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DIRECTOR FUNDADOR CARLOS PAYAN VELVER
SUPLEMENTO MENSUAL  DIRECTOR: IVAN RESTREPO  
EDICIÓN: LAURA ANGULO   LUNES 26 DE SEPTIEMBRE 2005 
NUMERO ESPECIAL


  Portada

Introducción: un crimen orquestado por trasnacionales químicas

Crónica periodística sobre un fallo histórico
Valeria Imhof

Historia del DBCP en Nicaragua
Un artefacto químico que sigue estallando

Vicente Boix


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Crónica periodística sobre un fallo histórico

Valeria Imhof

Resolución de juez de Chinandega condena a diversas trasnacionales

Demandas de 51 bananeros fueron desestimadas por la judicial

La sentencia deberá ser ejecutada en Estados Unidos

Se enfermaron, quedaron estériles y con secuelas psicológicas, pero ayer la juez segunda de lo Civil Laboral del Distrito de Chinandega, Socorro Toruño Martínez, ordenó el pago de 97 millones de dólares a 150 ex bananeros afectados por los plaguicidas nemagón y fumazone, que sin piedad utilizó un grupo de compañías trasnacionales norteamericanas en las fincas bananeras de Occidente en la década de los años setenta.

"Que el ciudadano Juan Evenor Tercero Prado es infértil. Que además del factor de exposición al nemagón o fumazone, existe un posible vínculo con el trastorno mixto ansioso-depresivo, producto de la infertilidad", dice parte de los considerados de la juez en la sentencia.

Con los mismos padecimientos de Juan Evenor se presentan Victorino Rodríguez, Santos Alonso Zepeda, Mariano de Jesús Malta, Oscar Domingo Hernández Quintanilla, Denis Plutarco Lagos Urey, etc., hasta sumar 150 afectados beneficiados con la resolución de la juez Toruño.

En la sentencia se detallan los padecimientos de cada afectado y el monto que deberán recibir en concepto de indemnización de estas empresas trasnacionales, montos que oscilan entre 200 mil hasta un millón 200 mil dólares cada uno.

"Logramos probar el daño efectivo en 150 trabajadores, mientras que en otros 51 las pruebas fueron deficientes", dijo el doctor Jacinto Obregón, director del equipo de abogados nicaragüenses que llevó el juicio.

El abogado señaló que presentaron pruebas consistentes en exámenes de laboratorios y diagnósticos de médicos especializados y médicos forenses nombrados por el Estado.

"Se probó plenamente los daños físicos y morales a los ex bananeros, se probó el dolo, la negligencia y la irresponsabilidad de las compañías trasnacionales que, conscientes de que estaban comercializando un producto cuya venta era prohibida por los daños a los seres humanos, lo siguieron haciendo en los países latinoamericanos".

Las empresas condenadas son: Dole Food Company Inc., Standard Fruit Company, The Dow Chemical Company (Dow Elanco Inc.), Occidental Chemical Corporation y Shell Oil Company (Shell Oil USA). "Esta sentencia viene a abrir una esperanza de que las trasnacionales ya no pueden venir a repetir ese cuento de que todo estaba amarrado, porque hubo una plena intervención de cada uno de sus abogados", indicó Obregón.

El equipo, además, presentó pruebas documentales de las orientaciones técnicas que daba la empresa Standard Fruit Company a los capitanes de riego sobre cómo y qué cantidad de nemagón aplicar en las fincas bananeras "Quedó demostrado que para hacer las irrigaciones del nemagón utilizaban las mismas tuberías de agua potable de los trabajadores; de noche usaban las tuberías de agua potable para regar el veneno en las plantas y de día de ahí mismo los trabajadores bebían agua, cocinaban y se bañaban. Prácticamente, los veían como animales utilizando el mismo tubo del agua potable", dijo Obregón.

Genocidio premeditado

El doctor Orlando Cardoze, otro de los abogados nacionales que representó a este grupo de afectados, explicó que en la etapa probatoria presentaron 27 documentos provenientes de las mismas empresas trasnacionales.

