Sociedad y Justicia
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Por falta de protocolos específicos se llega a vulnerar sus derechos

Pide Conapred a SCT mejorar trato a discapacitados en aviones
 
Periódico La Jornada
Miércoles 30 de mayo de 2012, p. 46

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) emitió la resolución 2/2012 a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, por conducto de la Dirección General de Aeronáutica Civil, por discriminación por omisión, toda vez que la inexistencia de protocolos de atención para personas con discapacidad pasajeras de aerolíneas vulnera, obstaculiza o niega sus derechos.

Los actos se suscitan –informó el Conapred en un comunicado– debido a que cada aerolínea que opera en México impone de forma discrecional y unilateral sus lineamientos para la venta de boletos, el acceso al avión y/o la atención a la persona pasajera con discapacidad, lo que ocasiona que al aplicarlos se incurra en interpretaciones equívocas de los mismos.

Diversas quejas recibidas por el organismo dan cuenta de una serie de prácticas que en los hechos se traducen en la restricción, condicionamiento o negación de los servicios de transporte aéreo en perjuicio de las personas con discapacidad, como son la falta de capacitación del personal de las empresas aeronáuticas para atender a personas con discapacidad; el requisito de que deban viajar con un acompañante, la negación a subir sillas de ruedas de motor o a utilizar los elevadores de terminales aeroportuarias, y la falta de espacios adecuados dentro de las aeronaves, entre otras.

Con base en ello, el organismo determinó que la DGAC deberá, de manera inmediata, realizar todas las acciones para que se implementen a la brevedad nuevos lineamientos para la accesibilidad de personas con discapacidad a infraestructuras aeroportuarias, solicitar a las empresas que agoten todos los esfuerzos para evitar la restricción o negación del servicio y llevar a cabo un programa de supervisión permanente en todas las terminales aeroportuarias para evitar que ello ocurra.

Además, la SCT deberá atender y tramitar las quejas presentadas por un mal servicio y enviar al Conapred un informe cuatrimestral que avale el cumplimiento de los puntos de la resolución, la cual es de carácter obligatorio.