México D.F. Lunes 27 de septiembre de 2004
Ha intentado todo para evitar la indemnización de predio
Desacata Pemex fallos judiciales en su contra
JESUS ARANDA
En 1978 Pemex se apropió de un predio de 75 mil metros cuadrados en Poza Rica, Veracruz, en el que posteriormente construyó un pozo petrolero. Sin embargo, la paraestatal se ha negado a acatar la decisión definitiva del décimo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito, el cual ordenó a la paraestatal que indemnice al dueño del predio con 33 millones 283 mil pesos por el valor del terreno y 214 millones 962 mil pesos por concepto de "daños resentidos" por más de 20 años de ocupación ilegal del lugar.
La negativa recurrente de Pemex de pagar llevó a su representante legal a presentar una demanda de amparo indirecto ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la sentencia del tribunal. La respuesta de los ministros de la segunda sala fue contundente: "se advierte que la conducta de quien interpone este recurso denota que la única finalidad con la que impugnó la resolución dictada fue la de entorpecer el cumplimiento de la sentencia reclamada (324/2002)", por lo que se impuso al apoderado legal de Pemex Exploración y Producción el pago de la máxima multa prevista, que es de 5 mil pesos.
De acuerdo con el expediente, al que tuvo acceso La Jornada, la actitud de Pemex derivó en una resolución judicial inédita: el juez de la causa (40 de lo civil en el Distrito Federal) ordenó el embargo precautorio de 11 cuentas bancarias con el fin de garantizar el pago reclamado.
Según el dueño del predio, Héctor David Colón Román, ha sufrido "prepotencia, omisión e indiferencia" por parte de Pemex, actitud que contrasta con las declaraciones recientes del presidente Vicente Fox, quien ha asegurado que "los gobernantes y funcionarios públicos somos los primeros que debemos respetar y acatar las leyes".
Como parte de la estrategia para retrasar el pago de la indemnización, Petróleos Mexicanos Exploración y Producción ha interpuesto una serie de recursos y reclamaciones, después de que la Corte ordenó el archivo de la sentencia el 11 de noviembre de 2002, en la que desechó la demanda de amparo en contra del pago fijado por el juez 40 de lo civil, previo pago de la multa impuesta al apoderado legal de la dependencia, Francisco Leonardo Santos Rodríguez.
La empresa demandó incluso penalmente al juez 40 de lo civil del Distrito Federal, los magistrados de la tercera sala en materia civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, los magistrados del décimo tribunal colegiado en materia civil del primer circuito, los abogados defensores del dueño del predio, un perito y al mismo demandante. El asunto se radicó ante la mesa 29 de la delegación de la Procuraduría General de la República en el Distrito Federal, y está en proceso la averiguación previa 1867/DDF/2003.
Inicialmente, el 10 de agosto de 2001, el juez 40 de lo civil condenó a Pemex Exploración y Producción al pago de 33 millones 283 mil pesos por el valor del terreno, y al pago de perjuicios ocasionados al predio de 75 mil metros cuadrados, ubicado en la colonia Fausto Dávila de Poza Rica, Veracruz.
Las partes se inconformaron, y el 7 de noviembre de 2001 la tercera sala civil del Tribunal Superior de Justicia del DF confirmó la sentencia. Esto motivó un amparo de Colón Román, el cual ganó a efecto de que fijara una nueva indemnización. En cumplimiento de la orden la tercera sala condenó a Pemex a pagar los 33 millones 283 mil pesos por el terreno y 214 millones 962 mil pesos por daños.
El asunto pasó, vía amparo, al décimo tribunal colegiado en materia civil, el cual negó el amparo. Ante la decisión, la paraestatal acudió ante la Corte, en donde su ahora presidente, Mariano Azuela Güitrón, rechazó de plano el recurso y le impuso una multa al apoderado legal de la dependencia.
Ante la actitud de la paraestatal, el juez 40 requirió a Pemex, el 22 de marzo de 2002, para que, en caso de que no cumpliera con el pago, se procedería a embargar sus bienes. Fue hasta el 29 de noviembre cuando se requirió nuevamente a la empresa, y ante la negativa se ordenó el embargo de 11 cuentas bancarias radicadas en Banamex y Bancomer.
En ese lapso, las argucias de la dependencia siguieron: en septiembre de 2003 interpuso "tercerías excluyentes de dominio" en el juicio 473/2000, con el que afirmaba que había diferencia de identidad entre Petróleos Mexicanos Exploración y Producción y Pemex Exploración y Producción, por lo que no resultaba procedente el embargo de las cuentas. El juez desechó el trámite por improcedente.
La queja vía apelación llegó a la cuarta sala en materia civil del Tribunal Superior de Justicia del DF, el cual declaró infundada la queja, lo que motivó un nuevo recurso ante la justicia federal -que recayó en el décimo tribunal colegiado en materia civil, que ratificó la sentencia.
El juez giró orden a Banamex y Bancomer para el congelamiento de cuentas. Pemex interpuso recursos de amparo ante la justicia federal, que también fueron declarados improcedentes.
Asimismo fueron declarados infundados en diversas instancias los recursos que interpuso la paraestatal en contra del embargo de sus cuentas bancarias.
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