Una de las pruebas fundamentales fue una carta que la The Dow Chemical Company, fabricante del nemagón y fumazone, le manda a la Standard Fruit Company donde le señala que a pesar de que estos productos le causan daño a la gente, ellos deben calcular que si vendiéndolos ganan más que lo que tendrían que pagar por los daños a futuras demandas y que ellos asumirían los costos de pagar un posterior daño.

Obregón explicó que ambas compañías convinieron por escrito algo que de antemano sabían que iba a causar un daño severo a los seres humanos. "Es decir, que prácticamente lo que cometieron fue un genocidio", añadió el doctor Obregón.

Parte del acuerdo alcanzado por la Dow Chemical y la Standard Fruit Company indica que la Standard asumirá todos los riesgos y responsabilidades emergentes del uso del fumazone e indemnizará a Dow y Dowintal por pérdidas, gastos, demandas y reclamos provocados por los afectados.

El abogado dijo tener esperanzas de que la sentencia prospere porque, según su criterio, se respetaron todas las normas y procedimientos de ley. "Las trasnacionales intervinieron con libertad absoluta y presentaron todas sus pruebas contraatacando las nuestras", dijo Obregón.

El juicio inició en 2001 en Chinandega, y la firma de abogados norteamericana Provost Umphrey invirtió 3 millones de dólares en la tramitación del mismo.

"Ahora vamos a proceder a ejecutar la sentencia en los Estados Unidos a través del Bufete Provost Umphrey, asociado a nosotros", anunció Obregón.

Cabe destacar que estos ex bananeros indemnizados no son los que estuvieron apostados ante la Cruz Roja en una huelga de hambre para que se les reconozca su derecho a la salud y una pensión vitalicia.

Más juicios

Este equipo de abogados representa un universo de 4 mil ex trabajadores, y próximamente entablará más juicios en Chinandega y Managua. Uno de ellos ya fue abierto a pruebas, incluyendo a mil 600 trabajadores más, mientras los otros están en camino", adelantó el abogado.

Homicidios "baratos"

La Standard Fruit y la Dow Chemical fueron advertidas del retiro del nemagón por su alto contenido toxicológico

Con infinito desprecio por los campesinos, mantuvieron su uso con dolo y premeditación

Horribles casos de daños físicos, psicológicos y morales

Un campesino favorecido con más de un millón de dólares ya murió

Las compañías trasnacionales que aplicaron el nemagón y fumazone en las fincas bananeras de Chinandega en la década de los 70 actuaron premeditadamente y sin compasión a pesar de que conocían los estragos que esos pesticidas causaban al ser humano.

Pero a las empresas no les importó. Las ganancias se impusieron a la salud y la felicidad de estos trabajadores bananeros que hasta el día de hoy continúan pagando muy caro el desprecio a la vida humana de estas empresas estadounidenses.

¿Los resultados? 150 bananeros -hasta ahora confirmados-, estériles con trastorno mixto ansioso-depresivo producto de su infertilidad.

"Las empresas Standard Fruit Company y Dow Chemical Company conocían los efectos que los pesticidas causaban, así como las recomendaciones para su uso, pero no las implementaron a los demandantes", señala parte de la sentencia de la juez segundo Civil y Laboral de Chinandega, Socorro Toruño Martínez, quien condenó a las empresas Dole Food Company Inc., Occidental Chemical Corporation, Shell Oil Company (Shell Oil USA) y a los dos compañías antes mencionadas a pagar 97 millones de dólares de indemnización a estos ex trabajadores bananeros.

Dolo y mala intención

Documentos internos de las empresas transnacionales que fueron aportados en el juicio revelan la mala intención y el dolo de las compañías que aplicaron el pesticida.

