Domingo 30 de enero de 2011, p. 35
La recomendación 1/2011 que emitió la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal sobre la construcción de la Supervía Poniente fue aceptada como prueba en el trámite de Juicio de Amparo 605/2010, que ha sido ampliado en cuatro ocasiones y que aún se encuentra pendiente de resolución.
Luis Fernando García, abogado de Litiga Ole, explicó que el recurso fue interpuesto contra el Programa Integral de Transporte y Vialidad 2007-2012, el Título de Concesión de la Supervía, la declaratoria como área natural protegida de La Loma y la resolución que la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal emitió con respecto a la manifestación de impacto ambiental que presentó la empresa Controladora Vía Rápida Poetas.
Reiteró que el Gobierno del Distrito Federal ha incurrido en diversas ilegalidades y violaciones a los derechos humanos, ya que violó el artículo 76 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público al incumplir la obligación de contar con una evaluación técnica-financiera y un análisis costo-beneficio, elaboradas por un tercero independiente y recibió la solicitud de concesión por parte de OHL y Copri un día antes de que la declaratoria de necesidad surtiera efectos.
Dijo que la afirmación de las autoridades de que es imposible jurídicamente
suspender las obras, es falsa, pues la Oficialía Mayor, dependencia auxiliar en el Título de Concesión, está obligada por el artículo 86 de la Ley del Régimen Patrimonial a proteger el interés público.