La CCA no toma en cuenta la solicitud por improcedente
El gobierno viola la legislación ambiental, aseguran organizaciones
Martes 28 de diciembre de 2010, p. 30
El secretariado de la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) determinó no investigar la denuncia de violación a la legislación ambiental en el caso del cultivo comercial de maíz transgénico –aún no autorizado en territorio nacional– en Chihuahua,
El pasado 20 de diciembre el organismo trinacional, integrado según las normas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte, informó que no procede la solicitud que presentaron Greenpeace, el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, el Frente Democrático Campesino de Chihuahua y El Barzón el 28 de enero.
En dicha solicitud se planteó que el gobierno mexicano incurre en omisiones en la aplicación efectiva de su legislación ambiental respecto del control, inspección, investigación y evaluación de riesgos de maíz transgénico que se cultiva específicamente en el ejido Benito Juárez, de Chihuahua, lo cual habría sido detectado en 2007.
Entre las violaciones legales que las organizaciones argumentaron están las omisiones en la aplicación efectiva del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, así como de la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, así como el Código Penal Federal.
Destacaron que las autoridades omitieron adoptar medidas que garantizaran un nivel adecuado de protección de las variedades nativas e híbridas de maíz frente a semillas genéticamente modificadas, y que hay evidencias de que se importa, distribuye y cultiva maíz transgénico en Chihuahua, lo cual contraviene la citada legislación.
La respuesta de México, dada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), sostiene que el secretariado no debió solicitarle una respuesta, ya que la petición no satisface los criterios del reglamento de la CCA, por lo que no debe continuar el trámite de la petición, ya que hay procedimientos pendientes de resolución, y que hay una aplicación puntual y efectiva de la legislación nacional
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Asimismo, subrayó que el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, la Secretaría de Salud, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Comisión Intersecretarial de Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados han iniciado procedimientos administrativos e instrumentado estrategias de inspección y vigilancia
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El secretariado puntualizó en su resolución que las aseveraciones relacionadas con 1) la supuesta importación ilegal de organismos genéticamente modificados; 2) la supuesta ausencia de medidas para controlar y supervisar centros de almacenamiento, distribución, comercialización e importación de semillas, y 3) el supuesto incumplimiento de las autoridades mexicanas en cuanto a poner en marcha un sistema de permisos para autorizar la siembra de maíz transgénico, se encuentran sujetas a un procedimiento pendiente en México
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En cuanto a las omisiones derivadas de la supuesta presunta falta de capacidad institucional para inspeccionar y verificar la presencia de maíz transgénico en los cultivos, la respuesta (gubernamental) arroja actos de nombramiento y capacitación de inspectores, acciones específicas de coordinación entre autoridades, y medidas de inspección, verificación y muestreo en predios ubicados en Chihuahua
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