En una carta enviada por el señor Paul G. Sink a toda la red de distribución del nemagón en Centroamérica, Ecuador y Filipinas el 26 de enero de 1978, el señor Sink expresa que el DBCP (siglas del nombre científico del nemagón) se retiró del mercado por su contenido toxicológico y que no está disponible en los Estados Unidos por haberse prohibido en ese país, pero que se continuaba produciendo y vendiendo por AMVAC.

La carta agrega que Dow Chemical había puesto a disposición de Standard Fruit Company el material, para ser usado en diferentes países, incluyendo Nicaragua, por un equipo entrenado por la Dow Chemical Company y la Standard Fruit Company.

La documentación está fechada dentro del periodo en que se alega ocurrieron los hechos y demuestra que Standard Fruit Company compraba y aplicaba fumazone y nemagón en fincas bananeras que administraba, y que al menos parte de esos pesticidas eran adquiridos a la empresa Dow Chemical Company.

Según declaraciones de los capitanes de riego en las fincas bananeras, ellos nunca recibieron recomendación ni capacitación sobre el uso de los pesticidas, no recibieron equipos de protección, salvo el necesario para llevar a cabo el riego como por ejemplo: rodos y mecates para transportar los tubos, mapas, herramientas para regular las pistolas, focos…, pero nada para protección personal; que en general todo el equipo de riego se exponía a la brisa, vapores y hasta al contacto directo con el pesticida.

Los capitanes de riego, además, declararon que la tubería que usaban los equipos de riego dirigido por Standard Fruit Company en la aplicación del nemagón y fumazone era la misma tubería usada por los trabajadores de la finca para beber, bañarse y cocinar, y que la mayoría de los trabajadores vivían con sus esposas e hijos en los campamentos de las fincas, y que el método consistía en bombear agua desde un pozo artesiano a través de un sistema de tubería de ocho pulgadas dentro de la plantación.

Según una constancia de la Dirección General de Protección y Sanidad Agropecuaria del Ministerio Agropecuario y Forestal, el nemagón fue registrado en Nicaragua el 14 de agosto de 1973 por Shell Nenderland Ceime NV (casa fabricante) y su representante, Shell Nicaragua (Compañía Química Nicaragüense SA).

El mismo certificado informa que el fumazone fue registrado el 24 de febrero de 1976 por Dow Chemical y su representante Servicio Agrícola Gurdián SA.

"El nemagón y el fumazone fueron utilizados en Nicaragua bajo la dirección o por el intermedio de las empresas Standard Fruit Company y Dole Food Company, Inc.", indica la sentencia judicial.

Documentos clave

Los demandantes presentaron 27 documentos generados en los Estados Unidos a fin de demostrar el dolo con que actuaron estas trasnacionales. Uno de esos documentos está dirigido a la Shell Chemical Corporation con fecha del 27 de mayo de 1958: "Le adjunto copia del informe confidencial del Dr. Hine y otros, de la Universidad de California, sobre la toxicidad del vapor de nemagón. Me he enterado por conversaciones con el doctor Hine que información de este tipo es conocida también por Dow Chemical Company. Esta última empresa ha estado particularmente afligida por los efectos causados en los testículos", dice parte del documento.

Otro informe del laboratorio de investigación biológica de The Dow Chemical Company de 1959 titulado Información toxicológica y tratamiento sugerido para personas expuestas al concentrado de fumazone, detalla que el químico presenta un claro peligro por inhalación, contacto prolongado con la piel e ingestión. El material contiene un alto grado de toxicidad por contacto con el vapor y oralmente.

"Los documentos números uno al siete, arriba referidos, demuestran que entre 1958 y 1960 las demandadas Shell Oil Company y The Dow Chemical Company tenían perfecto conocimiento sobre la toxicidad y los peligros presentados por estos plaguicidas […]. Estas dos demandadas sabían por sus propios estudios internos sobre lo peligroso que eran estos dos productos", dice la sentencia de la juez de Chinandega.

Otra prueba aportada por los abogados nicaragüenses que ganaron el juicio es la advertencia del Ministerio de Trabajo de los Estados Unidos, Secretaría de Higiene y de Salud Laboral, que establece que la exposición de trabajadores al DBCP presenta un riesgo de esterilidad y cáncer.

