cláusula de gobernabilidad
s falso que en la pasada elección la alianza entre el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) haya logrado los suficientes votos para alcanzar la mayoría absoluta en la Cámara de Diputados. El PRI recibió únicamente 36.92 por ciento de la votación nacional, lo cual le da derecho a controlar hasta 44.92 por ciento de la Cámara, es decir 224 curules, de acuerdo con el tope de 8 por ciento de sobrerrepresentación. Por su parte, los 2.3 millones de votos que recibió el PVEM le permitirá recibir hasta 24 diputados federales. En total, la alianza PRI-PVEM alcanza un máximo de 248 legisladores, tres curules menos de lo que necesita para controlar la mayoría de la Cámara de Diputados.
¿Por qué, entonces, tanto triunfalismo de los priístas respecto de la próxima legislatura? Porque saben bien que cuentan con el apoyo de sus amigos consejeros electorales para cargar los dados en su favor a la hora de repartir las diputaciones plurinominales. A partir de una interpretación sesgada y parcial de la norma, los consejeros del Instituto Federal Electoral (IFE) preparan ya un jugoso regalo de 13 diputados adicionales a lo que legalmente corresponde al PRI.
En el pasado, el control unilateral del tricolor sobre el Congreso de la Unión se lograba de forma autoritaria mediante la cláusula de gobernabilidad
, que garantizaba que el partido que lograra la primera minoría automáticamente recibía suficientes curules adicionales para controlar la mayoría absoluta. Hoy ya no hacen falta este tipo de leyes tramposas, porque es suficiente contar con un grupo de consejeros leales para asegurar el predominio del viejo partido de Estado sobre la Cámara de Diputados.
El sistema electoral mexicano está diseñado para asegurar una amplia pluralidad en la representación política. La existencia de los 200 diputados plurinominales tiene el propósito precisamente de garantizar la representación de la diversidad de posiciones políticas que existen en la sociedad, así como de obligar al establecimiento de acuerdos entre las diversas fuerzas políticas. La representación proporcional no existe con el fin de asegurar la hegemonía de la primera minoría, sino todo lo contrario.
Por tanto, a la hora de repartir los diputados plurinominales la autoridad se encuentra bajo la obligación de buscar la manera de priorizar la mayor pluralidad posible. La aplicación de este principio de mayor proporcionalidad
encuentra respaldo en una serie de fallos y tesis recientes, tanto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La SCJN incluso ha llegado al extremo de determinar que la regla general
de nuestro sistema electoral es la de gobernabilidad multilateral
, donde el partido mayoritario está obligado a buscar el consenso con los minoritarios
(P./J. 73/2001).
Sin embargo, los consejeros del IFE ahora se alistan para hacer justamente lo contrario. En lugar de tomar 36.92 por ciento de la votación que el Revolucionario Institucional realmente recibió como la base para calcular el tope de sobrerrepresentación, han decidido inflar de manera artificial la presencia del PRI. De acuerdo con los árbitros en materia electoral, antes de calcular el 8 por ciento de sobrerrepresentación habría primero que restar los votos nulos, los sufragios para candidatos no registrados y los que recibió el desaparecido Partido Social Demócrata, para llegar al porcentaje efectivo
de la votación. Esta operación eleva mágicamente el porcentaje del PRI unos tres puntos porcentuales para llegar a 39.55 por ciento de la votación, lo cual le permitiría controlar 47.55 por ciento de los lugares en la Cámara de Diputados, o 237 curules, cantidad más que suficiente para imponer su hegemonía en el Congreso de la mano con el Partido Verde.
El problema es que ni la Constitución ni el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) en ningún momento utilizan el término de votación efectiva
o válida
y mucho menos indican que esto sería la base correcta para calcular el tope de sobrerrepresentación. De manera engañosa, el IFE pretende utilizar una definición desarrollada en el Cofipe para otro contexto con el fin de favorecer al tricolor. Específicamente, buscan que la definición de votación nacional emitida
, que la ley indica debería ser la base para el cálculo del reparto inicial de diputados plurinominales, se utilice automáticamente también para el cálculo del tope de sobrerrepresentación.
Afortunadamente, el representante del Partido de la Revolución Democrática ante el IFE, Rafael Hernández, con el apoyo de dos acuciosos abogados, Jaime Castañeda y Fernando Vargas, ya ha alertado sobre esta situación. Ahora falta que los otros partidos políticos también se sumen al rechazo a este intento de reintroducir la cláusula de gobernabilidad por la puerta de atrás. El Partido Acción Nacional, por ejemplo, es el que más se beneficiaría con esta corrección, ya que le tocaría recibir entre 6 y 7 de los 13 diputados que los consejeros planean obsequiar al PRI. La sociedad no debe permitir que un partido que apenas alcanzó el respaldo de una tercera parte de los electores pueda dictar de manera unilateral el presupuesto y las políticas públicas federales.
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