No es obligatorio homologar comicios locales y federales, señala
Viernes 24 de agosto de 2012, p. 32
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer la reforma constitucional que aumenta de tres a cuatro años el periodo de los presidentes municipales en Veracruz.
Por unanimidad, los ministros rechazaron la acción de inconstitucionalidad presentada por la oposición en el Congreso estatal, que impugnó el párrafo primero del artículo 70 de la Constitución local. Reconocieron que en años recientes varios estados del país han alargado por economía
los periodos de sus legisladores o ediles a cuatro años para homologar las elecciones locales con las federales.
La Corte dejó de lado los argumentos de los legisladores de Movimiento Ciudadano, el cual advirtió que la reforma electoral encarecerá las elecciones y somete a los partidos nacionales a una tensión nunca acabada en la competencia electoral, restándoles tiempo para la realización de otras actividades de índole política
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Guillermo I. Ortiz Mayagoitia destacó que el nuevo sistema ocasionará que cada año se celebren comicios en Veracruz hasta 2051. Sin embargo, prevaleció el criterio de que los estados no están obligados a homologar sus comicios con los federales y que cada entidad puede fijar la duración de los mandatos de las autoridades municipales.
La ley convalidada precisa que los alcaldes que entraron en funciones el primero de enero de 2011 durarán en el cargo tres años; mientras los ediles, regidores y síndicos electos en 2013 estarán en sus cargos cuatro años, a partir del primero de enero de 2014.