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Obituario   - NUEVO -
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México D.F. Domingo 1 de agosto de 2004

Anuncia Alejandro Encinas operativos contra franeleros y limpiaparabrisas

A partir de hoy, la SSP hará valer la Ley de Cultura Cívica

Niega el secretario de Gobierno que las nuevas disposiciones signifiquen cero tolerancia

Policías preventivos podrán detener a infractores y remitirlos a juzgados cívicos

ANGEL BOLAÑOS SANCHEZ

Este domingo entrará en vigor la Ley de Cultura Cívica, una vez aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF).

Dentro de su aplicación, la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) capitalina realizará operativos contra los llamados franeleros y limpiaparabrisas, en los puntos de la ciudad donde hay denuncias y quejas de automovilistas por agresiones de esas personas. Anunció lo anterior el secretario de Gobierno del Distrito Federal, Alejandro Encinas Rodríguez, quien rechazó que el nuevo ordenamiento -conocido como ley Marcelo, por haber sido promovido por el titular de la SSP, Marcelo Ebrard- sea una "ley de cero tolerancia".

Sin dar detalles sobre los sitios donde se realizarán dichos operativos, así como la forma como se desarrollarán éstos, el funcionario aclaró que la autoridad no ha dejado de actuar contra las personas que realizan esas actividades y agreden a los automovilistas o dañan sus vehículos, pero con la nueva Ley de Cultura Cívica se fortalecerán las acciones contra esos abusos.

La ley establece en uno de sus capítulos que corresponde a la SSP prevenir la comisión de infracciones, preservar la seguridad ciudadana, el orden público y la tranquilidad de las personas. Confiere a los efectivos policiacos la atribución de detener y presentar ante un juez cívico a los infractores que sean detenidos al presenciar los uniformados la falta, o inmediatamente después de que se haya cometido y sean informados por terceros, o encuentren al presunto responsable "en poder del objeto, huellas o indicios que hagan presumir su participación en la infracción" .

En representación del jefe de Gobierno capitalino, Andrés Manuel López Obrador, quien tomó el día para atender asuntos personales, Encinas Rodríguez, en la conferencia de prensa matutina aseguró que los juzgados cívicos están preparados para recibir a las personas que cometan alguna falta establecida en la nueva legislación.

"Esperemos que más que una acción punitiva la ley nos ayude a mejorar las relaciones de convivencia en el Distrito Federal y a mejorar la cultura cívica de quienes habitamos la ciudad", señaló.

El ordenamiento, en su capítulo de infracciones y sanciones, divide las faltas administrativas en tres apartados: contra la dignidad de las personas; contra la tranquilidad de las personas y contra la seguridad ciudadana, así como una sección de infracciones contra el entorno urbano de la ciudad de México.

El segundo apartado, correspondiente al artículo 24 de la ley, contiene la nueva disposición contra franeleros, limpiaparabrisas y otras actividades que se realicen en la vía pública. Prohíbe "prestar un servicio sin que sea solicitado y coaccionar de cualquier manera a quien lo reciba para obtener un pago por el mismo". En este caso, la detención del infractor sólo procederá por queja previa.

Prohibido bloquear la vía pública

En el artículo 24, una de sus fracciones prohíbe "impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía pública, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello. Para estos efectos se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación de las ideas, de asociación o de reunión pacífica". En el primer caso, la sanción prevista es de uno a 10 salarios mínimos, y en el segundo caso de 11 a 20 minisalarios.

Por otra parte, Encinas informo que en la reunión que sostuvo ayer con los dirigentes locales de cinco partidos políticos se acordó tener como agenda básica el documento que suscribieron de manera consensuada el pasado 8 de julio. Destacó además las reformas que aprobó el viernes la ALDF, particularmente la que endurece las penas contra el llamado secuestro exprés y la Ley contra la Delincuencia Organizada, pero lamentó que se haya pospuesto la discusión sobre la ley que regula a las empresas de seguridad privada.


Algunas faltas previstas

Infracciones contra la dignidad de las personas

-Maltratar física o verbalmente a cualquier persona.

-Permitir a menores de edad ingresar a lugares prohibidos para ellos.

-Dar golpes intencionales, fuera de riña, que no causen lesión.

(Entre uno y 20 días de salario mínimo; es decir, de 45.24 a 908.8 pesos).

Infracciones contra la tranquilidad de las personas

-Prestar algún servicio sin que sea solicitado, y coaccionar de cualquier manera a quien lo reciba, para obtener un pago por el mismo.

-Producir o causar ruidos por cualquier medio, que atenten contra la tranquilidad o la salud de las personas.

-Invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio.

-Ocupar los accesos de oficinas públicas o sus inmediaciones, ofreciendo realizar trámites sin tener autorización (coyotaje).

(Entre uno y 20 días de salario mínimo).

Infracciones contra la seguridad ciudadana

-Ofrecer o propiciar la venta de boletos de espectáculos públicos con precios superiores no autorizados (reventa).

-Ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos no autorizados para ello.

-Reñir con una o más personas.

-Solicitar servicios de emergencia cuando no se requieran.

-No bardar un inmueble sin construcción o no darle cuidado para evitar la proliferación de plagas o maleza dañina.

-Organizar o participar en peleas de animales.
-Usar las áreas y vías públicas sin contar con autorización para ello.

(Entre 11 y 30 días de salario mínimo; es decir, de 497.64 a mil 357.2 pesos).

Infracciones contra el entorno urbano

-Arrojar o abandonar en la vía pública animales muertos, basura, objetos o sustancias.

-Dañar, pintar, maltratar, ensuciar o hacer uso indebido de fachadas, estatuas y monumentos (graffitear).

-Desperdiciar el agua.

-No recoger heces fecales de un animal de su propiedad.

-Orinar o defecar en la vía pública.

-Pintar, adherir, colgar o fijar anuncios o cualquier propaganda en equipamiento y mobiliario urbano o árboles, sin autorización.

(Entre 11 y 30 días de salario mínimo)


FRANELEROS, EN LA MIRA DE EBRARD

Los limpiaparabrisas también figuran entre los blancos de los operativos que la Secretaría de Seguridad Pública capitalina realizará al entrar hoy en vigor la Ley de Cultura Cívica FOTO MARIA LUISA SEVERIANO

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