Daños físicos, psicológicos y morales

Los ex bananeros interpusieron la demanda por daños físicos y morales, incluyendo esterilidad total o parcial, depresión moderada del sistema nervioso central, congestión pulmonar, irritación de la piel, edema gastrointestinal, problemas renales, angustia, pesar, pérdida de pareja y convivencia, y otros daños físicos y morales.

En el juicio, el doctor José Ramón Morales declaró que evaluó a cada uno de los demandantes usando el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales de la American Psychiatric Association, el cual le permitió encontrar diversas afectaciones en los pacientes.

Una de ellas está asociada a la frustración por el conocimiento que tenían de no poder procrear hijos a causa de que su infertilidad es un daño irreversible, incurable y generador de enfermedades que ellos asocian a la exposición al nemagón y al fumazone.

Por otra parte, el doctor Carlos Benito Ortiz declaró que analizó los espermatogramas realizados por los demandantes y que realizó diagnósticos de las distintas afectaciones de acuerdo a parámetros establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

De todas las alteraciones, la dos más serias que encontró son: la azoospermia donde la persona no tiene ninguna posibilidad de procrear; y la oligozoospermia que se caracteriza por la existencia de un recuento de espermatozoides menor a 20 millones por centímetro cúbico de líquido seminal, que es lo que establece la OMS como conteo mínimo de espermatozoides.

Alguien ya no podrá cobrar

Un ejemplo es el caso de Berardo Marcelo García: él presentó un examen de espermatograma y dos diagnósticos elaborados por médicos especializados demostrando plenamente que el demandante está afectado de azoospermia e hipospermia. Otros documentos médicos oficiales demuestran que el demandante murió a consecuencia de una insuficiencia renal crónica.

A Berardo Marcelo García la juez ordena indemnizarlo con un millón 255 mil 980 dólares o su equivalente en moneda nacional. Don Berardo no los cobrará, pero podrá descansar en paz con la tranquilidad de que luego de tantos años se le hizo justicia.

Exigieron más nemagón, muriera quien muriera

Las empresas transnacionales que aplicaron los pesticidas en Nicaragua no sólo enfermaron a trabajadores bananeros de Chinandega, sino que también recurrieron al chantaje y a la presión contra las compañías fabricantes del producto amenazándolas con demandas judiciales si no seguían entregándoles el producto.

Esto se desprende de la sentencia emitida por la juez segunda Civil Laboral del Distrito de Chinandega, Socorro Toruño Martínez.

Según informes de Costa Rica aportados en el juicio, la empresa Dow Chemical Company, fabricante del Dibromo Clorpropano (DBCP), notificó a la multinacional Standard Fruit Company que debía cesar la exportación del pesticida. Pero los ejecutivos de la Standard Fruit amenazaron con entablar una acción por incumplimiento contractual contra la Dow por la falta de entrega del producto.

Luego de ciertas negociaciones, Dow accedió a continuar entregando DBCP a Standard Fruit, agregando una etiqueta de advertencia junto con información en español sobre los peligros al aparato reproductor humano, así como los procedimientos para controlar la exposición de personas.

Más dolo

Pero estas advertencias fueron ignoradas a cambio de la promesa de Standard Fruit de indemnizar a Dow por cualquier daño causado. "Standard tenía tanto interés en continuar usando DBCP que prometió proteger a Dow de juicios futuros emergentes por el uso del pesticida en Costa Rica. La razón para que el DBCP continuara llegando era puramente económica; el DBCP era todavía la más económica de todas las alternativas", dice el informe.

En mayo de 1979, funcionarios gubernamentales, apoyados por la Embajada de Estados Unidos, convencieron a la Standard que cesase el uso del DBCP en Costa Rica, pero la rapacidad de la transnacional fue tal que transfirió sus reservas de DBCP a Honduras, donde continuó utilizándolo.

