México D.F. Domingo 29 de agosto de 2004
El titular de ese órgano no descarta
coacción para desaforar a López Obrador
"Desde el poder presidencial" se presionaría
a sección instructora
Horacio Duarte señala que el fallo sobre el gobernante
capitalino no estará listo antes de febrero
ROBERTO GARDUÑO Y ENRIQUE MENDEZ
El proceso de desafuero contra el jefe de Gobierno del
Distrito Federal, Andrés Manuel López Obrador, no será
resuelto en el próximo periodo ordinario de sesiones de la Cámara
de Diputados, ya que los cuatro integrantes de la sección instructora,
encargados de elaborar el dictamen correspondiente, están obligados
a leer 11 mil fojas que integran el expediente, sostuvo el presidente de
ese órgano de San Lázaro, Horacio Duarte.
Al informar sobre el estado en que se encuentra el procedimiento
de desafuero, el legislador afirmó que la resolución estará
lista en febrero o marzo del próximo año, "salvo que desde
el poder presidencial se dé la orden de acortar tiempos".
Si procediera el retiro de la protección constitucional
a López Obrador, éste tendrá derecho a solicitar la
celebración de un juicio sumario, para que en tres meses, como máximo,
se dicte sentencia por un delito no grave.
De acuerdo con el titular de la sección instructora,
el caso está en ciernes porque el desahogo jurídico de las
pruebas y lo delicado del tema requerirán que los cuatro diputados
actúen con cuidado extremo. Al final, refiere Duarte, "si el jefe
de Gobierno manifiesta que ha decidido contender por la Presidencia, lo
podrá hacer sin ningún problema".
Trabajo a paso lento
Los integrantes de la sección instructora trabajan
a paso lento por la naturaleza del proceso, y el martes pasado decidieron
dejar para el 8 de septiembre el desahogo de pruebas que obran en el expediente,
lo cual generó dudas sobre el tiempo que llevará elaborar
el dictamen final.
"El
8 de septiembre vamos a sesionar para abordar el tema de las pruebas; pero
es posible que ese asunto no se aborde, sino se difiera; no obstante, en
caso de que se decida abordarlo, tendremos que desahogar las pruebas.
"Nos hemos planteado 30 días naturales, que empezaron
el 17 y el 18 de agosto, así que el 17 o 18 de septiembre se vencerá
el primer plazo, aunque el acuerdo en la sección instructora manifiesta
que se puede prorrogar por el volumen de las pruebas, y si estamos hablando
de que del 24 de agosto prorrogamos al 8 de septiembre, sería una
incongruencia que del 8 al 18 de septiembre desahoguemos, y lo lógico
será prorrogar otros 30 días para el desahogo de pruebas,
hasta el 18 de octubre."
Se le preguntó qué implicará el desahogo
de las pruebas del caso. El abogado explicó el procedimiento a seguir
en la sección instructora:
"El desahogo de pruebas es el análisis, ver las
pruebas, y en las periciales, por ejemplo, ver qué dice el perito,
y yo no sé quién puede leer 11 mil fojas en menos de un mes;
además, si partimos de que sólo hay un juego de copias, y
los integrantes somos cuatro, pues la lectura se dificultará. Si
se cerrara el periodo de análisis el 18 de octubre, se abrirían
tres días para que la Procuraduría General de la República
(PGR) revise de nuevo el expediente, tres días para que lo haga
también el jefe de Gobierno y seis días más para alegatos,
pero la ley establece que en el periodo de alegatos las partes pueden solicitar
una ampliación de hasta 30 días naturales más.
"A partir de que se cierre ese periodo, técnicamente
la instructora está en posibilidades de iniciar el análisis
jurídico y de redactar un posible dictamen; pero hasta una hora
antes de que se vote el dictamen en la instructora se podrán presentar
pruebas que hayan aparecido en el último momento (...) y si se diera
ese escenario se deberá abrir al menos otro periodo para el desahogo
de pruebas. Para los que han planteado que el asunto es inminente, yo he
dicho que en 100 días la sección instructora todavía
no estará en posibilidades de emitir un dictamen, lo mínimo
jurídicamente hablando. Si hubiera una decisión política
de acortar los plazos, porque también lo podrían hacer desechando
una gran cantidad de pruebas, entonces entramos a darle plenamente la razón
al jefe de Gobierno cuando dijo que no era un asunto jurídico, sino
político".
-¿Eso implica que el proceso se llevará
hasta el año próximo?
-El desahogo de pruebas es muy lento. Pongo un ejemplo:
el jefe de Gobierno presentó ocho periciales, y si revisamos el
caso reciente, que es el de René Bejarano, ¿cuánto
nos llevó desahogar una sola prueba pericial? Prácticamente
mes y medio. Y ahora que entremos al periodo ordinario de sesiones, los
diputados que integramos la sección instructora trabajamos en otras
comisiones y no tenemos forma material de trabajar diario.
"Entonces, creo que el desarrollo de las periciales nos
llevará bastante tiempo, e insisto: ¿en cuánto tiempo
vamos a leer los cuatro diputados todo el expediente? Y eso es lo mínimo
que debemos hacer (...) Todas las documentales que forman parte del expediente
son 11 mil hojas; entonces, ésas se deben leer y analizar, y si
al final nos dicen que no las van a leer, entonces se estará tomando
una decisión política que nada tiene que ver con la ley."
-¿Qué sucedería si se desafuera al
mandatario capitalino?
-El escenario jurídico es que el jefe de Gobierno,
al ser desaforado, queda a disposición de la PGR, para que ésta
consigne su expediente ante un juez. ¿Qué puede pasar? Que
el juez abra o no el proceso; puede decir que, de acuerdo con las constancias
jurídicas, no abrirá el proceso porque no hay elementos,
y entonces la Cámara de Diputados quedará en ridículo
por desaforar a alguien a quien un juez declara como un caso desierto porque
no hubo elementos. Otro escenario es que sí abra el proceso; entonces
el jefe de Gobierno puede solicitar un juicio sumario, para que en tres
meses se dicte sentencia; si es en contra, al Ejecutivo capitalino todavía
le quedan recursos jurídicos, de apelación, de amparo, y
la posibilidad en el amparo de la revisión para que el tema vaya
al pleno de la Corte. Hasta entonces, si no hay declaración expresa
de la suspensión de sus derechos políticos, el gobernante
tiene vigentes esos derechos. Otra posibilidad es que el juez lo declare
inocente y entonces se termina el asunto y automáticamente el jefe
de Gobierno queda reinstalado en su cargo.
-¿Así podría contender en el proceso
electoral de 2006?
-Podrá contender sin mayor problema.
-¿Y en el segundo caso podrá contender?
-Puede contender, salvo que haya disposición y
resolución expresa de que le suspendan sus derechos o se le dicte
una condena tan pequeña que la cumpla antes del registro de aspirantes
y pueda ser candidato...
-Tras una pena económica...
-Efectivamente, tras una pena económica, porque
estamos hablando de delitos no graves. Además, dice la ley, el juez
al sentenciar debe considerar la peligrosidad del individuo frente a la
sociedad, y en ese escenario hay que considerar que en un proceso sumario
habrá una presión impresionante al juez, porque el jefe de
Gobierno estará en su derecho; entonces se genera una presión
contra el juez; ésa es una parte política chingona.
"Está muy clara la percepción de la ciudadanía
de que se trata de un tema en el que se busca impedir que el Ejecutivo
capitalino siquiera pueda contender electoralmente."
|