Autoridades deberán instaurar medidas de protección civil y de emergencia
Asambleístas aprueban la nueva Ley de Movilidad sin cambios sobre marchas
Viernes 2 de mayo de 2014, p. 39
Sin cambios en materia de marchas y manifestaciones respecto de la actual Ley de Transportes y Vialidad, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó el dictamen final de la Ley de Movilidad, y en un reglamento, que deberá expedirse en un plazo de seis meses, se definirán los lineamientos de la intervención de la fuerza pública para los casos de bloqueos, exclusivamente en las llamadas vías primarias de circulación continua.
La nueva norma se aprobó antenoche con 49 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, y dejó fuera las pretensiones del PAN de dar prioridad en esta materia al derecho de tránsito del transporte individual, así como de obligar al gobierno de la ciudad a resarcir daños ocasionados a particulares por las movilizaciones.
La Ley de Movilidad, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, establece que las autoridades serán las responsables de instaurar las medidas de protección civil y emergencia que se adopten en relación con el desplazamiento de personas y sus bienes en situaciones de caso fortuito, fuerza mayor o alteración del orden público
y para esto, la Secretaría de Transportes y Vialidad, que cambiará su nombre al de Movilidad, deberá preservar bajo su control una red vial estratégica que garantice la movilidad en dichas situaciones
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El artículo 212 de la ley dispone que la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) tendrá a su vez la obligación de brindar las facilidades necesarias para la manifestación pública, de los grupos o individuos que den aviso
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En la discusión en lo particular de los artículos reservados del dictamen, se propuso reformar dicha disposición para establecer que las facilidades para manifestarse deberán proporcionarse a todas las personas que ejercen o ejerzan este derecho sin excepción alguna
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Se propuso además que en ningún momento la falta de dar aviso eximirá a las autoridades de cumplir con sus obligaciones ni podrá utilizarse para prohibir o disolver ninguna manifestación pública
, pero fue rechazado en votación nominal por 17 votos, de legisladores de PAN, PRI y PVEM, contra 13 de diputados del PRD, PT y Movimiento Ciudadano.
En la ley aprobada se establece que para los casos de desfiles, caravanas, manifestaciones, peregrinaciones o cualquier otro tipo de concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social, cuya finalidad sea perfectamente licita y que pueda perturbar el tránsito en las vialidades, la paz y tranquilidad de la población de la ciudad
será necesario que se dé aviso por escrito a la SSP con por lo menos 48 horas de anticipación.