México D.F. Domingo 1 de agosto de 2004
Anuncia Alejandro Encinas operativos
contra franeleros y limpiaparabrisas
A partir de hoy, la SSP hará valer la Ley de
Cultura Cívica
Niega el secretario de Gobierno que las nuevas disposiciones
signifiquen cero tolerancia
Policías preventivos podrán detener a
infractores y remitirlos a juzgados cívicos
ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ
Este domingo entrará en vigor la Ley de Cultura
Cívica, una vez aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal (ALDF).
Dentro de su aplicación, la Secretaría de
Seguridad Pública (SSP) capitalina realizará operativos
contra los llamados franeleros y limpiaparabrisas, en los puntos
de la ciudad donde hay denuncias y quejas de automovilistas por agresiones
de esas personas. Anunció lo anterior el secretario de Gobierno
del Distrito Federal, Alejandro Encinas Rodríguez, quien rechazó
que el nuevo ordenamiento -conocido como ley Marcelo, por haber
sido promovido por el titular de la SSP, Marcelo Ebrard- sea una "ley de
cero tolerancia".
Sin
dar detalles sobre los sitios donde se realizarán dichos operativos,
así como la forma como se desarrollarán éstos, el
funcionario aclaró que la autoridad no ha dejado de actuar contra
las personas que realizan esas actividades y agreden a los automovilistas
o dañan sus vehículos, pero con la nueva Ley de Cultura Cívica
se fortalecerán las acciones contra esos abusos.
La ley establece en uno de sus capítulos que corresponde
a la SSP prevenir la comisión de infracciones, preservar la seguridad
ciudadana, el orden público y la tranquilidad de las personas. Confiere
a los efectivos policiacos la atribución de detener y presentar
ante un juez cívico a los infractores que sean detenidos al presenciar
los uniformados la falta, o inmediatamente después de que se haya
cometido y sean informados por terceros, o encuentren al presunto responsable
"en poder del objeto, huellas o indicios que hagan presumir su participación
en la infracción" .
En representación del jefe de Gobierno capitalino,
Andrés Manuel López Obrador, quien tomó el día
para atender asuntos personales, Encinas Rodríguez, en la conferencia
de prensa matutina aseguró que los juzgados cívicos están
preparados para recibir a las personas que cometan alguna falta establecida
en la nueva legislación.
"Esperemos que más que una acción punitiva
la ley nos ayude a mejorar las relaciones de convivencia en el Distrito
Federal y a mejorar la cultura cívica de quienes habitamos la ciudad",
señaló.
El ordenamiento, en su capítulo de infracciones
y sanciones, divide las faltas administrativas en tres apartados: contra
la dignidad de las personas; contra la tranquilidad de las personas y contra
la seguridad ciudadana, así como una sección de infracciones
contra el entorno urbano de la ciudad de México.
El segundo apartado, correspondiente al artículo
24 de la ley, contiene la nueva disposición contra franeleros,
limpiaparabrisas y otras actividades que se realicen en la vía pública.
Prohíbe "prestar un servicio sin que sea solicitado y coaccionar
de cualquier manera a quien lo reciba para obtener un pago por el mismo".
En este caso, la detención del infractor sólo procederá
por queja previa.
Prohibido bloquear la vía pública
En el artículo 24, una de sus fracciones prohíbe
"impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública,
la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre
que no exista permiso ni causa justificada para ello. Para estos efectos
se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción
del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito
o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya
en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación
de las ideas, de asociación o de reunión pacífica".
En el primer caso, la sanción prevista es de uno a 10 salarios mínimos,
y en el segundo caso de 11 a 20 minisalarios.
Por otra parte, Encinas informo que en la reunión
que sostuvo ayer con los dirigentes locales de cinco partidos políticos
se acordó tener como agenda básica el documento que suscribieron
de manera consensuada el pasado 8 de julio. Destacó además
las reformas que aprobó el viernes la ALDF, particularmente la que
endurece las penas contra el llamado secuestro exprés y la
Ley contra la Delincuencia Organizada, pero lamentó que se haya
pospuesto la discusión sobre la ley que regula a las empresas de
seguridad privada.
Algunas faltas previstas
Infracciones contra la dignidad de las personas
-Maltratar física o verbalmente a cualquier persona.
-Permitir a menores de edad ingresar a lugares prohibidos para ellos.
-Dar golpes intencionales, fuera de riña, que no causen lesión.
(Entre uno y 20 días de salario mínimo; es decir, de 45.24 a 908.8 pesos).
Infracciones contra la tranquilidad de las personas
-Prestar algún servicio sin que sea solicitado, y coaccionar de cualquier manera a quien lo reciba, para obtener un pago por el mismo.
-Producir o causar ruidos por cualquier medio, que atenten contra la tranquilidad o la salud de las personas.
-Invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio.
-Ocupar los accesos de oficinas públicas o sus inmediaciones, ofreciendo realizar trámites sin tener autorización (coyotaje).
(Entre uno y 20 días de salario mínimo).
Infracciones contra la seguridad ciudadana
-Ofrecer o propiciar la venta de boletos de espectáculos públicos con precios superiores no autorizados (reventa).
-Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados para ello.
-Reñir con una o más personas.
-Solicitar servicios de emergencia cuando no se requieran.
-No bardar un inmueble sin construcción o no darle cuidado para evitar la proliferación de plagas o maleza dañina.
-Organizar o participar en peleas de animales.
-Usar las áreas y vías públicas sin contar con autorización para ello.
(Entre 11 y 30 días de salario mínimo; es decir, de 497.64 a mil 357.2 pesos).
Infracciones contra el entorno urbano
-Arrojar o abandonar en la vía pública animales muertos, basura, objetos o sustancias.
-Dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido de fachadas, estatuas y monumentos (graffitear).
-Desperdiciar el agua.
-No recoger heces fecales de un animal de su propiedad.
-Orinar o defecar en la vía pública.
-Pintar, adherir, colgar o fijar anuncios o cualquier propaganda en equipamiento y mobiliario urbano o árboles, sin autorización.
(Entre 11 y 30 días de salario mínimo)
FRANELEROS, EN LA MIRA DE EBRARD Los limpiaparabrisas también figuran entre los blancos de los operativos que la Secretaría de Seguridad Pública capitalina realizará al entrar hoy en vigor la Ley de Cultura Cívica FOTO MARIA LUISA SEVERIANO
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