Jueves 12 de julio de 2012, p. 17
Los ministros de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinarán si el personal de seguridad privada puede revisar las pertenencias de una persona detenida en flagrancia. Lo anterior, en razón de que este miércoles los ministros atrajeron un amparo en el que analizarán si la revisión de una persona en esas circunstancias viola el derecho constitucional a la privacidad, además de establecer si las facultades del Ministerio Público llegan al extremo de acceder a la información contenida en aparatos electrónicos asegurados al momento de la detención, como el caso de los mensajes de texto almacenados en un teléfono celular, o si ello transgrede la privacidad del detenido y la inviolabilidad de las comunicaciones. El asunto comenzó cuando un particular fue detenido por robo calificado en agravio de una empresa. El juez dictó auto de libertad por falta de elementos para procesar; el Ministerio Público se inconformó, y posteriormente le fue dictado auto de formal prisión. Inconforme, el inculpado presentó un amparo, el cual le fue concedido con el argumento de que la sala del tribunal avaló el auto de formal prisión, fundamentalmente por el contenido encontrado en el celular, prueba que fue obtenida de manera ilícita
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