposición de asumir su derrota o se retrotraerá a las prácticas de sedición y golpismo ya utilizadas en abril de 2002?
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