ONG equiparan actitud de Lujambio con la de los antiguos césares
Martes 4 de agosto de 2009, p. 7
La Academia Mexicana de Derechos Humanos (AMDH), la Red Nacional de Organismos de Derechos Humanos Todos los Derechos para Todos y la Liga Mexicana de Defensa de los Derechos Humanos (Limeddh) aseveraron que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) debe investigar de oficio el caso de los 60 menores que sufrieron daños oculares por ofrecer un concierto al titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP), Alonso Lujambio, y vigilar que se les proporcione la atención médica necesaria.
Gloria Ramírez, presidenta de la AMDH; Édgar Cortez, secretario ejecutivo de la red nacional, y Adrián Ramírez, presidente de la Limeddh, en entrevistas por separado, destacaron que la SEP está obligada a costear el tratamiento y los cuidados que requieran los niños y adolescentes
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Adrián Ramírez añadió: que un funcionario público pida a los niños que fuera de programa le ofrezcan un concierto nos recuerdan a las cortes imperiales, donde para satisfacer al césar se ejecutaba este tipo de ofrenda; este tipo de cosas puede ser gracioso o un acto de querer agradecer a alguien, pero terminan convirtiéndose en situaciones graves
.
Debido a que Lujambio es titular de la SEP, pedir a los niños ofrecer el concierto representa un acto de presión. Si bien no constituye un acto de violación de derechos humanos como tal, no se debe minimizar
, insistió.
A su vez, Gloria Ramírez apuntó: los niños y jóvenes que resultaron con daños oculares estaban en un acto público; la responsabilidad incuestionable es de la SEP
. Fue una actividad que excedió los tiempos y no se tomaron las precauciones necesarias, por lo cual la CNDH debe actuar de inmediato, insistió.
En este caso, no se tomó en cuenta la seguridad de los menores, y ahí tiene que asumir su responsabilidad la secretaría; es tiempo ya de que se reglamenten estas cosas. Es reprobable que por un acto público los niños se vean afectados en su salud
.
A su vez, Édgar Cortez expresó que a esos menores debe asegurárseles servicios médicos en calidad y la atención que requiera el daño
.
No se trata sólo de servicios médicos, abundó; si hay daños irreversibles, la reparación debe ser con criterios de derechos humanos, cómo afecta su proyecto de vida y cómo podría limitar su desarrollo profesional
.