uando la violación a las leyes por parte de personas o grupos es una práctica cotidiana la situación es grave. Cuando esta violación es realizada en forma sistemática por las propias autoridades encargadas de hacer cumplir la ley, la situación no sólo es grave, sino que acerca a la sociedad al gobierno autoritario. Cuando la violación de la ley por parte de las autoridades lleva implícito el riesgo de una conflagración de grandes magnitudes, con la consecuente pérdida de incontables vidas humanas, estamos muy cerca del genocidio autorizado.
La instalación de la planta regasificadora de gas natural licuado Energía Costa Azul, perteneciente al consorcio estadunidense Sempra Energy, estuvo desde el principio plagada de irregularidades. Este árbol que nació torcido continúa desarrollándose al amparo de funcionarios que han puesto los intereses personales por encima de la seguridad y la vida de las personas y del interés de la nación.
Por el enorme potencial destructivo que puede tener una planta industrial regasificadora, en la que se almacenan millones de litros de gas, la normatividad internacional en materia de seguridad es sumamente rigurosa. Particularmente en lo relativo al área de amortiguamiento, zona de salvaguarda o perímetro de seguridad que proteja a las personas y edificaciones que se encuentran en su vecindad.
En los Países Bajos, el radio de nivel de riesgo aceptable para las zonas vulnerables se encuentra fuera de los 1,030 metros contados a partir de los límites donde se pretende desarrollar el proyecto
; existiendo un radio de afectación de 2,600 metros lineales fuera del límite del terreno en donde se pretende realizar la obra. En otros países con este tipo de desarrollos industriales la situación es similar: toda planta debe tener esta área de salvaguarda.
La peligrosidad inherente al almacenamiento de gas hace que aún esté fresco en la memoria San Juanico, con sus más de 500 muertos, 900 heridos y decenas de viviendas destruidas. Hoy en Baja California se pretende gestar un Frankenstein con una capacidad de almacenamiento, y en consecuencia de detonación, muy superior. Las instalaciones de Sempra Energy en Ensenada, cobijadas desde el poder, representan una violación a la legislación ambiental mexicana y constituyen un enorme peligro para la vida humana y la de los ecosistemas terrestres y marinos de la zona.
Para darnos una idea de la importancia que tiene contar con esta área protectora, cada uno de los tanques que Sempra tiene en la planta Costa Azul mide 79.2 metros de diámetro, tiene una altura de 53.3 metros y una capacidad de almacenamiento de 189 millones de litros, para un total de 378 millones de litros.
En abril de 2003, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) decidió autorizar el proyecto de Sempra de manera condicionada; la condicionante número 5 establece que la empresa debe garantizar la seguridad de las zonas residenciales y asentamientos humanos diversos, ubicados al norte del sitio del proyecto, estableciendo una zona intermedia de amortiguamiento; esto se realizará llevando a cabo la compra adicional de terrenos aledaños en igual superficie a la que se verá afectada por la instalación de la terminal y sus equipos auxiliares, los cuales serán destinados y mantenidos para la conservación y protección de las especies de flora y fauna que habitan en los mismos.
Sempra intentó que se modificara la mencionada condicionante número 5; sin embargo, la misma autoridad negó la modificación a dicha condicionante, debido a la posibilidad de eventos graves de riesgo, y en consecuencia daños irreparables en virtud de su proximidad a los centros de población aledaños, previendo las tendencias de expansión y la creación de nuevos asentamientos en la zona. La negativa institucional motivó a Sempra Energy a adquirir los predios vecinos a sus instalaciones. Al no serle vendido uno de los terrenos necesarios para contar con el área de amortiguamiento exigida por la Semarnat, la empresa, con la complicidad de las autoridades estatales, instrumentó un fraude acusando al dueño de despojo, argumentando haberlo adquirido previamente. Después de tres años de litigio, un juez federal dispuso la devolución del predio a su legítimo propietario.
Esta resolución federal implica que Sempra, al no tener ese predio en el que estaba parte de la zona de amortiguamiento de la planta, no cumpla una condición fundamental impuesta por la Semarnat, la cual señaló como requisito obligatorio el que la empresa contara con el área de amortiguamiento para otorgarle la autorización definitiva.
La empresa no dio importancia a esto, señalando que dicho terreno no es necesario para su operación, postura que desafía abiertamente la autoridad de la Semarnat. Todo hace suponer que un funcionario de esta dependencia, en forma por demás irresponsable, autorizó a la empresa a operar no cumpliendo con este que es un requisito fundamental para la preservación de la vida humana. Esta situación presenta una disyuntiva: ¿es más importante la permanencia en territorio nacional de una empresa que ha violado en múltiples ocasiones las leyes mexicanas, y cuyas instalaciones representan un enorme peligro para la seguridad de la vida y las personas, o lo es el cumplimiento de las leyes, así como la seguridad y la vida de los bajacalifornianos?
Por cuestión de principios, no puede permitirse que Sempra tome la ley en sus manos, ni tampoco que un funcionario tome una decisión que puede ser de vida o muerte. Permitir esto sería fomentar la impunidad y dejar nuestro destino.
No se trata sólo de la defensa del cumplimiento a la legislación ambiental mexicana, sino el peligro que esta violación representa para la vida humana y la de los ecosistemas terrestres y marinos de Baja California. Si es necesario que Sempra salga de Baja California por incumplir la ley, que así sea.