México D.F. Sábado 21 de agosto de 2004
Contraviene la Ley General de Desarrollo Social
Reduce Hacienda en casi $3 mil millones el presupuesto a Sedeso
ALMA E. MUÑOZ
En contra de lo que establece la Ley General de Desarrollo Social, y contrario a las promesas del presidente Vicente Fox Quesada de elevar el presupuesto destinado al gasto social, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó a la de Desarrollo Social (Sedeso) que su techo presupuestal para 2005 será de 19 mil 12 millones de pesos, contra los 22 mil millones que le entregaron para este año.
La propuesta plantea que 11 mil millones de pesos se destinen para el programa Oportunidades y sólo 3 mil 400 millones para operar el resto de los programas que tiene a su cargo la citada dependencia.
Tan sólo Hábitat requiere, para el próximo ejercicio, mil 500 millones de pesos, si se considera que en la actualidad cuenta con cuatro proyectos con una inversión de 250 millones cada uno, y para entonces se pondrán en operación dos más: el turístico y el de ciudades petroleras, destinados a terminar con asentamientos irregulares en zonas consideradas como tales.
Diconsa recibió el año pasado mil 400 millones de pesos y necesita, para continuar con su recuperación, 2 mil 200 millones. En tanto, el Instituto Nacional para las Personas Adultas Mayores propuso a la Sedeso un presupuesto de 440 millones de pesos, el doble de lo aprobado para este año.
A Liconsa, aunque no prescinde de recursos fiscales, se le otorga dinero para la compra de leche nacional, como desde hace cinco años ocurre. Por ser autofinanciable, para 2004 se le dieron 300 millones de pesos para centros de acopio -inició con tres y rehabilitaron y/o construyeron 37 más-, pero se le destinaron entonces 100 millones de pesos para adquirir lácteo. Las previsiones para 2005 son recibir, en total, 500 millones.
La Ley General de Desarrollo Social, aprobada unánimemente por la Cámara de Diputados en diciembre pasado, dice al pie de la letra en su artículo 20: ''El presupuesto federal destinado al gasto social no podrá ser inferior, en términos reales, al del año fiscal anterior. Este gasto se deberá incrementar cuando menos en la misma proporción en que se prevea el crecimiento del producto interno bruto en los Criterios Generales de Política Económica y en congruencia con la disponibilidad de recursos a partir de los ingresos que autorice el Congreso (de la Unión)''.
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