Sin justificación, rechaza dar una niña en adopción a una pareja
Jueves 25 de marzo de 2010, p. 35
Guadalajara, Jal., 24 de marzo. El Consejo Estatal de la Familia (CEF) incurrió repetidamente en desacato de órdenes judiciales estatales y federales que le prohibían trasladar de un albergue a otro a una menor identificada con la inicial D y le exigían justificar su negativa a dar a la niña en adopción a una pareja.
Ante la imposibilidad de tener hijos, Víctor Hugo García Talavera y su esposa Ana solicitaron en agosto de 2009 la adopción de D, a quien llevaron a bautizar cuando fueron voluntarios durante dos años en el albergue Nacidos para Triunfar, del municipio de Zapopan, conurbado a Guadalajara.
El 4 de septiembre de 2009, el consejo informó a la pareja en el oficio 501/2009 que su petición no era procedente por estar en curso el proceso contenido en el expediente 1347/2009 del juzgado noveno de lo familiar de Jalisco. Se trata de una demanda que el CEF interpuso contra la madre biológica de D, una sexoservidora adicta a las drogas. La pareja promovió ante el mismo juzgado, en su carácter de padrinos, una demanda para obtener la patria potestad de la niña, integrada en el expediente 1824/2009.
Tanto la madre como el CEF fueron emplazados. La primera fue declarada en rebeldía por falta de interés jurídico, pero el consejo atacó a la pareja, defendió a la madre e incurrió en contradicciones, mentiras y amenazas. Pareciera que le queremos quitar un hijo a Claudia Corona Marseille (secretaria ejecutiva del CEF)
, dijo Víctor Hugo en entrevista.
Ana y Víctor Hugo tramitaron un amparo el 7 de septiembre anterior (número de expediente 864/2009) ante el juzgado segundo de distrito en materia administrativa de Jalisco. La suspensión provisional correspondiente les fue concedida un día después.
En respuesta, el 9 de septiembre el CEF trasladó la menor al Hospicio Cabañas, que dirige Amparo González Luna Morfín, tía política de Claudia Corona.
La suspensión provisional pasó a ser definitiva el 17 de septiembre de 2009. La autoridad judicial ordenó al CEF devolver la menor al primer albergue, lo cual no hizo. El matrimonio promovió un incidente de desacato por violación de la suspensión provisional, que fue admitido el día 25 de ese mes. El juzgado noveno de lo familiar emitió una sentencia interlocutoria contra el CEF, que fue notificado el 3 de marzo de 2010.
Según consta en el expediente 1894/2009 del juzgado segundo en materia administrativa de Jalisco, las autoridades responsables no han dado cumplimiento a la ejecutoria de amparo
.
El 19 de marzo, la autoridad ordenó dar cumplimiento a la ejecutoria a más tardar en 24 horas, lo que no sucedió.