Toda esta información es parte de las pruebas que el equipo de abogados presentó en el juicio contra estas empresas transnacionales, donde se comprobó que actuaron con dolo en contra de los bananeros nicaragüenses. De las diez empresas acusadas fueron condenadas cinco: la Dole Food Company Inc., Standard Fruit Company, The Dow Chemical Company, Occidental Chemical Corporation y Shell Oil Company.

Otra de las pruebas aportadas por los abogados de los afectados es una publicación internacional sobre higiene ambiental y ocupacional del año 1999.

Parte del documento indica que luego que el DBCP fue prohibido en los Estados Unidos, a fines de los año 70, dos empresas estadounidenses continuaron exportándolo a varios países menos desarrollados, entre éstos, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá.

Los trabajadores de estos países habían sido expuestos al DBCP mediante inhalación y absorción a través de la piel. No habían recibido advertencia alguna sobre los riesgos a la salud y tampoco habían sido adiestrados para usar el producto.

"En general, el 24 por ciento de los trabajadores expuestos al DBCP tenía azoospermia y un 40.3 por ciento adicional sufría de oligospermia", dice la publicación, que concluye que la cantidad de trabajadores expuestos al DBCP que sufre de esterilidad o de fecundidad reducida es "impresionante".

Otros estudios aportados en el juicio demostraron que la mayoría de los animales moría luego de 35 a 48 exposiciones al tóxico. Las necropsias revelaron fuertes anormalidades en los pulmones, mucosa intestinal, riñones y testículos de los ratones que fueron expuestos.

A esto mismo fueron expuestos durante diez años los ex bananeros en Chinandega, pero las transnacionales siguieron en su camino tenebroso de llevar la desgracia y la muerte a estos ciudadanos nicaragüenses.

Nemagón, usado con mentalidad genocida

Subestimaron incluso las advertencias del Departamento de Agricultura de Estados Unidos

"Autoridades cautas", dijeron y no quisieron dotar de vestimentas impermeables a campesinos "por ser muy caras"

La empresa Shell Oil Company mintió al gobierno de Estados Unidos sobre los peligros letales del nemagón y fumazone en los seres humanos, obviando información que la trasnacional poseía y que hubiera evitado que 150 ex trabajadores bananeros nicaragüenses se hayan enfermado quedando estériles y con graves secuelas psicológicas y morales.

"La empresa Shell no dijo la verdad al gobierno de Estados Unidos omitiendo comunicarle la información que éste requería y que la empresa Shell obviamente poseía. Esto hubiera demostrado la peligrosidad del nemagón, puesto que las advertencias sugeridas por las autoridades estadounidenses finalmente no fueron impuestas […]. Queda claro que la empresa Shell pasó de la retención pasiva de información […] a la distorsión activa de los hechos, lo que es peor", dice parte de la sentencia de la juez.

Autoridades gringas "demasiado cautas"

De acuerdo a documentos aportados en el juicio, la Shell rechazó las recomendaciones de las autoridades sanitarias de Estados Unidos de poner etiquetas en el producto advirtiendo sobre los peligros del nemagón. Y más bien reaccionó señalando que eso podría perjudicar su volumen de ventas y que las autoridades eran "demasiado cautas".

Esto se desprende de un documento interno de la misma compañía del año 1961, que dice textualmente: "La División de Control de Pesticidas del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos se mostró preocupada por los peligros asociados con los usos del fumigante de tierra nemagón y han propuesto etiquetados para las diversas fórmulas ahora en venta. Existe consenso entre nosotros de que las autoridades son demasiado cautas y que la advertencia de las etiquetas que propugnan tendría un efecto adverso en la venta de este producto".

En otro documento con fecha del 5 de marzo de 1962, la Shell refiere: "La recomendación de usar ropas impermeables es impráctica. Millones de libras de dibromo-cloropropano (DBCP) han sido fabricadas y usadas, y en nuestra experiencia nadie ha usado ropa impermeable. Más aun: no tenemos pruebas que indiquen tal necesidad".

