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Doctora que la atendió en SLP la obligó a decir que tomó medicinas para provocarlo: abogados

Podrían anular fallo de cárcel a joven que abortó
Reportero y corresponsal
Periódico La Jornada
Domingo 4 de agosto de 2013, p. 28

En un par de semanas, autoridades judiciales de San Luis Potosí podrían anular la sentencia de cárcel impuesta hace un año a la joven Hilda López de la Cruz, quien abortó. Los defensores de la mujer comprobaron que la doctora que la atendió la obligó a declarar que había tomado medicamentos para interrumpir su embarazo.

El viernes pasado, la abogada Itzel Silva, integrante del colectivo Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), participó en una audiencia de apelación ante el Supremo Tribunal de Justicia de San Luis Potosí, donde expuso que no hay evidencias de que Hilda López haya ingerido sustancias para provocarse el aborto.

Subrayó que la única prueba contra la mujer fue una supuesta confesión obtenida con amenazas e intimidaciones de la doctora que la atendió, violando sus derechos a la no autoincriminación, a tener un abogado de su confianza y no ser sometida a tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Tras concluir esta etapa del proceso, los jueces tienen 15 días a partir del viernes para determinar si la sentencia de un año de cárcel contra la joven fue apegada a derecho o si, como argumenta su defensa, careció de imparcialidad y objetividad y tuvo carácter discriminatorio.

El caso de Hilda es un claro ejemplo de cómo muchas mujeres han sido afectadas por el prejuicio de que su rol debe ser forzosamente la maternidad. Esto ha llevado a muchos médicos a denunciarlas cuando abortan y a que los ministerios públicos agilicen los procesos en su contra, cuando no lo hacen en casos de tortura o de desaparición forzada, lamentó Silva.

La integrante del GIRE advirtió que este colectivo ha registrado unos 30 casos similares al de Hilda López, en Chihuahua, Yucatán, estado de México, Baja California y Michoacán, entre otras entidades, en abierta contradicción con la tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto de que un óvulo fecundado puede considerarse un bien jurídico tutelado, pero no una persona.

Hilda López, de 22 años, tuvo un aborto espontáneo el 10 de julio de 2009, pero una doctora del hospital de la comunidad de Tamuín la obligó a decir que había tomado medicamento para provocarlo.

Tras obtener la supuesta confesión, la mujer fue arrestada. Aunque la liberaron un día después por falta de elementos, tres años después las autoridades estatales reabrieron el caso y ordenaron su detención; Hilda, pudo seguir su proceso en libertad mediante el pago de una caución.

Mientras, la Comisión Estatal de Derechos Humanos está en la fase de investigación e integración del expediente sobre el caso, debido a que se han detectado deficiencias notables como el hecho de que quienes intervinieron y sentenciaron a la mujer lo hicieron con negligencia y dolo.

Jorge López Espinosa, visitador general de este organismo dijo que las violaciones a los derechos de la mujer implican a autoridades tanto de los servicios de salud, como del Ministerio Publico y del juez, por lo que en su oportunidad tendremos la resolución correspondiente.