Se redujeron partidas federales al municipio mexiquense por errores en el Censo 2010
Martes 12 de febrero de 2013, p. 34
En una decisión sin precedentes, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó ayer los resultados del Censo de 2010, elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), correspondiente al municipio de Tultepec.
En votación dividida (siete a cuatro), los ministros consideraron que la instancia federal eliminó algunas localidades del municipio afectado que la propia autoridad había incluido en el Censo 2005, lo que generó una afectación económica al ayuntamiento de Tultepec, que recibió menos recursos federales porque su población supuestamente había disminuido.
El pleno, que por primera vez admitió una controversia constitucional contra el Inegi (al considerarlo organismo autónomo que no depende directamente del Ejecutivo federal), dictaminó que las localidades segregadas en el Censo 2010 son los ejidos de Tultepec y Santiago Teyahualco, así como las colonias El Progreso, Villa Esmeralda, La Aurora y La Rinconada, así como las localidades de Guadalupe y Rancho La Virgen.
Los ministros hicieron énfasis en que esta decisión no implica una censura al organismo, que no consultó a las autoridades para determinar los límites del municipio afectado; el Inegi actuó adecuadamente al recibir la información del instituto local que tenía atribuciones para ello.
Los ministros Juan N. Silva Meza, Olga Sánchez Cordero, Margarita Luna Ramos, José Ramón Cossío, Jorge Pardo Rebolledo y Alberto Pérez Dayán destacaron que la controversia presentada por Tultepec no tenía que ver con límites con otros municipios o estados, sino con que el Censo 2010 fue la base para que el gobierno mexiquense asignara recursos federales al ayuntamiento.
Los ministros Luis María Aguilar, Fernando Franco, Sergio Valls y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena proponían desechar la controversia por considerar que se trataba de un problema de límites
que no era de la incumbencia del Inegi.