Los memorandos internos de la trasnacional revelan la avaricia de la empresa que, con tal de que no disminuyan sus dividendos, apeló a toda clase de artimañas como utilizar una etiqueta modificada para que pueda venderse el producto. "La Autoridad Protectora del Ambiente ha comunicado a Shell qué tenemos que hacer para lograr que con una etiqueta cambiada pueda venderse el producto. Si tal etiqueta es cambiada podremos vender 390 millones de galones del producto, reduciendo así el nivel de pérdida", dice uno de sus documentos de la Shell, con fecha de octubre de 1977, en respuesta a una solicitud de la División de Negocios Químicos Agrícolas, que solicitó a sus clientes la devolución del fumigante nemagón debido a que "recientes exámenes han revelado bajos niveles de esperma en los trabajadores expuestos al DBCP".

"Esta autoridad concluye que es inconcebible que en marzo de 1962 la empresa Shell -que desde 1958 sabía que el DBCP era nocivo- realmente hubiese creído que el nemagón era un producto inocuo para sus usuarios y que no requería de una protección especial. Por lo que hay una conducta dolosa y negligente de Shell Oil Company, Standard Fruit Company y las empresas subsidiarias que fabricaron y comercializaron nemagón y fumazone", indica la sentencia judicial.

Pruebas con animales resultan positivas

Los estudios de laboratorio que fueron presentados en el juicio revelan los estragos producidos en cuatro especies de animales, incluidos machos y hembras, que estuvieron expuestos al DBCP por inhalación.

En una prueba realizada en 1961 en ratones, cochinillos de indias, conejos y monos se observó en las ratas una mortalidad del 40 al 50 por ciento, atribuida en la mayoría de los casos a infecciones pulmonares. La autopsia reveló lesiones en los pulmones, riñones, aparato digestivo y "una severa atrofia y degeneración en los testículos de todas las especies".

El 16 de enero de 1975 se realizó una reunión en el Instituto Nacional del Cáncer, en Bethesda, Estados Unidos, para discutir los resultados de estudios sobre ratones y lauchas, sometidos durante 90 días a la inhalación de DBCP. En el encuentro se concluyó que el DBCP es altamente carcinógeno en ambas especies.

El nueve de septiembre de 1977, el Boletín Oficial de Leyes y Regulaciones Federales establece una norma temporal y urgente advirtiendo que la exposición de los trabajadores al DBCP presenta un riesgo de esterilidad y cáncer. "Por esta norma, la Secretaría de Higiene y de Salud Laboral limita la exposición de los trabajadores al DBCP", señala.

Pedían condiciones

El equipo de abogados nicaragüenses presentó en total de 27 documentos internos de las empresas acusadas como pruebas irrefutables de que los ex trabajadores bananeros fueron empujados a trabajar sin las mínimas condiciones de seguridad a sabiendas de que el pesticida que utilizaban era mortal.

Esto lo confirma un acuerdo firmado entre la Dow Chemical Company, Dow Chemical International Inc. y Standard Fruit Company respecto a la compra de la marca "fumazone". En el acuerdo se detalla que las empresas compradoras asumirán todos los riesgos y las responsabilidades emergentes del uso del pesticida e indemnizará a Dow o Dowintal por cualquier pérdida, gasto, demanda y reclamo hechos contra cualquiera de ellos por cualquier empleado de Castle & Cooks o de Standard Fruit Company; o por un tercero que presente cualquier lesión, o lesión alegada, sufrida por una persona o grupos de personas (incluyendo la muerte).

En el arreglo, las empresas compradoras se comprometen a dirigir y pagar los costos generados por la defensa de Dow en caso de tales acciones. Por su parte, la Standard Fruit Company acuerda que estaba comprando Fumazone para su propio uso o uso de sus subsidiarias o empresas afiliadas, fuera de los Estados Unidos de Norteamérica. Es decir, para ser utilizado en países del Tercer Mundo como Nicaragua, Ecuador o Costa Rica.