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Castigaría con cárcel a mujeres de mala fama y en unión ilegítima

Se organizan ciudadanos de Jalisco contra ley antiaborto
Corresponsal
Periódico La Jornada
Miércoles 15 de julio de 2009, p. 30

Guadalajara, Jal., 14 de julio. Grupos ciudadanos integran un frente para echar abajo la reciente reforma al artículo cuarto de la Constitución Política de Jalisco y la adición al 228 del Código Penal, que penalizan con mayor severidad a las mujeres que aborten si tienen mala reputación. También buscan ampararse contra esas modificaciones.

Las redes sociales de Internet son una de sus principales herramientas para sumar al mayor número posible de personas.

“Mujeres de Jalisco: Urge actuar. Interpongan su amparo contra el blindaje al aborto. Es fácil. Manden su nombre completo y edad a [email protected]. Pongan en el asunto: inscribir al amparo. Agenda Feminista preparará el papeleo.

Deben reunirse miles. El tema va más allá del aborto. El blindaje puede afectar el acceso a anticonceptivos como el DIU (dispositivo intrauterino) y la píldora del día siguiente. Pasen la voz, dice un comunicado que aparece en distintos grupos de Facebook, red social de Internet que se utilizó en la campaña para anular el voto el 5 de julio.

De acuerdo con la organización Agenda Feminista, se prevé presentar el recurso de amparo el 30 de julio. Las reformas se publicaron en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el 2 de julio y hay un plazo de 30 días hábiles para interponer amparos.

La reforma aprobada por el Congreso del estado fue propuesta de la bancada del partido Revolucionario Institucional (PRI) y apoyada de manera unánime por los legisladores panistas, adiciona el artículo cuarto de la Constitución local, que ahora señala: El estado de Jalisco reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural.

La adición al artículo 228 del Código Penal del estado estipula: “Se impondrán de cuatro meses a un año de prisión a la madre que, voluntariamente, procure el aborto o consienta en que otra persona le haga abortar con ese fin, si concurrieren las siguientes circunstancias: I) Que no tenga mala fama; II) Que haya logrado ocultar su embarazo; III) Que éste sea fruto de una unión ilegítima, y IV) Que el aborto se efectúe dentro de los primeros cinco meses del embarazo.

Faltando una de las circunstancias anteriores se le duplicará la pena, pero si faltaren dos o más, se podrá triplicar, agrega la reforma, sin especificar qué es mala fama ni unión ilegítima, dejando esta calificación al criterio del juez que revise cada caso.

La reforma al artículo 228 también señala: Tratándose de las sanciones a que se refiere este artículo aplicables a la mujer que voluntariamente procure el aborto o consienta en que otra persona la haga abortar con ese fin, el juez queda facultado para sustituirlas por un tratamiento médico integral; bastará que lo solicite y ratifique la responsable; lo anterior siempre y cuando no se presente reincidencia de su parte.

Y concluye: El tratamiento referido en este precepto será provisto por las instituciones de salud del estado, y tendrá como objeto la atención integral de las consecuencias generadas con motivo de la práctica del aborto provocado, así como el de reafirmar los valores humanos por la maternidad, procurando el fortalecimiento de la familia.

Tampoco se aclara a qué valores humanos por la maternidad se refiere, ni el tipo de familia que se desea fortalecer.

Antes de que el decreto se publicara, el gobernador Emilio González Márquez envió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia para evitar que en Jalisco se aplique la norma oficial mexicana 046, que obliga a los hospitales públicos del país a atender los abortos de mujeres que afirmen haber sido víctimas de violación.

La impugnación fue admitida por el ministro José Ramón Cossío el 15 de junio y deberá ser respondida este mes; de prosperar, anularía el derecho de las mujeres violadas a solicitar que les practiquen abortos en instituciones públicas de salud.